Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 05/07/2011

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Ayuntamientos

Anuncio de 6 de junio de 2011, del Ayuntamiento de Marbella, de bases para la selección de plazas del Organismo Autónomo Local Servicios Operativos.

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Acuerdo de la Presidenta del Organismo Autónomo Local Servicios Operativos de Marbella, de fecha 26.4.2011, por el que se aprueban bases y Anexos que han de regir la convocatoria pública para la cobertura por consolidación de las plazas previstas en la Oferta de Empleo Público 2011, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 108, de 8 de junio de 2011, correspondiente al Organismo Autónomo Local Servicios Operativos de Marbella.

BASES QUE HAN DE REGIR LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL PARA LA COBERTURA POR CONSOLIDACION DE LAS PLAZAS PREVISTAS EN LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2011 DEL OAL SERVICIOS OPERATIVOS DE MARBELLA

1. Objeto.

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la realización de los procesos de selección de personal para la cobertura por consolidación de las plazas previstas en la Oferta de Empleo Público 2011 del Organismo Autónomo Local Servicios Operativos de Marbella, adjunta como documento núm. 1.

1.2. Las plazas están dotadas económicamente con las retribuciones que el OAL Servicios Operativos de Marbella tiene acordadas para cada nivel o grupo, y sus cometidos y encuadre dentro de las escalas y sub escalas son las definidas en el Capítulo IV del Título VII del Real Decreto Legislativo 781/86.

Los/as candidatos/as que superen las convocatorias a que se refieren las presentes Bases desempeñarán las funciones propias de las plazas a que accedan y quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades, lo que supondrá la prohibición de ejercer cualquier otra actividad en el sector público o privado sin el previo reconocimiento de compatibilidad, salvo las legalmente excluidas en dicho régimen.

Las especificidades de cada proceso selectivo como son las características de las plazas a cubrir, requisitos de titulación, programas que han de regir los procesos selectivos, etc., serán objeto de regulación en los Anexos correspondientes.

1.3. Las plazas objeto de esta convocatoria podrán ser incrementadas con las vacantes producidas hasta el día antes del inicio del último ejercicio de la fase de oposición en el caso de que el sistema selectivo sea la oposición o el concurso-oposición, o bien, hasta el día antes del inicio de la última sesión en el supuesto de que el procedimiento selectivo sea el concurso de méritos, o ampliarse su número, conforme a las previsiones y limitaciones establecidas en el art. 70.1 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

1.4. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará al sistema de concurso-oposición, de conformidad con el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, de acuerdo con lo regulado en los Anexos de cada convocatoria, con garantía en todo caso de los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como a los relacionados en el art. 55.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público así como la disposición transitoria 4.ª en relación con la Consolidación de Empleo Temporal y del derecho a la promoción en la carrera administrativa, de conformidad con lo establecido en la citada Ley y en la restante normativa que resulte de aplicación y no haya sido derogada o resulte contraria a la misma, en particular por: el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido sobre disposiciones legales vigentes de Régimen Local, R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados y normativa que la desarrolla, por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, por la Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la promoción de la igualdad de género en Andalucía y por las presente Bases generales de esta convocatoria, así como a lo regulado en cada anexo específico.

1.5. Las bases específicas de las correspondientes convocatorias se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del OAL Coordinación Entidades Públicas Municipales de Marbella. Asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia se anunciará la publicación de la composición de los órganos de selección y las listas de admitidos/as y excluidos/as, la cual se efectuará en el Tablón de anuncios del OAL Coordinación Entidades Públicas Municipales de Marbella. Todas las demás actuaciones de los órganos de selección hasta la resolución del proceso selectivo, se publicarán únicamente en el tablón de anuncios del OAL Coordinación Entidades Públicas Municipales de Marbella. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se publicarán las Bases selectivas de las diferentes convocatorias. En el Boletín Oficial del Estado se publicará extracto detallado de cada convocatoria. Los efectos administrativos de la misma se producirán desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, a excepción de lo dispuesto con posterioridad.

2. Condiciones de los/as aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales, además de los específicos, contenidos en los anexos de cada convocatoria:

a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 EBEP en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos 16 años referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad fijada para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título exigido (o equivalente) para cada plaza o grupo de plazas o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes o reunir los requisitos para estar legalmente exento de su exigencia.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de las plazas objeto de convocatoria.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Las condiciones exigidas serán siempre referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse durante el proceso selectivo.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso objeto de esta convocatoria, habrán de hacerlo constar por medio de solicitud, según el modelo que se acompaña como Anexo 1 de estas bases.

3.2. Los/as aspirantes deberán acompañar a la solicitud, en caso de que la modalidad de acceso sea el concurso oposición, relación detallada de méritos, debidamente documentados, mediante originales o fotocopias debidamente compulsadas, caso contrario no serán objeto de valoración en la fase de concurso. El/la interesado/a podrá solicitar la remisión a los datos obrantes en su expediente personal.

3.3. Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Presidenta del Consejo Rector OAL Servicios Operativos del Excmo. Ayuntamiento de Marbella.

3.4. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General del OAL Coordinación de Entidades Públicas Municipales de Marbella o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.5. Los derechos de examen serán los que se establecen en la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas y Precios Públicos. Su cuantía se ingresará en la cuenta corriente nº 3058/0844/05/2732000109, debiendo hacer constar en el ingreso el nombre de la persona participante en el proceso de selección, así como su DNI. A la solicitud deberá acompañarse copia del resguardo del ingreso.

4. Admisión de candidatos/as.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, por el Órgano de Selección serán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos y sus lugares de exposición, con indicación de las causas de exclusión, así como la composición de los órganos de selección. Dicha resolución será publicada en el tablón de anuncios del OAL Coordinación de Entidades Públicas Municipales de Marbella.

