Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2010

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Anuncio de 15 de diciembre de 2009, del Consorcio de Apoyo Socio-Laboral, de disolución. (PP. 60/2010).

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Don Francisco Morales Zurita, Presidente del Consorcio de Apoyo Socio-Laboral.

Hace saber: Que la Junta General de este Consorcio, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2009, adoptó el acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar provisionalmente la Disolución del Consorcio de Apoyo Socio-Laboral, que tiene como finalidad preferente la de facilitar la realización de programas y actividades de apoyo a la reinserción social y laboral de enfermos mentales.

Segundo. Ratificar la Cuenta de liquidación aprobada por la Comisión de Liquidación del Consorcio, en los siguientes términos:

- Aprobar el Balance de Situación del Consorcio, con el alcance y efectos que se derivan del Expediente de Liquidación del mismo, por un importe de Activo igual al Pasivo de doscientos setenta y dos mil novecientos diecinueve euros, con ochenta y seis céntimos de euro (272.919,86 €), a fecha 14 de diciembre de 2009.

- Aprobar la Relación de Deudores del Consorcio, por un importe de ciento dos mil trescientos cincuenta y nueve euros con noventa y cuatro céntimos de euros (102.359,94 €), a fecha 14 de diciembre de 2009, una vez notificados los requerimientos para el pago de las deudas a los distintos Ayuntamientos y Entes Consorciados que forman este Consorcio y habiendo finalizado el plazo de ingreso en periodo voluntario de las citadas deudas que aparecen en la relación de deudores, que se adjunta al Expediente de Liquidación, correspondientes a los deudores identificados en la misma, sin haber sido aquellas satisfechas y a los efectos de la liquidación de este Consorcio y su posterior subrogación de estos derechos de cobro a favor de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla.

- Aprobar la Relación de Acreedores del Consorcio, por un importe de veinte seis mil trescientos sesenta euros con noventa y cinco céntimos de euros (26.360,95 €), a fecha 14 de diciembre de 2009 una vez efectuados los trámites de liquidación de este Consorcio y su posterior subrogación de estos acreedores a favor de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla.

Tercero. Visto el escrito de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, en el que manifiesta, su voluntad de asumir las obligaciones que antes compartía con los Ayuntamientos y Entes Consorciados, desarrollando las actuaciones que incluían los Programas de Inserción Socio-Laboral que se han venido realizando por el Consorcio, se solicita a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla la subrogación en los derechos, deberes y obligaciones del Consorcio de Apoyo Socio-Laboral, así como en el contrato laboral de la Coordinadora del Consorcio, dado que una vez disuelto el mismo, sus fines serán asumidos por la misma.

Cuarto. Someter dicho acuerdo a información publica por plazo de 30 días mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y simultáneamente en los tablones de edictos de los Entes Consorciados. El expediente que se tramita podrá ser consultado en el Departamento/área de Intervención del Consorcio, sito en el Ayuntamiento de Osuna, Plaza Mayor, s/n, Osuna, Sevilla, en horario de 9 a 14 horas, durante los treinta días siguientes a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Durante dicho plazo los posibles interesados podrán presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen convenientes, las cuales serán resueltas por la Junta General del Consorcio junto con la aprobación definitiva de disolución.

En el supuesto de que durante el período de exposición pública no se presentara reclamación alguna se entenderá aprobado definitivamente el acuerdo de disolución del Consorcio sin necesidad de adopción de acuerdo expreso al respecto.

Quinto. Una vez aprobada definitivamente la disolución del Consorcio se dará traslado a los Entes Consorciados para que procedan a su ratificación por la mayoría absoluta del número legal de miembros que integran su Corporación o Ente Público.

Sexto. Autorizar al Presidente del Consorcio de Apoyo Socio-Laboral a realizar todos los trámites necesarios para la plena eficacia del presente acuerdo así como para proceder a la cancelación de la inscripción del Consorcio de Apoyo Socio-Laboral en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de diciembre de 2009.- El Presidente, Francisco Morales Zurita.

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