Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 13/09/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 25 de agosto de 2010, de la Dirección General de Administración Local, por la que se crea el puesto de trabajo de Vicesecretaría en el Ayuntamiento de Linares como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Ayuntamiento de Linares, mediante acuerdo adoptado por el Pleno Municipal con fecha 11 de febrero de 2010, procedió a la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo y a la creación del puesto de trabajo de Vicesecretaría, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal, y, de conformidad con lo establecido en el apartado 3, de la Disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la creación y clasificación del mismo.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8 del Decreto 13/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, esta Dirección General de Administración Local,

RESUELVE

Primero. Crear y clasificar el puesto de trabajo de Vicesecretaría del Ayuntamiento de Linares (Jaén) como puesto de colaboración inmediata a la Secretaría General, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de Secretaría, categoría superior. El sistema de provisión de dicho puesto, que en la relación respectiva tiene asignado nivel 30 de complemento de destino, será el de concurso.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de agosto de 2010.- El Director General (P.S. Orden de 21.6.10), el Director General de Espectáculos Públicos y Juegos, Manuel Brenes Rivas.

Descargar PDF