Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 21/09/2010

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

ResoluciÓn de 6 se septiembre de 2010, de la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de un puesto de Jefe de Equipo Administrativo.

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Siendo precisa la cobertura de un puesto clasificado como cargo intermedio, según Orden de la Consejería de Salud de 5 de abril de 1990, por la que se establece el régimen funcional de las plantillas de los Centros Asistenciales del SAS, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba

R E S U E L V E

Primero. Convocar concurso de méritos para la cobertura de un puesto de Jefe de Equipo Administrativo, clasificado como cargos intermedios, en el Hospital «Valle de los Pedroches» del Área Sanitaria Norte Córdoba.

Segundo. Aprobar las bases del concurso que regirá la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II. En lo no previsto en los mismos se regirá por lo dispuesto en la Orden de 5 de abril de 1990, de la Consejería de Salud, Decreto 75/2007, de 13 de marzo, y demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pozoblanco, 6 de septiembre de 2010.- El Gerente, Arturo E. Domínguez Fernández.

BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA COBERTURA DE JEFE DE EQUIPO ADMINISTRATIVO

1. Sistemas de provisión:

La provisión del puesto convocado se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos, que constará de dos fases: Evaluación Curricular y de las competencias profesionales y exposición de un proyecto de gestión, relacionado con el cargo al que se opta:

1.1. Primera fase: Evaluación Curricular y de las Competencias Profesionales: Consistirá en la evaluación curricular de los interesados, que permitirá conocer su experiencia y formación y en la evaluación de las competencias profesionales que permitirá conocer la pericia, la aptitud y la idoneidad acerca de las funciones a desarrollar en el puesto convocado, mediante la aplicación del baremo que se recoge como Anexo II a esa convocatoria.

1.2. La puntuación máxima que se podrá otorgar a la primera fase será de sesenta puntos, desglosados en las siguientes puntuaciones máximas: evaluación curricular: 40 puntos y evaluación de las competencias profesionales: 20 puntos. Esta primera fase tiene carácter eliminatorio y para superarla deberá alcanzarse un mínimo de 10 puntos en el apartado correspondiente a la evaluación de las competencias profesionales que figuran en el citado Anexo II. Las competencias profesionales se valorarán por la Comisión de Selección mediante el procedimiento que considere más adecuado para contrastarlas.

1.3. Segunda fase: Proyecto de Gestión. Superada la primera fase, cada candidato/a expondrá ante la Comisión de Selección un proyecto de gestión relacionado con el puesto al que se opta, cuyo contenido versará, al menos, sobre las funciones y actividades que se describen en el apartado 3.2 de ésta convocatoria, así como:

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales: colaboración y supervisión en las siguientes actuaciones:

- Implantación de Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Participar y colaborar con la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales del centro en la implantación efectiva de los procedimientos del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, de tal forma que las actividades que puedan afectar a la seguridad y salud del personal de su Servicio/Unidad se realicen conforme a los establecido en los citados procedimientos.

- Formación. Facilitar y fomentar la participación y seguimiento del personal de su Servicio/Unidad en las actividades formativas de Prevención de Riesgos Laborales del centro.

- Actividades preventivas. Todas aquellas actividades solicitadas por la Dirección Gerencia con el objetivo de conseguir una integración efectiva de la prevención de riesgos laborales en su Unidad /Servicio.

- Vigilancia de la Salud. Facilitar la asistencia de su personal a las citaciones realizadas por el Servicio de Vigilancia de la Salud de su centro

La exposición del Proyecto de Gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones de la Comisión de Selección.

1.4. La puntuación máxima que se podrá otorgar a la segunda fase de cuarenta puntos.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes y, mantenerlos durante todo el proceso selectivo:

2.1. Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación forzosa (65 años).

