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De acuerdo con la Resolución de 29 de septiembre de 2008, se le concedía el plazo de tres meses, desde la finalización del plazo concedido, para la realización de la actividad subvencionada, para justificar, sin que a la fecha se haya aportado, la documentación pedida a la siguiente interesada:
Expte.: 541-2008-29-0000081-1.
Carretero Ruiz, Graciela.
Fuengirola y Mijas (Málaga).
Por tanto, se le requiere para que en el plazo de 20 días aporte la documentación justificativa de la subvención.
Asimismo, se le advierte que transcurrido el plazo concedido sin atender este requerimiento, se entenderá incumplida la obligación de justificar los gastos, con las consecuencias previstas en la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 30 y 31 de la Orden de 25 de enero de 2008.
Málaga, 9 de marzo de 2010.- La Delegada, Amparo BilbaoGuerrero.
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