Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 15/06/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso núm. 224/2011, ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 26 de abril de 2011, en los Autos del Procedimiento Expropiación Forzosa núm. 224/2011 (Neg. 4), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don José Arquelladas Molina y otra contra el Acuerdo adoptado con fecha 31 de enero de 2011 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en ochenta y siete mil setecientos diecisiete euros con sesenta y dos céntimos (87.717,62 euros) en el expediente 2009/305, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don José Arquelladas Molina y doña Victoria Ruiz Fernández (parcelas 24.a y 24.b del Sector SUS-SE-2/11 del PGOU de Palma del Río), y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Palma del Río.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en esta C.P.V. de Córdoba (Registro General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba) con fecha 30 de mayo de 2011.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de 16 de marzo de 2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por la representación de don José Arquelladas Molina y otra contra el Acuerdo adoptado con fecha 31 de enero de 2011 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en ochenta y siete mil setecientos diecisiete euros con sesenta y dos céntimos (87.717,62 euros) en el expediente 2009/305, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don José Arquelladas Molina y doña Victoria Ruiz Fernández (parcelas 24.a y 24.b del Sector SUS-SE-2/11 del PGOU de Palma del Río), y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Palma del Río.

Segundo. Remitir al Excmo. Ayuntamiento de Palma del Río, como interesado en el procedimiento, fotocopia del requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza a la citada Entidad Local a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 31 de mayo de 2011.- El Presidente de la Comisión, Manuel Roldán Guzmán.

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