4.2. Los errores de hecho serán subsanados de oficio, en cualquier momento y a petición del interesado, en el plazo de diez días a partir de la publicación de la resolución. En todo caso, contra la resolución a la que se refiere la base anterior, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a partir de su publicación, ante el Órgano de Selección, o el correspondiente recurso contencioso-administrativo.

4.3. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del Órgano de Selección, en su caso.

5. Órgano de Selección.

5.1. El Órgano de Selección deberá ajustarse en su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderán a la paridad entre mujeres y hombres, y estarán conformados por un Presidente, un Secretario –funcionario de carrera, con voz y sin voto– y 4 Vocales, a designar por el Órgano de Selección. No podrá formar parte de los mismos el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. Se designarán miembros suplentes que alternativamente con los titulares respectivos integrarán el órgano de selección.

Los vocales del Órgano de Selección deberán poseer titulación y o especialización de igual o superior titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

5.2. El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de su Presidente, Secretario y al menos la mitad de los Vocales, ya sean titulares o quienes legalmente les sustituyan, y en caso de empate al adoptar algún acuerdo, decidirá el voto de calidad del Presidente.

5.3. El Órgano de Selección podrá incorporar a sus trabajos a cuantos asesores especialistas considere oportunos con voz y sin voto, para el mejor desarrollo y celeridad en la realización de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

5.4. Los miembros del Órgano de Selección serán nombrados por el órgano competente y su pertenencia a los mismos será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

5.5. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de intervenir notificándolo al órgano competente u órgano en quien delegue cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo los/as aspirantes podrán recusar en cualquier momento a los miembros del órgano de selección cuando concurran las circunstancias previstas anteriormente.

5.6. El Órgano de Selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.

5.7. Los miembros del Órgano de Selección serán retribuidos de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

5.8. A los efectos de comunicaciones y de cualquier otra incidencia derivada de esta convocatoria, el órgano de selección tendrá la sede en el Palacio de Congresos de Marbella.

6. Consolidación y estabilizacion.

Se opta por el sistema de concurso-oposición por las siguientes causas:

a) La operatividad de los puestos de trabajo exige su desempeño por personal que acredite una formación y experiencia ya adquirida al objeto de contribuir a la agilización del funcionamiento de los servicios así como al objeto de evitar paralizaciones indebidas en el desarrollo de su actividad, lo que afectaría globalmente al funcionamiento de este Organismo Autónomo.

b) Contribuir a la consolidación de empleo temporal por un empleo definitivo, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 50/98, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Dicho precepto literalmente trascrito reza como sigue «Procesos selectivos de consolidación de empleo temporal: La convocatoria de procesos selectivos para la sustitución de empleo interino o consolidación de empleo temporal estructural y permanente se efectuará de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y mediante los sistemas selectivos de oposición, concurso o concurso-oposición; en este último caso, en la fase de concurso podrán valorarse, entre otros méritos, la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria».

Igualmente, se encuentra amparada esta actuación por lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en virtud de la cual «Las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas y categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2005».

6.1. Fase de concurso: Se desarrollará con posterioridad a la fase de oposición. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 12 puntos.

Esta fase consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados y justificados por los aspirantes, en el que se tendrá en cuenta el historial profesional, los cursos de formación realizados, los títulos y diplomas conseguidos, y la antigüedad.

En ningún caso, la valoración de los méritos podrá ser superior al 40% de la puntuación máxima prevista en la fase de oposición estableciéndose finalmente el orden de prelación de los participantes en el concurso según la puntuación que corresponda en aplicación del baremo establecido.

Los/as aspirantes deberán presentar los documentos acreditativos de los méritos que aleguen junto con la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas, conforme a lo previsto en el apartado 3.2 de las presentes bases.

Una vez valorados los méritos por el Órgano de Selección, éste hará público el resultado, mediante anuncio en el Tablón del Organismo Autónomo Local Coordinación Entidades Públicas Municipales de Marbella.

Los méritos a considerar en la fase de concurso serán los debidamente alegados, acreditados y aportados por el aspirante hasta el último día de admisión de solicitudes de la respectiva convocatoria, siendo de su exclusiva responsabilidad la adecuada alegación y justificación de los méritos, sin que en ningún caso, una vez expirado el plazo referido, pueda aportar documentación complementaria que acredite extremos no explicitados o no justificados en el plazo previsto, limitándose el Órgano de Selección a valorar exclusivamente la documentación aportada por el interesado en el plazo establecido para la presentación de solicitudes y documentación.

El baremo para calificar los méritos alegados será, con carácter general, el siguiente:

1.º Tiempo de servicios prestados en la Administración Pública: Hasta un máximo de 4 puntos.

a) Por cada año completo o fracción superior a 6 meses de servicios prestados en Ayuntamientos, Entidades Locales, Fundaciones Municipales, Organismos Autónomos y sociedades municipales, correspondientes a municipios de más de 125.000 habitantes y que actualmente estén sujetos al régimen de gran población: 0,70 puntos.

b) Por cada año completo o fracción superior a 6 meses de experiencia en Ayuntamientos, Entidades Locales, Fundaciones Municipales, Organismos Autónomos y sociedades municipales, correspondientes a municipios de más de 125.000 habitantes no sujetos al régimen de municipio de gran población: 0,30 puntos.

c) Por cada año completo o fracción superior a 6 meses de experiencia en Ayuntamientos, Entidades Locales, Fundaciones Municipales, Organismos Autónomos y sociedades municipales, correspondientes a municipios de menos de 125.000 habitantes y más de 75.000 habitantes: 0,15 puntos.

d) Por cada año completo o fracción superior a 6 meses de experiencia en Ayuntamientos, Entidades Locales, Fundaciones Municipales, Organismos Autónomos y sociedades municipales, correspondientes a municipios de menos de 75.000 habitantes: 0,05 puntos.

