Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 27/10/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

EDICTO de 13 de agosto de 2010, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 328/2009.

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Procedimiento: Social Ordinario 328/2009.

Sobre: Reclamación de cantidad.

N.I.G.: 2906744S20096000059.

De: Don Andrés Fernández Plaza.

Contra: Construcciones y Solados Adrimar, S.L.

Doña Patricia de la Fuente Bustillo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 328/2009 a instancia de la parte actora don Andrés Fernández Plaza contra Construcciones y Solados Adrimar, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 4 de mayo de 2010, del tenor literal siguiente:

Juzgado de lo Social num. Seis de Málaga.

Procedimiento: 328/2009.

En nombre de S.M. el Rey.

La Ilma. Sra. doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NÚM. 221/10

En Málaga, 4 de mayo de 2010, vistos en juicio oral y público los presentes autos, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 328/2009, promovidos por Andrés Fernández Plaza; contra Construcciones y Solados Adrimar, S.L., sobre Social Ordinario.

F A L L O

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Andrés Fernandez Plaza, contra Construcciones y Solados Adrimar, S.L., condenado a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.698,13 euros más 269,81 euros de intereses por mora.

Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librándose testimonio de la misma para su unión a autos y notifiquese a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma y de conformidad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada flue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe. En Málaga, 4 de mayo de 2010.

Y para que sirva de notificación al demandado, Construcciones y Solados Adrimar, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, 13 de agosto de 2010.- La Secretaria Judicial.

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