Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 17/06/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Orden de 1 de junio de 2011, por la que se realiza la declaración de créditos disponibles y su distribución entre los ámbitos territoriales y funcionales, relativos a la Orden de 30 de marzo de 2011, por la que se convocan, para el ejercicio 2011, las subvenciones en materia de comercio para el Fomento de la Cooperación Empresarial y el Impulso del Comercio Urbano (modalidad ASC) y se aprueban los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Orden de 9 de marzo de 2011, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio (BOJA núm. 58, de 23 de marzo de 2011).

En el artículo 5 de la citada Orden, se determina que las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención en dicha convocatoria.

Asimismo, en el citado artículo se determina la posibilidad de fijar una cuantía adicional a la cuantía total máxima, si así se fija en la convocatoria de acuerdo con las reglas establecidas en el apartado 4 del mismo.

Por otro lado, el citado artículo 5 también determina que en aquellos casos en los que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen, existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que indique la convocatoria o, en su defecto, en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa.

De acuerdo con lo anterior mediante Orden de 30 de marzo de 2011, se ha realizado convocatoria para el ejercicio 2011 de las subvenciones en materia de comercio para el Fomento de la Cooperación Empresarial y el Impulso del Comercio Urbano (modalidad ASC) y se han aprobado los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones (BOJA núm. 74, de 14 de abril de 2011).

Así en el apartado cuarto de la citada Orden de convocatoria, se establece la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria que asciende a 1.060.195 euros y en el apartado quinto se prevé una cuantía adicional a la misma cuya efectividad queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

En relación con la cuantía adicional citada, se ha contabilizado con fecha 19 de abril de 2011 el importe de la modificación presupuestaria relativa a una generación de créditos por importe de 1.401.731 euros.

A la vista de la aprobación de la citada modificación presupuestaria y de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la Orden de 9 de marzo de 2011, en el cual se determina la existencia de varios ámbitos territoriales y funcionales de concurrencia competitiva, procede realizar la declaración de créditos disponibles y la distribución de los mismos entre los distintos ámbitos de concurrencia descritos.

De acuerdo con lo anterior y con lo determinado en el artículo 5 de la Orden reguladora y en virtud del uso de las competencias conferidas en el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Declaración de créditos disponibles.

En relación con las subvenciones a conceder relativas a la convocatoria realizada por Orden de 30 de marzo de 2011, por la que se convocan, para el ejercicio 2011, las subvenciones en materia de Comercio para el Fomento de la Cooperación Empresarial y el Impulso del Comercio Urbano (modalidad ASC) y se aprueban los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones, se declaran como disponibles créditos por un importe total de 2.461.926,86 euros, cuyo detalle se relaciona a continuación:

a) Cuantía total máxima.

01.17.00.18.00.784.03. 76A.8: 1.060.195 euros.

b) Cuantía adicional por incorporación de créditos libres, contabilizada el 19 de abril de 2011.

11.17.00.18.00.784.03. 76A.6.2010: 1.401.731,86 euros.

Artículo 2. Distribución de créditos en ámbitos territoriales y funcionales.

El total de créditos disponibles declarados en el apartado anterior se distribuyen entre los distintos ámbitos funcionales y territoriales, establecidos en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la Orden de 9 de marzo de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio, de la siguiente manera:

a) Al ámbito competencial de resolución y tramitación de procedimiento de concesión de subvenciones de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte: Solicitudes de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de carácter regional, se asigna un crédito total de 330.000,86 euros.

b) Al ámbito competencial para la resolución y tramitación del procedimiento de concesión de subvenciones de las distintas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte se asigna los siguientes créditos por provincia y tipo de beneficiario:

a) Solicitudes de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de carácter provincial:

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
55.000 55.000 55.000 55.000 55.000 55.000 55.000 55.000

b) Solicitudes de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de carácter local o zonal:

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
150.000 300.000 150.000 225.000 150.000 150.000 375.000 191.926

Sevilla, 1 de junio de 2011

Luciano Alonso Alonso

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

Descargar PDF