2.º Experiencia en puestos de trabajo objeto de la convocatoria: Hasta un máximo de 6 puntos.

a) Por cada año completo de servicios, o fracción igual o superior a seis meses, prestados como temporal, interino o asimilado en la plaza que se convoca: 0,70 puntos.

A estos efectos se entenderá que todo el trabajo desempeñado, independientemente de la entidad contratante y de la categoría por la que se le contrató, lo ha sido en la plaza que se creó en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos de 2008 del Ayuntamiento de Marbella.

b) Por cada año completo de servicios, o fracción igual o superior a seis meses, prestados en plaza de la misma categoría a la convocada en cualquier otro Ayuntamiento o Administración Pública: 0,15 puntos.

La experiencia profesional se acreditará mediante certificación de la Administración, Organismo Público o empresa pública donde haya prestado sus servicios y en caso de provenir de la empresa privada, mediante certificado de vida laboral emitido por la Seguridad Social.

3.º Méritos académicos y de formación: Hasta un máximo de 2 puntos.

a) Titulación superior en un grado o más a la necesaria para la plaza en cuestión: 0,50 puntos.

En ningún caso el título académico debidamente homologado exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de su valoración en este apartado (incluso cuando se posea una antigüedad que alternativamente pueda establecerse como requisito para participar en una convocatoria determinada). El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta e impartidos por organismos oficiales: Administraciones Públicas territoriales, sus OO.AA. y Entidades de Derecho Público dependientes de las mismas, Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones Sindicales y Empresariales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, así como los convocados por las Secciones Sindicales del Ayuntamiento que hayan obtenido la previa homologación conforme a los criterios de homologación aprobados por la Junta de Gobierno Local con fecha 4/11/2008 y que hayan sido superados y así lo acrediten los aspirantes, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

c) Por cursos de duración entre 6 horas y menos de 10 horas lectivas: 0,10 puntos por cada uno.

d) Por cursos de duración entre 10 horas y menos de 20 horas lectivas: 0,20 puntos por cada uno.

e) Por cursos de duración entre 20 horas y menos de 40 horas lectivas: 0,30 puntos por cada uno.

f) Por cursos de duración de entre 40 horas y menos de 100 horas lectivas: 0,50 puntos por cada uno.

g) Por cursos de duración de 100 horas lectivas o más: 1 punto por cada uno.

Los cursos de duración inferior a 6 horas o en los que no se justifique adecuadamente el número de horas, así como aquellos en los que no conste claramente la entidad que los organiza, no serán valorados.

La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada. La puntuación máxima que se podrá otorgar por esta participación será de 1 punto.

7.2. Fase de oposición:

7.2.1. Trabajo Memoria: el Órgano de Selección propondrá tres temas de entre los que figuran en el temario anexo, debiendo optar el aspirante a elaborar el trabajo memoria de uno de dichos temas. Los tres temas seleccionados por el Órgano de Selección serán publicados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente a su publicación para su presentación. El trabajo memoria se presentará ante el/la Secretario/a del Órgano de Selección en el referido plazo y hasta las 14:00 horas del último día. Dicho trabajo deberá realizarse por ordenador y el número de folios a presentar serán de veinte folios (A1), quince folios (A2), doce folios (C1).

Normas formales para la presentación de la memoria:

Formato DIN-A4.

Escritura solo en 1 cara.

Márgenes (superior, inferior, derecho, izquierdo): 2 cm.

Tipo de letra y tamaño: Arial 12.

Interlineado sencillo.

Espaciado de las letras normal.

Texto justificado.

El trabajo memoria será evaluado de 0 a 18 puntos debiendo obtenerse para su superación la puntuación mínima de 9 puntos.

Dada la no especial cualificación de las plazas de agrupación profesional para las que no se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo, ni la superación de pruebas de aptitud profesional que no sea la experiencia acreditada en el desempeño de las funciones requeridas a las referidas plazas, se establece como sistema de selección una entrevista curricular que realizará el Órgano de Selección, que será evaluada de 0 a 18 puntos debiendo obtenerse para su superación la puntuación mínima de 9 puntos.

Los aspirantes tendrán amplia libertad en cuanto a la forma de exposición, valorándose en este ejercicio la formación general académica, la claridad y el orden de ideas, la facilidad de exposición escrita y la aportación personal del /la aspirante y su capacidad de síntesis.

7.2.2. Curso de formación obligatoria.

Para acceder al curso de formación obligatoria se atenderá a la puntuación resultante de la fase de oposición y la fase de concurso. No podrán participar en el curso de formación obligatoria un número de alumnos superior al total de las plazas convocadas por cada una de las categorías. Se exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan que estarán directamente relacionados con el temario.

Cada solicitante habrá de participar en el curso y las pruebas de evaluación que correspondan a su grupo de titulación, con independencia que de la plaza que ocupe sea de administración general o especial.

7.2.2.1. Duración de los cursos.

Las horas lectivas de duración de los cursos de esta convocatoria son las que a continuación se indican, según el grupo de titulación al cual se dirija:

Grupo A1: 120 horas.

Grupo A2: 100 horas.

Grupo C1: 80 horas.

Durante el curso selectivo, se realizarán pruebas de utilización o manejo del procesador de texto Microsoft Word 2003. Se realizará una prueba que no será puntuable a efectos del curso. En aquellos casos en los que los trabajadores no la superen, el curso selectivo se incrementará en 30 horas (aplicable solo al Subgrupo C1).