2.2. Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o del Reino de Noruega, de Liechtenstein o de la República de Islandia; ser cónyuge, descendiente o descendiente del cónyuge, de los españoles o de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega, Liechtenstein o Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.3. Estar en posesión de la titulación académica suficiente que habilite a grupos de clasificación C o D, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior, o por cualquier otro país siempre que estén oficialmente reconocidos y/o homologados por el citado Ministerio; o estar en condiciones de obtener la titulación requerida dentro del plazo de presentación de solicitudes.

2.4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

2.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

2.6. En el caso de los nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado 2.2 no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional, o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro ni haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

2.7. Formación específica para cargos intermedios en el sistema de gestión de riesgos laborales, mediante la acreditación del «Curso específico en Prevención de Riesgos Laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios», o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.

3. Características y funciones del puesto convocado:

3.1. Características:

3.1.1. Denominación: Jefe de Equipo Administrativo.

3.1.2. Dependencia Orgánica: Dirección Económica Administrativa y de SS.GG. del ASNC.

3.1.3. Dependencia Funcional: Dirección Económica Administrativa y de SS.GG del ASNC.

3.1.4. Destino: Hospital «Valle de los Pedroches» del ASNC.

3.1.5. Grupo Retributivo: C/D.

3.1.6. Nivel: 17.

3.2. Funciones: El puesto que convocado de Jefe de Equipo Administrativo para el Servicio de Cocina del Hospital «Valle de los Pedroches» del Área Sanitaria Norte de Córdoba, tendrá asignada las siguientes funciones:

- Control y organización del trabajo.

- Gestión y organización de los recursos humanos y materiales del Servicio de Cocina.

- Propuesta y seguimiento de actividades de formación del personal a su servicio.

- Se responsabilizará de los Planes Generales de Higiene de Cocina que le sean asignados (Trazabilidad, Formación, Desinsectación, proveedores, etc).

- En coordinación con el Jefe de Cocina (como responsable del Servicio de Cocina) y en su turno de trabajo, realizará la función de interlocutor con el Responsable del Proveedor Único de Víveres del Hospital «Valle de los Pedroches», controlando la correcta y completa entrega de los víveres a condimentar para las ingestas (desayuno, comida, merienda y cena) entregando éstos al Cocinero de turno.

- Durante su turno de trabajo, se encargará de la realización y recepción del pedido al Proveedor Único, para la entrega a las plantas de la reposición de la dotación de frigoríficos, así como para la reposición de los alimentos incluidos en la despensa de día propiedad del Hospital.

- Será Responsable Directo de la implantación, seguimiento y verificación del sistema de Autocontrol (AAPCC).

- Vigilará el buen orden, control y limpieza de la Cocina.

- Realizará los pedidos al almacén, así como de los productos químicos conforme a la normativa vigente en materia de Prevención y Medio Ambiente aplicados en el ASNC.

- Realizará aquellas funciones que por delegación se le otorgue por el Jefe de Cocina.

- Formará parte del Grupo de Trabajo en la implantación del APPCC y de Certificados de Calidad, y asistirá a las reuniones que se convoquen.

- Desempeñará sus funciones en el turno de trabajo a realizar, que será de mañana y tarde.

- Cualquier otra función acorde a su puesto de trabajo que le sea encomendada por su superior jerárquico.

- Gestionar, organizar y promover todas las actividades necesarias para la integración efectiva y eficiente de la prevención de riesgos laborales en la Unidad/Servicio, según las instrucciones recibidas por la Dirección Gerencia y en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

3.3. Las retribuciones serán las establecidas para el cargo convocado en la normativa vigente del Servicio Andaluz de Salud

4. Solicitudes y documentación.

4.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura en la presente convocatoria como Anexo I, que se podrá elaborar por los propios interesados u obtenerla en la Unidad de Atención al Profesional o en el Registro General del Área Sanitaria Norte de Córdoba.

4.2. A la solicitud acompañarán la siguiente documentación:

4.2.1. Fotocopia del DNI.

4.2.2. Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria.

