Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 15/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 14 de octubre de 2010, por la que se concede la modificación de la autorización administrativa de funcionamiento al centro de Educación Infantil «Nuestra Señora de las Mercedes», de Marchena (Sevilla).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Ramona Aguilar Velasco, en calidad de representante de «Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento», nueva entidad titular del centro de Educación Infantil «Nuestra Señora de las Mercedes», con código 41010988, ubicado en C/ Sevilla, núms. 27 y 29, de Marchena (Sevilla), solicitando cambio de titularidad de la entidad «Esclavas Mercedarias del Santísimo Sacramento, a favor de «Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento».

Resultando que el centro, con código 41010988, tiene autorización administrativa para 6 unidades de Educación Infantil de primer ciclo para 96 puestos escolares.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece debidamente acreditada la titularidad del centro de Educación Infantil «Nuestra Señora de las Mercedes», de Sevilla, a favor de «Esclavas Mercedarias del Santísimo Sacramento».

Resultando que la entidad «Esclavas Mercedarias del Santísimo Sacramento», mediante escritura otorgada ante don Pedro Antonio Romero Candau, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, se disuelve e integra en la congregación «Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento», que sucede a la primera en todos sus bienes, derechos y obligaciones, entre ellos la titularidad del centro de Educación Infantil «Nuestra Señora de las Mercedes», aceptándola.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro de Educación Infantil «Nuestra Señora de las Mercedes», de Marchena (Sevilla), que, en lo sucesivo, la ostentará «Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento», que como cesionaria queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan al mismo, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidas por la Administración, así como aquellas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: Nuestra Señora de las Mercedes.

Código de centro: 41010988.

Domicilio: C/ Sevilla, núms. 27 y 29.

Localidad: Marchena.

Municipio: Marchena.

Provincia: Sevilla.

Titular: «Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento».

Composición resultante: 6 unidades de primer ciclo de Educación Infantil para 96 puestos escolares.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Segundo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 14 de octubre de 2010

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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