7.2.2.2. Asistencia a los cursos.

Para poder superar el proceso selectivo establecido en la presente convocatoria, además de superar las correspondientes pruebas de evaluación, será requisito indispensable la asistencia a un 85%, como mínimo, de la duración total del curso selectivo al que se esté adscrito, sin perjuicio que por enfermedad, debidamente acreditada, será admitido a una próxima edición de un curso el alumnado que, admitido a una edición concreta, no hubiera podido incorporarse o mantenido la continuidad, o bien no hubiera superado el mismo.

Los cursos de formación obligatoria, a los que se refiere la presente convocatoria, tendrán validez exclusivamente a los efectos del proceso de adaptación prevista en ésta.

7.2.2.3. Evaluaciones continuadas y calificación de las pruebas.

La evaluación del curso de formación obligatoria seguirá el sistema de evaluación continuada, realizándose por parte de los profesores del mismo. Cada prueba será evaluada de 0 a 10 puntos, obteniéndose como valoración final la media de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas que durante el mismo se realicen. Será necesaria la media de 5 puntos para la superación del curso. Dicha puntuación final será elevada, a los efectos oportunos, al Órgano de Evaluación.

Cada curso tendrá un mínimo de 5 pruebas.

7.3. Resultado del proceso selectivo.

El resultado del proceso selectivo vendrá determinado por la suma del concurso-oposición (memoria+concurso) y la puntuación resultante del curso de formación obligatoria.

8. Lista de aprobados, presentación de documentos y nombramientos.

8.1. Finalizada la calificación, el órgano de selección hará pública la relación definitiva de aprobados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y/o valoración de méritos y el resultado final.

La relación definitiva de aprobados/as será elevada por el Órgano de Selección al órgano competente con propuesta de formalización de los contratos del personal laboral fijo.

En todo caso, el Órgano de Selección no podrá declarar como aprobados ni proponer a un número de candidatos/as superior al de las plazas convocadas. A estos efectos los/as candidatos/as a proponer por el órgano de selección, serán los que obtengan la máxima puntuación en orden decreciente hasta alcanzar un número igual al de las plazas a cubrir. Estos/as aspirantes son los/as que exclusivamente se considerarán aprobados/as en la convocatoria. No obstante lo anterior, si algún/a candidato/a de los/as propuestos/as por el Órgano de Selección no pudiera formalizar su contrato por causa imputable a él/ella mismo/a, independientemente de las responsabilidades que se le puedan exigir, y previa audiencia al/la interesado/a, así como en el supuesto de que algún aspirante renunciase a la plaza, se analizarán las Actas del Órgano de Selección que enjuició la convocatoria respectiva con la finalidad de comprobar si existen otros/as candidatos/as que, habiendo aprobado los ejercicios, no fueran propuestos/as por no existir suficientes plazas a cubrir. En este caso, el órgano municipal competente requerirá al aspirante siguiente en orden decreciente de puntuación, para que presente en el plazo fijado en la Base siguiente la documentación pertinente a efectos de formalizar el contrato laboral.

8.2. En el plazo de 20 días naturales, a contar de la publicación en el Tablón de Anuncios del OAL Coordinación Entidades Públicas Municipales de Marbella de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior los/as aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el OAL Coordinación Entidades Públicas Municipales de Marbella los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI. En caso de ser nacional de otro Estado la documentación legalmente exigible.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, del título exigido o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio. El OAL Servicios Operativos de Marbella se reserva el derecho de someter a reconocimiento facultativo al candidato/a mediante sus servicios médicos.

e) Certificación acreditativa de discapacidad para los/as aspirantes que concurren por este turno de acceso.

f) Cualquier otra certificación que se exija en los requisitos específicos detallados en el anexo de cada convocatoria.

g) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incapacidad o específica de incompatibilidad.

8.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 8.2, no podrán ser contratados de modo fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Sra. Alcaldesa procederá a la contratación fija de los/as aspirantes en el plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de notificación.

8.5. El/la aspirante que no tomara posesión de su cargo en el plazo señalado sin causa justificada, quedará en situación de cesante.

8.6. No podrán ser nombrados laborales fijos y quedarán sin efecto las actuaciones relativas, a quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidas.

9. Profesorado de los cursos.

9.1. Los miembros del profesorado que ha de proceder a la realización de los cursos podrán ser nombrados como asesores del órgano de selección.

9.2. Los cursos objeto de esta convocatoria serán impartidos por profesorado cualificado designado al efecto.

10. Recursos.

10.1. La presente convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas por las personas interesadas por medio de la interposición del recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, conforme a lo que disponen los artículos 8 y 14 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio que pueda interponer recurso potestativo de reposición, en los términos y condiciones establecidos en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción conferida por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

10.2. Contra los actos del Órgano de Selección, de conformidad con lo que establecen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción conferida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá interponer recurso de alzada ante el órgano competente, en el plazo de un mes, a partir del siguiente al de la notificación de la correspondiente resolución del órgano de selección.