4.2.3. Relación de los méritos alegados, y, original o copia compulsada de las certificaciones o acreditaciones de los citados méritos.

4.2.4. Proyecto de Gestión relacionado con el cargo que se opta, cuyo contenido mínimo se recoge en el apartado 1.3 de esta convocatoria, con una extensión máxima de veinte folios y copia en CD.

4.2.5. Acreditación del Curso específico en Prevención de Riesgos Laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios.

4.2.6. La acreditación del requisito establecido en el apartado 2.5 se efectuará en el momento de la toma de posesión.

4.3. Los aspirantes remitirán, asimismo, un proyecto de gestión relacionado con el cargo que se opta, cuyo contenido mínimo se recoge en el apartado 1.3 de esta convocatoria, con una extensión máxima de veinte folios y copia en CD.

4.4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

4.5. Las solicitudes se dirigirán al Gerente del Área Sanitaria Norte de Córdoba y, se presentarán en el Registro General del Área Sanitaria Norte de Córdoba, sito en C/ Juan del Rey Calero, s/n, 14400 de Pozoblanco (Córdoba). Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de certificarse. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirá seguidamente al Área Sanitaria Norte de Córdoba.

5. Admisión de solicitudes.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba aprobará Resolución comprensiva de las listas de admitidos y excluidos con expresión de nombre, apellidos y causa de exclusión, en su caso. En dicha Resolución se designarán los miembros que compondrán la Comisión de Selección a la que alude el punto 6 de esta convocatoria.

5.2. Las listas se publicarán en los tablones de anuncios del Área Sanitaria Norte de Córdoba y en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), considerándose dicha publicación como requerimiento a los interesados, a los efectos previstos en la Ley 30/1992. Contra la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer reclamación, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, ante la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamación contra la lista provisional, y una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de admitidos.

5.4. Una vez publicado dicho listado, se constituirá la Comisión de Selección, al objeto de proceder a la valoración de los distintos participantes en cada una de las fases del proceso de selección.

6. Comisión de Selección:

6.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo, se constituirá una Comisión de Selección, cuya composición será la siguiente: la Presidencia será desempeñada por el Gerente del Área Sanitaria Norte de Córdoba o persona en quien delegue; cuatro Vocalías designadas por la persona que ejerce la Presidencia con las siguientes características:

1º Una vocalía de entre las personas integrantes del equipo de dirección del centro sanitario a la que esté adscrito el puesto a proveer.

2.º Una vocalía a propuesta de la dirección a la que esté adscrito el puesto a proveer

3.º Una vocalía de entre los cargos intermedios de igual o mayor jerarquía a la del puesto que se ha de proveer y de la misma área funcional a la que esté adscrito.

4.º Una vocalía de entre profesionales pertenecientes al mismo grupo de titulación del puesto a proveer.

La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la gestión de los recursos humanos del centro sanitario o persona en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto.

6.2. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán remover recusación de los miembros de la Comisión de Selección en los casos previstos en el párrafo anterior.

6.3. La composición de la Comisión de Selección atenderá al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, conforme a lo previsto en el artículo 12.4 del Decreto 75/2007.

6.4. Las funciones de la Comisión de Selección serán las previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 del Decreto 75/2007.

7. Publicidad de la convocatoria.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la página web del Servicio Andaluz de Salud, así como en los tablones de anuncios de todos los centros sanitarios del Área de Salud correspondiente, y se remitirá, para su publicación, al Servicio Andaluz de Empleo de la provincia de Córdoba.

8. Desarrollo del proceso selectivo:

8.1. Tras la publicación del listado definitivo de los aspirantes admitidos y excluidos, la Comisión de Selección iniciará el procedimiento selectivo conforme a lo previsto en el apartado 1. de esta convocatoria y elevará a la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba la propuesta de resolución provisional del concurso de méritos, con indicación de la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. Dicha resolución podrá, motivadamente, declarar desierto el cargo a proveer, cuando no concurran personas indóneas para su desempeño de acuerdo con los requisitos.

