Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 02/11/2010

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Consejería de Medio Ambiente

Anuncio de 6 de octubre de 2010, de la Dirección General de Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua, sobre la incoación del procedimiento administrativo de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico en ambas márgenes del arroyo Alcaudete, en el término municipal de Carmona, provincia de Sevilla, del procedimiento de deslinde que se cita.

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Expte. 41024/2098/2007/08.

Conforme al art. 11.4.g) de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía, y el art. 25.b) del reglamento de la Administración Pública del Agua y de la planificación hidrológica, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, en relación con el art. 50.1 y 2 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas Tributarias, Administrativas y Financieras (Capitulo XI, dedicado a la «Agencia Andaluza del Agua») y art. 14.a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, se faculta a la Dirección General de Dominio Público Hidráulico para la administración y el control del dominio público hidráulico y la realización de los deslindes de los cauces.

Según el art. 2.B) del Texto Refundido de la Ley de Aguas, constituyen el Dominio Público Hidráulico, entre otros, los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas, definiendo en su art. 4 el álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua como el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias. A su vez, el art. 4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, dispone que la determinación de ese terreno se realizará atendiendo a sus características geomorfológicas, ecológicas y teniendo en cuenta las informaciones hidrológicas, hidráulicas, fotográficas y cartográficas que existan, así como las referencias históricas disponibles. Asimismo, considera como caudal de la máxima crecida ordinaria la medida de los máximos caudales anuales, en su régimen natural, producidos durante diez años consecutivos, que sean representativos del comportamiento hidráulico de la corriente y que tenga en cuenta lo establecido en el apartado 1.

El art. 11.4.g) de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía, y el art. 241.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, en relación con el art. 50 de la Ley 3/2004, anteriormente citada, atribuye a los Órganos de la administración Andaluza del Agua, mediante acuerdo, la incoación del procedimiento de apeo y deslinde de los cauces de dominio público, ya sea por iniciativa propia o a instancia de los interesados.

La Administración Hidráulica, que tiene la obligación de velar por la tutela del Dominio Público Hidráulico, puso en marcha a través de la Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino un proyecto al que denominó Linde, con el objeto de delimitar y deslindar, cuando procediera, las zonas del Dominio Público Hidráulico presionadas por riesgos o intereses de cualquier tipo, que corrieran el riesgo de ser usurpadas, explotadas abusivamente o degradadas.

En virtud de lo expuesto,

se ACUERDA

1.º La incoación del procedimiento administrativo de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico de ambas márgenes del arroyo Alcaudete en el t.m. de Carmona (Sevilla).

El tramo a deslindar viene limitado por la sección definida por las siguientes coordenadas UTM, en el Huso 30:

• Punto inicial: X: 260.886 Y: 4.144.036.

• Punto final: X 261.857 Y: 4.143.682.

Longitud aproximada del tramo a deslindar: 2, 2 km en ambas márgenes del arroyo Alcaudete.

2.º Conferir la instrucción del expediente al Servicio de Planificación Hidrológica de la Dirección General del Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua.

3.º La suspensión cautelar del otorgamiento de concesiones y autorizaciones que puedan afectar al Dominio Público Hidráulico o dificulten los trabajos que deban realizarse para su delimitación en el tramo de referencia, solicitando al Ayuntamiento de Carmona la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de obras en el ámbito afectado por el deslinde.

Sevilla, 6 de octubre de 2010.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.

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