Organismo Autónomo Local Servicios Operativos de Marbella
Documento núm. 1
OEP LABORALES
DENOMINACIÓN NIVEL TOTAL PL NÚMERO REQUERIMIENTO
C.O.L. PRO
LINF LI LT
TÉCNICO GRADO SUPERIOR A1 1 1     C  
TÉCNICO GRADO MEDIO A2 1 1     C  
OFICIAL ADMINISTRATIVO C1 1 1     C  
INSPECTOR AP 5 5     C  
ENCARGADO AP 12 12     C  
CAPATAZ AP 15 15     C  
JEFE DE EQUIPO AP 2 2     C  
AGENTE CENSAL AP 1 1     C  
CONDUCTOR 1ª AP 17 17     C  
OFICIAL 1ª ALBAÑIL AP 16 16     C  
OFICIAL 1ª CARPINTERO AP 4 4     C  
OFICIAL 1ª CERRAJERO AP 8 8     C  
OFICIAL 1ª ELECTRICISTA AP 18 18     C  
OFICIAL 1ª FONTANERO AP 15 15     C  
OFICIAL 1ª JARDINERO AP 26 26     C  
OFICIAL 1ª MAQUINISTA AP 3 3     C  
OFICIAL 1ª OFICIOS VARIOS AP 13 13     C  
OFICIAL 1ª PINTOR AP 25 25     C  
CONDUCTOR 2ª AP 4 4     C  
OFICIAL 2ª ALBAÑIL AP 5 5     C  
OFICIAL 2º ELECTRICISTA AP 1 1     C  
OFICIAL 2ª FONTANERO AP 1 1     C  
OFICIAL 2ª JARDINERO AP 38 38     C  
OFICIAL 2ª OFICIOS VARIOS AP 4 4     C  
AYUDANTE ELECTRICISTA AP 25 25     C  
AYUDANTE FONTANERO AP 3 3     C  
OPERARIO ALBAÑIL AP 8 8     C  
OPERARIO FONTANERO AP 1 1     C  
OPERARIO JARDINERO AP 24 24     C  
OPERARIO OFICIOS VARIOS AP 1 1     C  
OPERARIO PINTURA AP 6 6     C  
VIGILANTE AP 6 6     C  
LIMPIADORA ½ Jornada AP 1 1     C  
Organismo Autónomo Local Servicios Operativos de Marbella
ANEXOS SIN TEMARIO
ANEXO DENOMINACIÓN
1 INSPECTOR
2 ENCARGADO
3 CAPATAZ
4 JEFE DE EQUIPO
5 AGENTE / OFICIOS VARIOS
6 CONDUCTOR 1ª
7 OFICIAL 1.ª ALBAÑIL
8 OFICIAL 1.ª CARPINTERO
9 OFICIAL 1.ª CERRAJERO
10 OFICIAL 1.ª ELECTRICISTA
11 OFICIAL 1.ª FONTANERO
12 OFICIAL 1.ª JARDINERO
13 OFICIAL 1.ª MAQUINISTA
14 OFICIAL 1.ª OFICIOS
15 OFICIAL 1.ª PINTOR
16 CONDUCTOR 2ª
17 OFICIAL 2.ª ALBAÑIL
18 OFICIAL 2.ª ELECTRICISTA
19 OFICIAL 2.ª FONTANERO
20 OFICIAL 2.ª JARDINERO
21 OFICIAL 2.ª OFICIOS
22 AYUNDANTE ELECTRICISTA
23 AYUNDANTE FONTANERO
24 OPERARIO ALBAÑIL
25 OPERARIO FONTANERO
26 OPERARIO JARDINERO
27 OPERARIO OFICIOS VARIOS
28 OPERARIO PINTURA
29 VIGILANTE
30 LIMPIADORA ½ Jornada
ANEXOS CON TEMARIO
31 ADMINISTRATIVO ADMON. GENERAL
32 TÉCNICO GRADO MEDIO
33 TÉCNICO SUPERIOR

ANEXO 1

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 5 plazas de Inspector por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 2

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 12 plazas de Encargado por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 3

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 15 plazas de Capataz por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 4

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 2 plazas de Jefe de Equipo por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 5

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 1 plaza de Agente/Oficios Varios por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 6

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 17 plazas de Conductor de 1ª por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 7

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 16 plazas de Oficial 1ª Albañil por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 8

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 4 plazas de Oficial 1ª Carpintero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 9

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 8 plazas de Oficial 1ª Cerrajero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 10

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 18 plazas de Oficial 1ª Electricista por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 11

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 15 plazas de Oficial 1ª Fontanero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 12

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 26 plazas de Oficial 1ª Jardinero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 13

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 3 plazas de Oficial 1ª Maquinista por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 14

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 13 plazas de Oficial 1ª Oficios por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 15

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 25 plazas de Oficial 1ª Pintor por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 16

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 4 plazas de Conductor 2ª por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 17

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 5 plazas de Oficial 2ª Albañil por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 18

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 1 plaza de Oficial 2ª Electricista por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 19

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 1 plaza de Oficial 2ª Fontanero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 20

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 38 plazas de Oficial 2ª Jardinero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 21

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 4 plazas de Oficial 2ª Oficios por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 22

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 25 plazas de Ayudante Electricista por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 23

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 3 plazas de Ayudante Fontanero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 24

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 8 plazas de Operario Albañil por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 25

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 1 plazas de Operario Fontanero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 26

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 24 plazas de operario jardinero por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 27

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 1 plaza de Operario Oficios Varios por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 28

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 6 plazas de Operario Pintura por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 29

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 6 plazas de Vigilante por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 30

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de 1 plaza de Limpiadora a media jornada por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subgrupo Agrupación Profesional.

Dichas plazas se encuadran en la categoría de Agrupaciones Profesionales a que hace referencia a la Disposición Séptima del EBEP.

Titulación requerida: No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

ANEXO 31

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de:

- 1 plaza de Oficial Administrativo por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Escala Administración General. Subescala Administrativa. Subgrupo C1.

Titulación requerida: Título de Bachiller Superior o equivalente.

TEMARIO

1. El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. La Constitución Española de 1978: Estructura y Contenido. Principios generales.

2. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.

3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y sus Estatutos.

4. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Bandera y organización territorial.

5. Las formas de organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Organización política y administrativa. El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades autónomas.

6. La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Régimen local español: significado y evolución histórica. La Administración local en la Constitución.

