Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 17/11/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 5 de noviembre de 2010, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Huelva, dimanante de divorcio contencioso núm. 99/2009.

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NIG: 2104142C20090012321.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 99/2009. Negociado: E.

De: Zahra Akkad.

Procurador: Sr. Carlos Rey Cazenave.

Letrado: Sr/. Barrios García, José Luis.

Contra: Mohamed El Ferdoussi.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 99/2009, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Huelva a instancia de Zahra Akkad contra Mohamed El Ferdoussi sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Huelva, a cinco de octubre de dos mil diez.

Vistos por mí, Francisco José Ramírez Herves, Magistrado-Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número Uno de Huelva, los autos del Juicio de Divorcio seguidos con el número 99/2009, a instancia de doña Zhara Akkad, representada por el Procurador don Carlos Rey Cazenave y asistida por el Letrado don José Luis Barrios García, contra don Mohamed El Ferdoussi, en situación legal de rebeldía, sin la intervención del Ministerio Fiscal, y atendiendo a los siguientes.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales y de doña Zhara Akkad contra don Mohamed El Ferdoussi, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio de dichos cónyuges, con todos sus efectos legales, acordando respecto de sus bienes la disolución del régimen económico matrimonial, y las siguientes medidas:

La atribución del uso de la vivienda familiar, sita en la calle San Justo, número 1, 2.º derecha, en la localidad de Huelva a doña Zhara Akkad. Serán de su cargo todos los gastos ordinarios derivados del uso y disfrute de la vivienda (alquiler, gas, agua, electricidad, etc).

Todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.

Esta sentencia no es firme y contra ella puede interponerse recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Huelva, en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Firme que sea esta resolución, líbrese exhorto al Encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción de matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de Sentencias. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, Francisco José Ramírez Herves, Magistrado-Juez del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer Número Uno de Huelva y su partido judicial. Doy fe.

Publicación. La resolución que antecede ha sido dictada, leída y publicada por el Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mohamed El Ferdoussi, extiendo y firmo la presente en Huelva, a 5 de noviembre de dos mil diez.- El Secretario.

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