Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 05/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Decreto 385/2009, de 9 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El presente Decreto tiene como finalidad efectuar las modificaciones necesarias para dar continuidad a las directrices establecidas en el Decreto 473/2008, de 14 de octubre, por el que se modificó parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.

En este sentido, se modifican aquellos puestos que no pudieron ser incluidos en la anterior modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo del Servicio Andaluz de Empleo, por estar afectados, en su momento, por un concurso de méritos. Se declaran «a extinguir» determinadas características de puestos de trabajo con funciones de Dirección de Centros, Oficinas y Oficinas Locales de Empleo, de forma que, cuando los mismos queden vacantes, sin ocupación o su titular reúna las condiciones previstas para su ocupación, se modifiquen automáticamente quedando sus características de acuerdo con lo establecido en el Anexo II del citado Decreto 473/2008, de 14 de octubre. Y por otra parte, se cambian algunas denominaciones o la cuantía de los complementos específicos de ciertos puestos, para conseguir su homogeneización con otros puestos similares del mismo Organismo.

Asimismo, está prevista la eliminación automática de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo, de aquellos puestos que contengan en el apartado de otras características «Plazas a extinguir» cuando estos queden vacantes y sin ocupación.

Por otro lado, se incrementa el número de dos puestos de Asesor/a Técnico de dos Áreas Territoriales de Empleo y se suprime un puesto de Director de Centro de Empleo, creando otro con las características establecidas en el Anexo II del Decreto 473/2008, de 14 de octubre.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de diciembre de 2009,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.

La Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo queda modificada en los términos expresados en el Anexo de este Decreto.

Artículo 2. Modificación de características.

Los puestos de trabajo recogidos en el Anexo de este Decreto denominados Directores de Oficina Local de Empleo y de Centro de Empleo, a los que se les añade la característica de «a extinguir C.D., C.E., Cuerpo y Grupo», les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 473/2008, de 14 de octubre, por el que se modificó parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo (BOJA núm. 216, de 30.10.2008).

Artículo 3. Eliminación de puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Servicio Andaluz de Empleo que tengan la característica «plaza a extinguir» se eliminarán de la mencionada relación de forma automática con efectos de la fecha en que queden vacantes y sin ocupación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación serán del día 1 del mes siguiente al de su publicación, salvo los puestos de trabajo a los que hacen referencia los artículos 2 y 3 de este Decreto que serán los establecidos en los mencionados artículos.

Sevilla, 9 de diciembre de 2009

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Begoña Álvarez Civantos

Consejera de Justicia y Administración Pública

Descargar PDF