8. El principio de Autonomía Local: significado, contenido y límites. Las competencias municipales.

9. El Municipio: Concepto y elementos. El Término Municipal, la Población Municipal, el padrón de Habitantes. La Organización municipal.

10. La Provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de La provincia en España.

11. La relaciones entre la Comunidades Autónomas y las diputaciones Provinciales. Otras Entidades Locales.

12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. Régimen de Sesiones y acuerdos de los Órganos del Gobierno Local. Actas, Certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los Acuerdos. El registro de Documentos.

14. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales.

15. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

16. El Municipio de Marbella. Características físicas, socioeconómicas y demográficas.

17. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases. La gestión de los recursos Humanos.

18. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones Locales.

19. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.

20. Evolución histórica de la legislación urbanística española. La Sentencia 61/1997, del Tribunal Constitucional. Competencia del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. El Real Decreto Legislativo 2/2008, Texto Refundido de la Ley del Suelo.

21. La ordenación territorial y ordenación urbanística. Los planes urbanísticos: significado, naturaleza y clases. Caracterización del sistema de planeamiento en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. La planificación y los convenios urbanísticos. El planeamiento general.

22. Planeamiento de desarrollo: planes parciales de ordenación, planes especiales y estudios de detalle. Determinaciones complementarias sobre ordenación. Catálogos y el registro de bienes objeto de protección. Planes de iniciativa particular.

23. El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La aplicación del Derecho.

24. La Administración Pública: concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: el principio de legalidad.

25. Fuentes del Derecho Administrativo. Concepto y Clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la costumbre y los Principios Generales del Derecho.

26. La Ley: concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley.

27. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivos y notificación. La eficacia de los actos administrativos. El principio de autotutela.

28. La validez de los actos administrativos. La nulidad de pleno derecho y la anulabilidad. El principio de conservación de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos.

29. La terminación del procedimiento. La obligación de la Administración Pública de resolver: especial referencia a los actos presuntos. La terminación convencional. Los actos de la Administración Pública en régimen jurídico privado.

30. El procedimiento administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimientos de ejecución.

31. Los recursos administrativos: concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos (de reposición, alzada y revisión). Las reclamaciones económico-administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.

32. La Jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: las partes, procedimientos, recursos contra Sentencias y ejecución de Sentencias.

33. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

34. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

35. Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas Estatal, Autonómica y Local.

36. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria.

37. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

38. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los gastos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gastos. Los gastos con financiación afectada.

39. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

40. Tasas y precios públicos. Principales diferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana.

ANEXO 32

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de:

- 1 plaza de Técnico Grado Medio por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subescala Técnica Media. Subgrupo A2.

Titulación requerida: Diplomatura universitaria o equivalente.

TEMARIO

1. El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. La Constitución Española de 1978: Estructura y Contenido. Principios generales.

2. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.

3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y sus Estatutos.

4: El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Bandera y organización territorial.

5. La Corona. Atribuciones según la Constitución Española.

6. El poder judicial: Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias. El Tribunal Constitucional: organización y recursos. Componentes, materias y procedimientos de los recursos ante el Tribunal.

7. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de control del Gobierno: modalidades. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo y otros órganos análogos de las Comunidades Autónomas.

8. El Gobierno: Composición y atribuciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. La Administración Pública; Principios constitucionales informadores. Tipología de las Administraciones. La Administración del Estado: Órganos superiores y órganos periféricos. El Delegado del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno.

9. Las formas de organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Organización política y administrativa. El sis de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades autónomas.

10. La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

11. Políticas sociales: Igualdad de género. Normativa vigente.

12. Régimen local español: significado y evolución histórica. La Administración local en la Constitución.

13. El principio de Autonomía Local: significado, contenido y límites. Las competencias municipales.

14. El Municipio: Concepto y elementos. El Término Municipal, la Población Municipal, el padrón de Habitantes. La Organización municipal.

15. La Provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de La provincia en España.

16. La relaciones entre la Comunidades Autónomas y las diputaciones Provinciales. Otras Entidades Locales.

17. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

18. Régimen de Sesiones y acuerdos de los Órganos del Gobierno Local. Actas, Certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los Acuerdos. El registro de Documentos.

19. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales.

20. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

21. El Municipio de Marbella. Características físicas, socioeconómicas y demográficas.

22. Los municipios de gran población: organización administrativa, competencia. Régimen de sesiones y acuerdos.

23. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases. La gestión de los recursos Humanos.

24. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos. Provisión de puestos.

25. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones Locales.

26. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.

27. Evolución histórica de la legislación urbanística española. La Sentencia 61/1997. del Tribunal Constitucional. Competencia del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. El Real Decreto Legislativo 2/2008, Texto Refundido de la Ley del Suelo.

28. La ordenación territorial y ordenación urbanística. Los planes urbanísticos: significado, naturaleza y clases. Caracterización del sistema de planeamiento en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. La planificación y los convenios urbanísticos. El planeamiento general.

29. Planeamiento de desarrollo: planes parciales de ordenación, planes especiales y estudios de detalle. Determinaciones complementarias sobre ordenación. Catálogos y el registro de bienes objeto de protección. Planes de iniciativa particular.

30. Las Licencias Urbanísticas. Infracciones y sanciones.

31. Normativa medioambiental de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

32. Gestión de la calidad total. Aplicación de la calidad en las Administraciones Públicas.

33. Administración electrónica. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal.

34. La Unión Europea. Los tratados originarios y modificaciones: especial referencia al Tratado de la Unión Europea. La unión política. El proceso de integración de España en la Comunidad Económica Europea. La Constitución Europea.

35. El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La aplicación del Derecho.

36. La Administración Pública: concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: el principio de legalidad.

37. Fuentes del Derecho Administrativo. Concepto y Clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la costumbre y los Principios Generales del Derecho.