8.2. La Gerencia dictará Resolución Provisional con la propuesta de la Comisión de Selección, que será publicada en los tablones de anuncios del centro y en la página web del Servicio Andaluz de Salud. Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma.

8.3. La resolución definitiva será motivada, incluirá respuestas a las alegaciones a la resolución provisional y contendrá el nombramiento de la persona que haya obtenido mayor puntuación, o en caso contrario declarará desierta la convocatoria. Esta resolución será publicada en los lugares citados en el apartado anterior.

8.4. La resolución definitiva se dictará por la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la inserción en el BOJA de la convocatoria. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud.

8.5. Transcurrido el plazo a que se alude en el apartado anterior, sin que se haya publicado la resolución del concurso, las personas aspirantes que hubieran participado en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

9. Nombramiento, régimen de dedicación, evaluación y efectos.

9.1. La persona designada obtendrá un nombramiento para el desempeño del cargo por un período de cuatro años, que habrá de ser, necesariamente, en régimen de dedicación exclusiva al Servicio Andaluz de Salud, y que, que en ningún caso, implicará el traslado de la plaza básica de la que, en su caso, sea titular.

9.2. Al personal del Servicio Andaluz que resulte nombrado con arreglo a lo establecido en el apartado anterior, se le reservará la plaza de origen, siempre que la ostente con carácter definitivo, o aquella que durante el desempeño del cargo pudiera obtener en concurso de traslados. Si la ostenta con destino provisional o en interinidad, la reserva de la plaza de origen quedará condicionada al propio carácter provisional del destino o, en el caso de ostentarse mediante un nombramiento interino, quedará reservada, mientras tanto no sea cubierta por el procedimiento reglamentario correspondiente, o se proceda a su amortización.

9.3. De resultar designada una persona procedente de otro Servicio de Salud, quedará en su plaza de origen en la situación administrativa que le corresponda, perdiendo todo vínculo con el Servicio Andaluz de Salud, en el caso de no superar las evaluaciones que correspondan o ser cesada por cualquier otra de las causas previstas en el artículo 16 del Decreto 75/2007.

9.4. A efectos de su continuidad en el puesto, la persona que resulte nombrada deberá superar la evaluación que se llevará a cabo al final de cada período de cuatro años de desempeño efectivo del puesto y que consistirá en la evaluación del desempeño profesional y de los objetivos de la unidad en la que ejerza su actividad. Superada favorablemente la misma, se prorrogará el nombramiento por un nuevo período de cuatro años. La evaluación se llevará a cabo por una Comisión de Evaluación de igual composición a la prevista en el apartado 6 de esta convocatoria.

9.5. Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias que afecten al buen funcionamiento del servicio y aun cuando lo hayan transcurrido los cuatros años de desempeño efectivo del puesto, la Gerencia del Centro podrá instar la evaluación, conforme a lo previsto en el artículo 15.2 del Decreto 75/2007.

9.6. El personal así nombrado podrá cesar por renuncia al puesto, por no superar la evaluación a que se refieren los apartados anteriores o por sanción disciplinaria firme del servicio.

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

Don/Doña ....................................................................................,

con DNI núm. .........................., y domicilio en ..........................,

C/Plaza ........................................................................................,

número de teléfono ..........................., en posesión del título académico de ...............................................................................

S O L I C I T A

Participar en la convocatoria pública para la provisión del puesto de Jefe de Equipo Administrativo, convocado mediante Resolución de la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Córdoba de fecha 6 de septiembre de 2010, y publicada en el BOJA núm. .........., de fecha ..............................., para lo cual, aporta la siguiente documentación (enumerar):

Fecha y firma

Sr. Gerente del Área Sanitaria Norte de Córdoba.

