Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 22/10/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 6 de octubre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de 11 de mayo de 2010, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, recaída en el recurso de casación número 3793/2007, interpuesto por la Junta de Andalucía.

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Recurrida en casación, núm. 3793/2007, ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por la Junta de Andalucía, la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, con fecha 24 de mayo de 2007, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 619/2005, siendo la actuación administrativa recurrida el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 20 de diciembre de 2005, mediante la que se resuelve el procedimiento sancionador número 5-E/2005, por el que se impone una sanción de 602.000 € como responsable de una infracción administrativa en materia de energía, se ha dictado sentencia con fecha 11 de mayo de 2010 por dicho Tribunal, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

«FALLAMOS:

Que ha lugar y por lo tanto estimamos el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra sentencia de 24 de mayo de 2007 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo número 619/2005, sentencia que casamos y anulamos.

Que desestimamos el mencionado recurso contencioso-administrativo, interpuesto por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 20 de septiembre de 2005, por el que se resuelve el procedimiento sancionador núm. 5-E/2005.

No se hace imposición de las costas del recurso contencioso-administrativo ni de las del casación.»

Por lo tanto, a la vista de la declaración de firmeza de sentencia, certificada con fecha 7 de julio de 2010 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en virtud de lo establecido en la Disposición transitoria primera del Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, Disposición transitoria segunda del Decreto 134/2010, de 13 de abril, de regulación de estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como en el artículo 3 de la Orden de 24 de junio de 2010, de delegación de competencias (BOJA núm. 139, de 16 de julio de 2010), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de octubre de 2010.- La Secretaria General Técnica, Ana María Robina Ramírez.

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