38. La Ley: concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley.

39. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos de los órganos constitucionales.

40. La relación jurídico administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

41. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivos y notificación. La eficacia de los actos administrativos. El principio de autotutela.

42. La validez de los actos administrativos. La nulidad de pleno derecho y la anulabilidad. El principio de conservación de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos.

43. La terminación del procedimiento. La obligación de la Administración Pública de resolver: especial referencia a los actos presuntos. La terminación convencional. Los actos de la Administración Pública en régimen jurídico privado.

44. El procedimiento administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimientos de ejecución.

45. Los recursos administrativos: concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos (de reposición, alzada y revisión). Las reclamaciones económico-administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.

46. La Jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: las partes, procedimientos, recursos contra Sentencias y ejecución de Sentencias.

47. Contratos del sector público: delimitación. Principios generales de la contratación del Sector Público: racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma, la información, el régimen de la invalidez y la revisión de decisiones en materia de contratación.

48. Las partes del Contrato del Sector Público. El Órgano de contratación. El Empresario: capacidad, prohibiciones, solvencia y clasificación. Ejecución y modificación de los contratos Administrativos. Prerrogativas de la Administración. La revisión de precios. La extinción de los contratos. La cesión de los contratos y subcontratación.

49. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

50. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

51. Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas Estatal, Autonómica y Local.

52. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria.

53. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

54. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los gastos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gastos. Los gastos con financiación afectada.

55. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

56. La relación jurídica tributaria: concepto y elementos. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Sujeto activo. Sujetos pasivos. Responsables.

57. Visión global del sistema tributario español. Distribución de las diferentes figuras entre los niveles de hacienda: estatal, autonómica y local. Funciones dentro del sistema de las distintas figuras tributarias. Relaciones entre los principales impuestos. Armonización fiscal comunitaria.

58. Tasas y precios públicos. Principales diferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana.

59. Actividad subvencional de las Administraciones Públicas. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.

60. Estabilidad presupuestaria. Repercusiones sobre la Administración Local.

ANEXO 33

Normas particulares:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante sistema selectivo de concurso oposición de:

- 1 plaza de Técnico Grado Superior por el turno libre, según las normas contenidas en las Bases generales de la convocatoria. Subescala Técnica Superior. Subgrupo A1.

Titulación requerida: Título de Licenciado, Doctor o equivalente.

TEMARIO

1. El concepto de Constitución. La Constitución como Norma Jurídica. Líneas Fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978: Estructura. Principios generales.

2. El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los Derechos fundamentales.

3. El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.

4. La Corona. Atribuciones según la Constitución española. El poder Judicial: Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias.

5. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de control del Gobierno: modalidades. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal de Cuentas, El Defensor del Pueblo y otros órganos análogos de las Comunidades Autónomas.

6. El Tribunal Constitucional: organización y recursos. Componentes, materias y procedimientos de los recursos ante el Tribunal.

7. El Gobierno: composición y atribuciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. Tipología de las Administraciones.

8. La Administración del Estado: órganos superiores y órganos periféricos. El Delegado del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno.

9. La representación política. El sistema electoral español. La Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

10. El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de concejales y Alcaldes. La Moción de Censura en el ámbito local. El Recurso Contencioso Electoral. El estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones Locales.

11. Organizaciones sindicales y empresariales de España. Evolución histórica y situación actual. Principios constitucionales informadores.

12. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución Española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía: especial referencia a las competencias en materia de Régimen Local.

13. Las Relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre Estado, Comunidades Autónomas y la Administración Local.

14. Políticas sociales: Violencia de Género. Igualdad de Género. Normativa vigente.

15. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

16. La provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España. Organización y competencias de la provincia.

17. El Municipio. Historia. Clases de entes locales en el Derecho español. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal.

18. Organización y competencias municipales. Los municipios de gran población: organización administrativa, competencia. Régimen de sesiones y acuerdos.

19. Los órganos colegiados del municipio. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro de documentos.

20. La disolución de una Corporación local. Causas. Procedimiento. El caso de Marbella.

21. Autonomía local y control de la legalidad: autotutela administrativa. Tutela de las Corporaciones Locales y sus formas de ejercicio.

22. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

23. El Estatuto Básico del Empleado Publico. Ámbito. Derechos y deberes del Empleado Público. Representación, participación y negociación colectiva.

24. El personal al servicio de las Entidades Locales. Sus clases. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos. Provisión de puestos.

25. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.

26. Los bienes de las Entidades Locales. Tráfico jurídico de las Entidades Locales. Prerrogativas de la Administración.

27. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

28. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

29. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

30. Las empresas municipales. Los consorcios. Los Organismos Autónomos Locales.

31. Evolución histórica de la legislación urbanística española. La Sentencia 61/1997 del Tribunal Constitucional. Competencias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Real Decreto Ley 2/2008. El régimen del suelo: situaciones y criterios de utilización. Las actuaciones de transformación urbanística.

32. La función social de la propiedad y la gestión del suelo. Aspectos financieros, presupuestarios y contables del urbanismo. Contribuciones especiales y cuotas de urbanización. Las áreas de reserva.

33. La ordenación territorial y ordenación urbanística. Los planes urbanísticos: significado, naturaleza y clases. Caracterización del sistema de planeamiento en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. La planificación y los convenios urbanísticos. El planeamiento general.

34. Planeamiento de desarrollo: planes parciales de ordenación, planes especiales y estudios de detalle. Determinaciones complementarias sobre ordenación. Catálogos y el registro de bienes objeto de protección. Planes de iniciativa particular.

