Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 03/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 27 de septiembre de 2010, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como la atención al alumnado inmigrante en el curso 2010/2011.

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Esta Delegación Provincial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 22 de septiembre de 2003, una vez que se han tramitado los expedientes de solicitud de subvención conforme al procedimiento establecido en le Orden de 8 de enero de 2008 que regula y convoca, para cada curso escolar, la concesión de estas subvenciones, así como valorados y seleccionados los proyectos que concurren a la convocatoria por la Comisión de Valoración a quien compete, y una vez analizado el pertinente Informe del Servicio Jurídico Provincial,

RESUELVE

Primero. La Resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones para la puesta en marcha de acciones encaminadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como la atención al alumnado inmigrante, mediante la suscripción de Convenios de Colaboración con las Entidades Locales que se relacionan en Anexo.

Segundo. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas se extenderá hasta la finalización del curso escolar 2010/2011, y su financiación por el importe total de ciento sesenta y nueve mil seiscientos noventa y ocho euros (169.698 €) correrá a cargo de las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Aplicación 0.1.11.00.18.18.465.08.42F 7., por el importe de ciento cuarenta y cuatro mi novecientos cuarenta y ocho euros (144.948 €).

Aplicación 3.1.11.00.02.18.461..00.42F 1. 2011, por el importe de veinticuatro mi setecientos cincuenta euros (24.750 €).

Tercero. El pago de las subvenciones se fracciona en un primer pago por el importe de 75% de la subvención concedida y, un segundo pago-liquidación por el restante 25% de la subvención una vez justificada la cantidad total presupuestada, salvo en el caso de subvenciones de importe igual o inferior a 6.050 euros que se satisfarán en un solo pago.

Cuarto. Las Entidades Locales beneficiarías deberán presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la finalidad y de la ejecución íntegra del Proyecto subvencionado, aunque la cuantía de la subvención sea inferior, aportando la documentación preceptiva que dispone el artículo 16 de la Orden de 8 de enero de 2008, en el plazo de tres meses desde la finalización del Proyecto y, en todo caso, antes del 30 de septiembre de 2011.

Quinto. Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación Provincial en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE 167, de 14 de julio).

Granada, 27 de septiembre de 2010.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.

ANEXO: ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS DE SUBVENCIÓN. CURSO 2010/2011

ABSENTISMO ESCOLAR DEBIDO A RAZONES FAMILIARES

Y SOCIOCULTURALES

AYUNTAMIENTO PRESUPUESTO SUBVENCIÓN PORCENTAJE 1.º PAGO 2.º PAGO
LOJA
10.300
10.000
97,09%
7.500
2.500
GRANADA-NORTE 12.000 12.000 100% 9.000 3.000
SANTA FE
22.500
9.000
40%
6,750
2.250
IZNALLOZ
9.000
9.000
100%
6.750
2.250
ARMILLA
11.000
7.000
63,64%
5.250
1.750
GRANADA-ZAIDÍN 5.000 5.000 100% 5.000
MOTRIL
7.000
7.000
100%
5.250
1.750
LA ZUBIA
4.370
4.000
91,53%
4.000
GUADIX
12.800
7.000
54,69%
5.250
1.750
SALAR
6.150
6.000
97,56%
6.000
PINOS PUENTE
10.500
10.000
95,24%
7.500
2.500
MONTEFRÍO
6.000
6.000
100%
6.000
LA PEZA
5.000
5.000
100%
5.000
HUÉTOR TÁJAR
7.150
7.000
97,90%
5.250
1.750

ABSENTISMO ESCOLAR DERIVADO DE TAREAS LABORALES DE TEMPORADA O DEL EJERCICIO DE PROFESIONES ITINERANTES

AYUNTAMIENTO PRESUPUESTO SUBVENCIÓN PORCENTAJE 1.° PAGO 2.º PAGO
MONTEJÍCAR 7.000 7.000 100% 5.250 1.750
MONTILLANA 6.500 6.000 92,31% 6.000
CAMPOTÉJAR 5.000 5.000 100% 5.000
PEDRO MARTÍNEZ 5.000 5.000 100% 5.000
BENALÚA
DE LAS VILLAS
4.000 4.000 100% 4.000
MORELÁBOR 6.540,11 3.500 98,87% 3.500
DEIFONTES 5.000 5.000 100% 5.000
HUÉLAGO 3.850 3.850 100% 3.850
DOMINGO PÉREZ 3.848 3.848 100% 3.848
PINOS PUENTE 3.500 3.500 100% 3.500
ÍLLORA 14.000 14.000 100% 10.500 3.500
PÍÑAR 18.420 5.000 27,14% 5.000
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