Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 12/05/2010

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Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 23 de abril de 2010, de la Delegación Provincial de Cádiz, Junta Arbitral del Transporte, de notificación de laudos dictados en procedimientos de arbitraje en materia de transportes.

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Expedientes R 29/09 y R 30/09:

Ignorándose el actual domicilio de la entidad Brumaflor, S.C., contra la que se ha presentado solicitud de arbitraje ante esta Junta Arbitral por parte de la entidad Transportes Ochoa, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Exptes. R 29/09 y R 30/09, por el que se estiman las pretensiones de Transportes Ochoa, S.A., contra la entidad Brumaflor, S.C., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra él demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquel se hubiere dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Expediente R 42/09:

Ignorándose el actual domicilio de la entidad Turismo y Playas en la Sierra de Cádiz, S.L., contra la que se ha presentado solicitud de arbitraje ante esta Junta Arbitral por parte de la entidad Transportes Ochoa, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 42/09, por el que se estiman las pretensiones de Transportes Ochoa, S.A., contra la entidad Turismo y Playas en la Sierra de Cádiz, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra él demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquel se hubiere dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Expediente R 50/09:

Ignorándose el actual domicilio de la entidad Soluciones Acústicas Ecológicas, S.L., contra la que se ha presentado solicitud de arbitraje ante esta Junta Arbitral por parte de la entidad Transportes Buytrago Andalucía, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 50/09, por el que se estiman las pretensiones de Transportes Buytrago Andalucía, S.A., contra la entidad Soluciones Acústicas Ecológicas, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra él demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquel se hubiere dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Expediente R 06/09:

Ignorándose el actual domicilio de la entidad Encuadernaciones Jerez, S.L., contra la que se ha presentado solicitud de arbitraje ante esta Junta Arbitral por parte de la entidad Transportes Buytrago Andalucía, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 06/09, por el que se estiman parcialmente las pretensiones de Transportes Buytrago Andalucía, S.A., contra la entidad Encuadernaciones Jerez, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra él demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquel se hubiere dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Expediente R 162/09:

Ignorándose el actual domicilio de la entidad Skate Board Illusion S.L., contra la que se ha presentado solicitud de arbitraje ante esta Junta Arbitral por parte de la entidad Transportes Buytrago Andalucía, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 162/09, por el que se estiman parcialmente las pretensiones de Transportes Buytrago Andalucía, S.A., contra la entidad Skate Board Illusion, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra él demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquel se hubiere dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Expediente R 31/09:

Ignorándose el actual domicilio de la entidad Arrastres y Servicios Sant Boi, S.L., contra la que se ha presentado solicitud de arbitraje ante esta Junta Arbitral por parte de la entidad Transmediterránea Cargo, S.A.U., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 31/09, por el que se estiman parcialmente las pretensiones de Transmediterránea Cargo S.A.U., contra la entidad Arrastres y Servicios Sant Boi, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra él demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquel se hubiere dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Cádiz, 23 de abril de 2010.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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