Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 21/09/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 1 de septiembre de 2010, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de San Roque, dimanante de procedimiento ordinario 602/2008. (PD. 2248/2010).

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NIG: 1103341C20081000709.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 602/2008.

Negociado: JC.

De: Maquinaria de Construcción Tobelem, S.L.

Procuradora: Sra. Teresa Hernández Jiménez.

Contra: Valarino Construcción, S.L.U., y James Richard Valarino.

EDICTO

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 602/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de San Roque a instancia de Maquinaria de Construcción Tobelem, S.L., contra Valarino Construcción, S.L.U., y James Richard Valarino, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En San Roque, a ocho de febrero de dos mil diez.

Han sido vistos por la Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de San Roque (Cádiz), doña Carmen María Castellanos González, los Autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el número 602/2008 a instancias de la Entidad Mercantil Maquinaria de Construcción Tobelem, S.L., representada por la Procuradora doña Teresa Hernández Jiménez y asistida por el Letrado don José Manuel Martos Rodríguez, frente a la Mercantil Valarino Construcción, S.L.U, y solidariamente contra su administrador único, don James Richard Valarino, declarados en situación de rebeldía procesal.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de la Entidad Mercantil Maquinaria de Construcción Tobelem, S.L., frente a la Entidad Mercantil Valarino Construcción, S.L.U., y frente a su administrador único, don James Richard Valarino, con los siguientes pronunciamientos:

1.º Se condena a la Entidad Mercantil Valarino Construcción, S.L.U., y a su administrador único don James Richard Valarino, de manera solidaria, a que abonen a la Entidad Mercantil Maquinaria de Construcción Tobelem, S.L., la cantidad de cuatro mil doscientos treinta y tres euros con noventa y cinco céntimos (4.233,95 €), más el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda y aumentado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.

2.º Se condena a la Entidad Mercantil Valarino Construcción, S.L.U., y a su administrador único, don James Richard Valarino, al pago de las costas de esta instancia.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que habrá de prepararse mediante escrito presentado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela, manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Asimismo, se tendrá que consignar en la «Cuenta de Depósitos y Consignaciones» del juzgado la cantidad exigida por la disposición adicional decimoquinta introducida por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que establece que «todo el que pretenda interponer recurso contra sentencias o autos que pongan fin al proceso o impidan su continuación, consignará como depósito 50 euros, si se trata de recurso de apelación».

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Valarino Construcción, S.L.U., y James Richard Valarino, extiendo y firmo la presente en San Roque, a uno de septiembre de dos mil diez.- La Secretaria Judicial.

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