Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 24/09/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de julio de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz, dimanante de procedimiento ordinario núm. 346/2008. (PD. 2301/2010).

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NIG: 1101242C20080001955.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 346/2008. Negociado: V.

Sobre: Ejecución 76/10.

De: Doña Amparo Aboza Solís.

Procuradora: Sra. María Isabel Gómez Coronil.

Letrado: Sr. José Luis Garrido Vela.

Contra: Construcciones Escribano, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 346/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz, a instancia de doña Amparo Aboza Solis, y en su representación la Procuradora doña Isabel Gómez Coronil, y en su defensa el Letrado don José Luis Garrido Vela, contra Construcciones Escribano, S.A., en situación procesal de rebeldía, se ha dictado Auto, de fecha 7 de julio del presente, de Rectificación de la Sentencia de 29.12.09, que, copiado en su parte dispositiva, es como sigue:

Rectificar en el fallo de la sentencia dictada en estos autos de fecha 29 de diciembre de 2008, la mención errónea de la parte demandada que figura bajo el nombre de Construcciones Ballesteros, S.A., cuando el nombre correcto es Construcciones Escribano, S.A.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en un solo efecto que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Para la admisión a trámite del recurso, previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 1235 0000 04 0346 08, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada rebelde Construcciones Escribano, S.A., en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a doce de julio de dos mil diez.- El/La Secretario.

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