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El artículo 5.2.º del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en la redacción dada por el Decreto 98/2002, de 5 de marzo, establece que en caso de ausencia o enfermedad del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía, este designará como suplente a uno de los Delegados Provinciales de las Consejerías en la provincia.
Estando previstas las vacaciones reglamentarias de la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada para el período comprendido entre el 1 y el 31 de agosto de 2011 y conforme a lo dispuesto en el precepto antes citado,
RESUELVO
Durante el período comprendido entre el 1 y el 7 de agosto de 2011, ejercerá las competencias correspondientes al cargo de Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, en calidad de suplente, la Delegada Provincial de Educación; durante el período comprendido entre el 8 y el 14 de agosto de 2011, el Delegado Provincial de Cultura; y durante el período comprendido entre el 15 y el 31 de agosto, el Delegado Provincial de Medio Ambiente.
Granada, 5 de julio de 2011.- La Delegada del Gobierno, María José Sánchez Rubio.
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