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Nombre y apellidos: Don José Antonio Morillo Fernández.
Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose los interesados en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados. Para conocimiento del contenido íntegro del acuerdo dictado podrán los interesados comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Federico García Lorca, 3.
La Comisión Provincial de Medidas de Protección con fecha 25 de marzo de 2010 ha acordado:
- Cesar el acogimiento familiar simple en familia de urgencia en la que actualmente se encuentran acogidos los menores N.M.C y J.M.M.C.
- Constituir el acogimiento familiar preadoptivo de los menores de referencia mediante la suscripción del documento de formalización del mismo. Caso de que el progenitor de los menores no consienta o se oponga, se constituye dicho acogimiento familiar de forma provisional, a la vez que se acuerda formular ante el Juzgado de Primera Instancia competente la oportuna propuesta de constitución judicial de dicho acogimiento familiar.
Contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Sevilla, 25 de marzo de 2010.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.
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