Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 29/11/2010

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 16 de noviembre de 2010, de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Segunda, dimanante de apelación civil núm. 7787/2009. (PD. 2911/2010).

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NIG: 4103441C20081000048.

Núm. Procedimiento: Recurso de apelación civil 7787/2009. Negociado: 3C.

Asunto: 200663/2009.

Autos de: Familia. Divorcio Contencioso 100/2008.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Uno de Coria del Río.

Apelante: Doña María Gracia Pantión Perea.

Procuradora: Doña María Dolores Fernández de Cabo.

Abogada: Sra. Sánchez Nario, Remedios.

Apelado: Don Juan Alonso Montañés Gómez.

EDICTO

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de Apelación núm. 7787/09-N, dimanante de los autos de Juicio de divorcio 100/08 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Uno de Coria del Río (Sevilla), se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor:

Sentencia núm. 94

Audiencia Provincial Sevilla, Sección Segunda, de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Presidente Ilmo. Sr. don Manuel Damián Álvarez García.

Magistrados, Ilmos. Sres. don Rafael Márquez Romero y don Carlos Piñol Rodríguez.

En la ciudad de Sevilla, a veintinueve de marzo de dos mil diez.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio sobre Divorcio, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de doña María Gracia Pantión Perea que en el recurso es parte apelante, representada por la Procuradora a Sra. Fernández del Cabo, contra don Juan Alonso Montañés Gómez no personado en esta alzada, es parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 13 de abril de 2009, cuya parte dispositiva es como sigue: «Se concede el divorcio y la disolución del matrimonio formado por doña María Gracia Pantión Pérez y don Juan Alonso Montañés Gómez y se establecen como medidas definitivas las contenidas en la sentencia de separación dictada el 24 de diciembre de 2002, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Coria del Río, en los autos 246/02, salvo en lo relativo al régimen de visitas de don Juan Alonso Montañés Gómez sobre su hija menor, el cual queda en suspenso. No ha lugar a la imposición de costas».

Segundo. Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo, quedó el recurso visto para sentencia.

Tercero. En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales. Visto, siendo ponente el llmo. Sr. Magistrado don Carlos Piñol Rodríguez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FALLAMOS

Estimando el recurso de apelación se revoca la sentencia y decreta la privación de la patria potestad respecto de sus hijas a don Juan Alonso Montañés Gómez manteniéndose los demás pronunciamientos. No se hace imposición de las costas de esta alzada. Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el llmo. Sr. Magistado Ponente que la dictó en lugar y fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado don Juan Alonso Montañés Gómez, expido la presente en Sevilla, a dieciséis de noviembre de dos mil diez.- El Secretario.

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