35. Las licencias urbanísticas. Infracciones y sanciones.

36. Normativa medioambiental de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

37. Los derechos reales. Constitución y adquisición de los derechos reales. El derecho real de propiedad. La posesión. Derechos reales de goce y derechos reales de garantía.

38. El contrato. Concepto. Elementos y requisitos. Vicios de los contratos. La convalidación y la rescisión. Clases de contratos. En especial, los contratos traslativos de dominio y los contratos de uso y disfrute.

39. Las sociedades mercantiles en general. Transformación, fusión y extinción de sociedades. El Registro Mercantil. Clases de sociedades. Especial consideración de la sociedad anónima.

40. Las obligaciones mercantiles. Los contratos mercantiles y sus clases.

41. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, especial referencia a las Entidades Locales.

42. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de contratación en la Administración Pública y ámbitos jurídicos. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus causas. El despido.

43. El derecho de representación colectiva. La negociación colectiva: convenios colectivos. La adopción de medidas de conflicto colectivo.

44. Gestión de la calidad total. Aplicación de la calidad en las Administraciones Públicas.

45. Administración electrónica. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal.

46. La Unión Europea. Los tratados originarios y modificaciones: especial referencia al Tratado de la Unión Europea. La Unión Política. El proceso de integración de España en la Comunidad Económica Europea. La Constitución Europea.

47. Las instituciones europeas. El Consejo y la Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El proceso decisorio. Participación de los entes territoriales no estatales en el proceso decisorio.

48. El Presupuesto de la Unión Europea. Los instrumentos financieros. Las competencias de la Unión Europea. Relaciones entre competencia comunitaria, competencia nacional y competencias autonómicas.

49. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en España. Participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario Europeo.

50. Las libertades básicas del sistema comunitario. Libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Políticas comunes. Repercusiones del ingreso en la C.E.E. para la economía andaluza: especial referencia a los fondos estructurales y de cohesión.

51. El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos.

52. La Administración Pública: concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: el principio de legalidad.

53. Fuentes del Derecho Administrativo. Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la costumbre y los Principios Generales del Derecho.

54. La Ley: concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria.

55. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. Los actos jurídicos de los administrados.

56. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivos y notificación. La eficacia de los Actos administrativos.

57. La notificación: Contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La demora y retroactividad de la eficacia. La aprobación por otra administración.

58. La autotulela declarativa y autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: medios y principios de actuación.

59. La validez de los Actos administrativos. La nulidad de pleno derecho y la anulabilidad. El principio de conservación de los Actos administrativos. La revisión de oficio de los Actos administrativos. Rectificación de errores materiales o de hecho.

60. El procedimiento administrativo. Principios informadores Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los administrados. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimientos de ejecución.

61. La terminación del procedimiento. La obligación de la Administración Pública de resolver: especial referencia a los actos presuntos. Contenido de la resolución expresa. Principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial Otros modos de terminación de procedimiento La terminación convencional. Los actos de la Administración Pública en régimen jurídico privado.

62. El procedimiento administrativo. Principios informadores Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los administrados. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimientos de ejecución.

63. Los recursos administrativos: concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos (de reposición, alzada y revisión). Las reclamaciones económico-administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.

64. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: las partes, procedimientos, recursos contra Sentencias y ejecución de Sentencias.

65. Contratos del Sector Público. Elementos del contrato. Garantías. El expediente de contratación. Adjudicación y formalización.

66. Prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos. Cumplimiento de los contratos administrativos. Riesgo y ventura, fuerza mayor. Revisión de precios.

67. Contratos del sector público: el contrato de obras, concesión de obras públicas, gestión de servicios públicos, suministros, servicios y colaboración entre el sector público y el sector privado.

68. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

69. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

70. La intervención administrativa. Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento y sus manifestaciones.

71. La actividad de policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas Administraciones Públicas.

72. La potestad sancionadora de la Administración. Procedimiento sancionatorio y principios generales.

73. El servicio público. Teoría general. Formas de gestión. Especial referencia a la concesión.

74. Propiedades administrativas. Clases. El dominio publico. Concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico del dominio público. Bienes patrimoniales.

75. Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas Estatal, Autonómica y Local.

76. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria.

77. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

78. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada.

79. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales.

80. La Cuenta General de las Entidades Locales. Los estados y cuentas anuales y anexos de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos: contenido y justificación. Las cuentas de las sociedades mercantiles. Tramitación de la Cuenta General. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras Administraciones Públicas.

81. El sistema de contabilidad de la Administración Local. Principios generales. Competencias. Fines de la contabilidad. La Instrucción de Contabilidad para la Administración Local: estructura y contenido. Particularidades del tratamiento especial simplificado. Documentos contables. Libros de contabilidad.

82. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

83. La relación jurídica tributaria: concepto y elementos. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Sujeto activo. Sujetos pasivos. Responsables.

84. Visión global del sistema tributario español. Distribución de las diferentes figuras entre los niveles de hacienda: estatal, autonómica y local. Funciones dentro del sistema de las distintas figuras tributarias. Relaciones entre los principales impuestos. Armonización fiscal comunitaria.

85. Los ingresos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos.

86. Tributos locales: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana.

87. Tasas y precios públicos. Principales diferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana.

88. La participación de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas. Criterios de distribución y reglas de evolución. Regímenes especiales. La cooperación económica del Estado y de las Comunidades Autónomas a las inversiones de las Entidades Locales. Los Fondos de la Unión Europea para Entidades Locales.

89. Actividad subvencional de las Administraciones Públicas. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.

90. Estabilidad presupuestaria. Repercusiones sobre la Administración Local.

Marbella, 6 de junio de 2011.- La Presidenta, M.ª Ángeles Muñoz Uriol.

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