Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 29/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Acuerdo de 20 de abril 2010, del Consejo de Gobierno, mediante el que se procede a la designación de los miembros, en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la Comisión Mixta Paritaria Gobierno-Junta de Andalucía prevista en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

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La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, prevé la designación de una Comisión Mixta Paritaria Gobierno-Junta de Andalucía que regulará el proceso, el tiempo y las condiciones de traspaso de las competencias propias de la Comunidad Autónoma, y asimismo determinará el traspaso de medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de tales competencias.

Mediante el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, se han creado y suprimido Consejerías, establecido una nueva distribución de competencias entre ellas. En consecuencia, se hace necesario modificar el Acuerdo de 20 de marzo de 2007, del Consejo de Gobierno, en la redacción dada por el Acuerdo de 9 de septiembre de 2008.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de abril de 2010,

ACUERDA

Primero. Los vocales de la Comisión Mixta Paritaria, prevista en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, en representación de la Junta de Andalucía, serán las personas titulares de las siguientes Consejerías:

- Presidencia.

- Gobernación y Justicia.

- Hacienda y Administración Pública.

- Economía, Innovación y Ciencia.

- Obras Públicas y Vivienda.

- Medio Ambiente.

Segundo. Presidirá la representación de la Junta de Andalucía en la Comisión Mixta Paritaria la Consejera de la Presidencia.

Tercero. La Secretaría de la Comisión será desempeñada por la persona titular de la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias.

Cuarto. Los vocales a que hace referencia el punto primero del presente Acuerdo podrán, mediante delegación expresa, otorgar su representación a favor de las personas titulares de los Órganos Directivos correspondientes, excepción hecha de la Consejera de la Presidencia, en su calidad de Presidenta de la representación de la Junta de Andalucía.

Quinto. Queda sin efectos el Acuerdo de 20 de marzo de 2007, del Consejo de Gobierno.

Sevilla, 20 de abril de 2010

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ

Consejera de la Presidencia

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