Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 25 de septiembre de 2009, por la que se encomienda al Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico la restauración de la iglesia del Santo Cristo de la Salud (Málaga).

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El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico es una Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 54.2.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Agencia Pública Empresarial con sujeción a la Ley 5/2007, de 26 de junio, que la crea como entidad de derecho público y la dota de personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines. Goza de patrimonio y administración propios, y queda adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de cultura. Por el Decreto 75/2008, de 4 de marzo, el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico se adapta a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y se aprueban sus estatutos.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico tiene como fines la intervención, investigación, conservación y valorización del patrimonio cultural; así como la innovación, la transferencia de conocimiento y el establecimiento de pautas para la tutela del patrimonio cultural, a través de actuaciones y servicios especializados de documentación, intervención, formación y comunicación.

Según se establece en el artículo 4.1.l) de los Estatutos del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, será función del Instituto cualquiera que le sea encomendada por la Consejería competente en materia de cultura de conformidad con sus fines. Así, el Instituto deberá ejecutar, con carácter obligatorio, las actividades que le sean encomendadas por la Consejería de acuerdo con sus competencias. Los trabajos y actividades que realice el Instituto para la Consejería competente en materia de cultura serán considerados como realizados con los medios y por los servicios propios de esta última, a los efectos establecidos en la normativa de contratación pública.

Igualmente, entre las funciones del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico está el desarrollo de proyectos y actuaciones en materia de conservación y restauración del patrimonio histórico.

Mediante el Decreto 123/2008, de 29 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, se asignan a la Dirección General de Bienes Culturales, entre otras funciones, la conservación y restauración del patrimonio histórico andaluz.

Entre las actuaciones en materia de Patrimonio Histórico a desarrollar por la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, en el marco de sus funciones para la conservación y restauración del patrimonio histórico inmueble y mueble, se encuentra la restauración de la Iglesia del Santo Cristo de la Salud, en la ciudad de Málaga.

La Iglesia del Santo Cristo de la Salud ofrece una serie de valores históricos, artísticos, tipológicos e iconográficos que avalan por sí mismos que este importante inmueble del Patrimonio Histórico Andaluz se conserve en el mejor estado posible. La valoración artística, y el estado actual de conservación del inmueble, aconsejan su restauración urgente.

Así, en uso de las atribuciones que me vienen conferidas por el art. 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Actividad y objetivos a cumplir.

Se encomienda al Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico la dirección y ejecución material del Proyecto de Intervención para la restauración de la iglesia del Santo Cristo de la Salud de Málaga. Incluye esta encomienda la realización de todas las actuaciones técnicas, científicas y operativas descritas en el Proyecto de Intervención sobre el inmueble, y aquellas otras necesarias para la correcta ejecución de los trabajos encomendados.

El Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico realizará la dirección del proyecto, la organización y planificación de los trabajos encomendados y la ejecución material y/o contratación de la ejecución de los mismos. También corresponden al Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico la realización de los trabajos y actuaciones científicas y técnicas relativas a las producciones y actividades culturales que se lleven a cabo en relación con la restauración de la Iglesia.

Segundo. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.

La presente Orden de encomienda de gestión tiene la naturaleza de acto o resolución administrativa.

Dada la naturaleza jurídico privada que presenta el ente instrumental, cual es una agencia pública empresarial, no podrá ejercitar potestades administrativas, es decir, desempeñar funciones inherentes al ejercicio de autoridad.

El régimen jurídico de la presente encomienda es el establecido en la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Plazo de vigencia.

Los trabajos y actuaciones encomendados comenzarán en el presente año 2009 y concluirán en el año 2012. La encomienda estará, no obstante, vigente hasta la terminación de los trabajos de restauración, y se produzca la liquidación definitiva y recepción de las obras concertadas.

Cuarto. Presupuesto, financiación y calendario de las actuaciones encomendadas a la Agencia Pública Empresarial Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

La aportación de la Consejería de Cultura para la ejecución de los trabajos citados es de 624.454,42 euros (seiscientos veinte y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros con cuarenta y dos céntimos de euros.

La aportación se desglosa de la siguiente forma:

A) Actuaciones a encomendar al IAPH: 507.851,68 €

B) Gastos generales y corporativos (6% s/507.851,68 euros): 30.471,10 €

Suma (A+B): 538.322,78 €

C) IVA (16% s/538.322,78 euros): 86.131,64 €

Aportación Total (A+B+C): 624.454,42 €

La aportación de la Consejería será financiada con cargo al presupuesto de la Dirección General de Bienes Culturales en cuatro anualidades: 2009 por un importe total de 23.108,00 euros, 2010 por un importe que asciende a 132.500,00 euros, 2011 por un importe que ascendería a 318.000,00 euros; y 2012, por el importe restante que asciende a 150.846,42 euros. Dichas cantidades se fiscalizarán con cargo a partida presupuestaria 03.671.00.45B Bienes del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural, de la Dirección General de Bienes Culturales. Podrá adelantarse hasta un 50% del importe correspondiente de cada año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Abono de los trabajos.

El abono al Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de los cometidos y trabajos encomendados mediante el presente encargo se realizará conforme a la presentación de facturas a la Dirección General de Bienes Culturales.

Sexto. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada. Habilitación a la Dirección General de Bienes Culturales.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico presentará informes de periodicidad semestral a la Consejería de Cultura a través de la Dirección General de Bienes Culturales, comprensivos del nivel de ejecución y del estado de los trabajos encomendados, así como del calendario previsto para la finalización de los mismos.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de los trabajos objeto de la presente encomienda de gestión. Para ello diseñará y planificará los objetivos y estrategias a los que deben ajustarse los mismos; los supervisará y hará un seguimiento continuo de las actividades desarrolladas; y contratará cuantos servicios y suministros, que no estando incluidos en el Proyecto de Intervención, sean necesarios para el apoyo y correcta ejecución de los trabajos encomendados.

Sevilla, 25 de septiembre de 2009

Rosario Torres Ruiz

Consejera de Cultura

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