Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 14/12/2010

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Certificación de 29 de noviembre de 2010, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, dimanante del recurso núm. 607/2007-K.

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Don Miguel Sanz Septién, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo –Sección Primera– del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

CERTIFICO: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 607/2007-K, seguido a instancia de Federación Estatal de Sindicatos de Técnicos Superiores Sanitarios (FESITESS) contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sobre impugnación de la Orden de 1.3.2007 que acuerda los servicios mínimos para los Técnicos Especialistas del Sistema Sanitario.

En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala –Sección Primera, Núm. 552/2007– con fecha 17 de septiembre de 2007, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«FALLO. Desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Estatal de Sindicatos de Técnicos Superiores Sanitarios, contra la Orden de 31 de marzo de 2007, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, por la que se establecen servicios mínimos en la huelga del sector de Técnicos Especialistas del Sistema Sanitario de Andalucía para la huelga convocada para los días 6 y 7 de marzo de 2007; sin costas. Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y una vez firme remítase testimonio de la misma junto con el expediente administrativo al lugar de procedencia de este. Así por esta nuestra sentencia que se notificará a las partes haciéndoles saber, con las demás prevenciones del art. 248.4.i) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contra la misma cabe recurso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos mandamos y firmamos.»

Que por la Sección 7.ª de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y en el recurso de casación núm. 008/0005339/2007 y con fecha 27 de septiembre de 2010 se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva dice:

«FALLAMOS: 1.º Que ha lugar al recurso de casación núm. 5339/2007, interpuesto por la Federación Estatal de Sindicatos de Técnicos Superiores Sanitarios contra la sentencia núm. 552, dictada el 17 de septiembre de 2007, por la Sección Primera de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, que anulamos. 2.º Que estimamos el recurso 607/2007 y anulamos la Orden del Consejero de Salud de la Junta de Andalucía de 1 de marzo de 2007 por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que prestan los Técnicos Especialistas del Sistema Sanitario de Andalucía mediante establecimiento de servicios mínimos. 3.º Que no hacemos imposición de costas en la instancia, debiendo correr cada parte con las suyas del recurso de casación. Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficio de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o en el que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 29 de noviembre de 2010.

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