Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 23 de diciembre de 2009, por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro docente privado de formación profesional «Escuela de Prótesis Dental Granada» de Granada.

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Examinado el expediente tramitado a instancia de don Luis Piñeira Fernández, titular del centro docente privado de formación profesional «Escuela de Prótesis Dental Granada», con domicilio en C/ Mirador de la Sierra, 5, de Granada, por el que solicita el cambio de titularidad del mismo, cuyas enseñanzas fueron autorizadas por Orden de la Consejería de Educación de 25 de julio de 2001 (BOJA de 20 de septiembre), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el centro con código 18000571 tiene autorización para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Prótesis dentales.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del referido centro, a favor de don Luis Piñeira Fernández.

Resultando que don Luis Piñeira Fernández, mediante escritura de cesión de titularidad número tres mil ciento cincuenta y cuatro, otorgada ante don Juan Bermúdez Serrano, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, y fechada en Armilla, a veintitrés de noviembre de dos mil nueve, cede la titularidad del mencionado centro a la entidad Escuela Prótesis Dental Granada, S.L., quedando representada, ante la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, por don Luis Piñeira Fernández como Administrador Único.

Resultando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado de formación profesional «Escuela de Prótesis Dental Granada», con código 18000571, de Granada, que en lo sucesivo la ostentará la entidad Escuela Prótesis Dental Granada, S.L., que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al centro, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el mismo pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación Genérica: Centro docente privado de formación profesional.

Denominación Específica: «Escuela de Prótesis Dental Granada».

Código del Centro: 18000571.

Titular: Escuela Prótesis Dental Granada, S.L.

Domicilio: C/ Mirador de la Sierra, 5.

Localidad: Granada.

Municipio: Granada.

Provincia: Granada.

Enseñanzas autorizadas:

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior:

- Prótesis dentales:

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Segundo. Del contenido de esta Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Sevilla, 23 de diciembre de 2009

María del Mar Moreno Ruiz

Consejera de Educación

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