ANEXO II

BAREMO PARA LA EVALUACIÓN CURRICULAR Y DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES

1. Evaluación curricular (máximo 40 puntos).

1.1. Experiencia profesional (máximo 20 puntos).

1.1.1. Por cada mes completo de servicios prestados en categorías pertenecientes a grupos C/D, Cargos Intermedios o Puestos Directivos en Centros Sanitarios Públicos de la Unión Europea: 0,100 puntos.

1.1.2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra categoría, puesto directivo o cargo intermedio no descrito anteriormente, en Centros Sanitarios Públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos.

1.1.3. Por cada mes completo de servicios prestados en la misma especialidad del puesto que se convoca, cargos intermedios similares o puestos directivos en otras Administraciones Públicas: 0,030 puntos.

1.1.4. Por cada mes completo de servicios prestados en categorías pertenecientes a grupos C/D en otros centros e instituciones sanitarias no dependientes de Administraciones Públicas: 0,030 puntos.

1.2. Formación (máximo 8 puntos).

1.2.1. Por cada hora de formación como discente: 0,015 puntos.

1.2.2. Por cada crédito obtenido en actividades de formación como discente: 0,15 puntos.

Sólo serán evaluados los créditos otorgados por la Universidad o por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de Acreditación de Formación Continuada en el Sistema Nacional de Salud (los subapartados 1.2.1 y 1.2.2 son excluyentes entre sí. Sólo se computarán en el subapartado en el que les corresponda mayor valoración.)

Las actividades de formación incluidas en los subapartados 1.2.1 y 1.2.2 serán valoradas siempre que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar directamente relacionadas con la categoría y especialidad en la que se concursa.

b) Haber sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones: Centros Universitarios, Servicios de Salud, Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas, Instituto Nacional de la Administración Pública ó sus homólogos en las Comunidades Autónomas, Escuelas de Salud Públicas adscrita a cualquiera de los organismos citados, Organizaciones Sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, o entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.

1.2.3. Por cada hora como docente en actividades de formación en actividades relacionadas con la especialidad del puesto que se convoca e impartidos por Escuelas de Salud Pública homologadas por Ministerios de Sanidad de la Unión Europea, Universidades o Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud y por las Organizaciones sindicales dentro de los Planes de Formación de Administración Pública: 0,05 puntos.

1.3. Publicaciones (máximo 5 puntos).

En los epígrafes 1.3.1, 1.3.2 y 1.3.3 de este apartado, se valorarán sólo los tres primeros autores.

1.3.1. Por publicaciones de libros, relacionados con la especialidad del puesto que se convoca y, que contengan ISB o Depósito Legal:

1.3.1.1. Por cada libro completo: 1 punto.

1.3.1.2. Por cada capítulo de libro no incluido en el apartado anterior: 0,30 puntos (máximo 3 capítulos por libro).

1.3.2. Por Publicaciones de artículos en revistas relacionados con el puesto que se convoca: 0,10 puntos.

1.3.3. Publicaciones de Ponencias o Comunicaciones en congresos relacionadas con al categoría y especialidad a la que se concursa:

1.3.3.1. Publicadas en revista internacional: 0,10 puntos.

1.3.3.2. Publicadas en revista nacional: 0,05 puntos.

1.4. Otros méritos (máximo 3 puntos).

1.4.1. Por Títulos de Propiedad Industrial relacionadas con la categoría y especialidad a la que se concursa:

1.4.1.1. Por cada patente de invención: 1 punto.

1.4.1.2. Por cada modelo de utilidad: 0,30 puntos.

1.4.2. Por cada año formando parte de las distintas Comisiones de Calidad constituidas en centros sanitarios públicos: 0,10 puntos.

4. Evaluación de las competencias profesionales (máximo 20 puntos).

Se valorarán las siguientes competencias profesionales:

- Dotes de liderazgo y mando.

- Gestión de Grupos de Trabajo.

- Trabajo en Equipo.

- Orientación a resultados y cumplimiento de objetivos.

- Orientación al usuario.

- Aptitud de aprendizaje y mejora continua.

- Adecuada utilización de los recursos.

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