Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 24/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 8 de febrero de 2010, por la que se acuerda avocar la competencia que se cita y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, en Granada.

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La Orden de 14 de julio de 2004, por la que se delegan competencias de la Consejería de Empleo y de la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo, en diversos órganos administrativos, en su artículo 2.3.b) delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica todas las facultades que sobre contratación de bienes patrimoniales se atribuyen al Consejero o Presidente de Organismo Autónomo (hoy Agencia Administrativa) por la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía o por cualquier otra norma patrimonial que resulte de aplicación.

Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar la referida delegación de competencias para el arrendamiento de un inmueble destinado a la ampliación de la sede de la Oficina de Empleo en el municipio de Motril (Granada), y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, en Granada.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en los ar-tículos 101, 102 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Artículo 1. Avocación y delegación.

Avocar la competencia delegada en la persona titular de la Secretaría General Técnica, en lo referido a las facultades sobre contratación del arrendamiento de un inmueble para la ampliación de la sede de la Oficina de Empleo en el municipio de Motril (Granada), y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, en Granada.

Artículo 2. Régimen Jurídico.

Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de febrero de 2010

Antonio Fernández García

Consejero de Empleo

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