Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 28/07/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 28 de junio de 2011, de encomienda de gestión a la agencia pública empresarial Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico para el desarrollo del Plan Nacional de Protección del Patrimonio Cultural Subacuático.

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El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico es una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, de conformidad con la Disposición adicional primera de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía. Fue creada por la Ley 5/2007, de 26 de junio, como entidad de derecho público dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, goza de patrimonio y administración propios, y está adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de cultura. Por el Decreto 75/2008, de 4 de marzo, el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico se adapta a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y se aprueban sus estatutos.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico tiene como fines la intervención, investigación e, innovación, documentación, comunicación y desarrollo del patrimonio cultural en el marco de los planes de investigación, desarrollo e innovación de la Junta de Andalucía.

Según se establece en el artículo 4.l) de sus Estatutos, será función del Instituto cualquiera que le sea encomendada por la Consejería competente en materia de cultura de conformidad con sus fines. Así, el Instituto deberá ejecutar, con carácter obligatorio, las actividades que le sean encomendadas por la Consejería de acuerdo con sus competencias. Los trabajos y actividades que realice el Instituto para la Consejería competente en materia de cultura serán considerados como realizados con los medios y por los servicios propios de esta última, a los efectos establecidos en la normativa de contratación pública.

Igualmente, entre las funciones del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico está la realización de actuaciones en materia de investigación del patrimonio histórico, y el análisis, estudio, desarrollo y difusión de teorías, métodos y técnicas aplicadas a la tutela del patrimonio histórico y a su protección, conservación, gestión, investigación y difusión.

Entre los Centros que conforman el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico está el Centro de Arqueología Subacuática, que cuenta con los medios y dotaciones necesarios para el cumplimiento de la encomienda a que se refiere la presente Orden, dado que dicho Centro lleva a cabo acciones encaminadas a favorecer la investigación, protección, conservación, restauración, así como la difusión del patrimonio arqueológico subacuático.

En el año 2007 se aprobó por el Consejo del Patrimonio Histórico el Plan Nacional de Protección del Patrimonio Arqueológico Subacuático. Este Plan realiza una reflexión general sobre las líneas básicas que deben adoptarse para que se constituyan como guías fundamentales para llevar a cabo una política eficaz de protección, en su sentido más general, del Patrimonio Arqueológico Subacuático.

En la actualidad este Patrimonio se ve amenazado por actividades no autorizadas que buscan el expolio de estos yacimientos para obtener objetos dirigidos a la explotación comercial, creciente día a día. Asimismo la tecnología punta se utiliza también en actividades subacuáticas legales (reordenación de puertos, regeneración de playas, tendidos de cableados o conductos, prospecciones petrolíferas, instalación de parques eólicos marinos...), pero que pueden afectar, de manera negativa, a la conservación de los yacimientos arqueológicos.

Lo expuesto hace necesario que la cooperación entre Administraciones públicas, profesionales, arqueólogos, buzos y otras partes interesadas sea esencial para proteger este Patrimonio. El objetivo, por tanto, no puede ser otro que establecer medidas concretas dirigidas a la protección del Patrimonio Cultural Subacuático, tanto a nivel interno, en aguas jurisdiccionales nacionales, como en el exterior, de cara a defender los intereses y derechos propios sobre los pecios españoles hundidos en aguas de terceros países o internacionales.

El Plan obedece, pues, a un fin único: concienciar de una manera coordinada a todos los Departamentos y Administraciones públicas implicadas en esta protección, adoptando una serie de medidas concretas para la salvaguarda, conservación y difusión del Patrimonio Arqueológico Subacuático. Con ello se pretende alcanzar el mayor grado de eficacia y coordinación en esta labor, para evitar cualquier tipo de actividad expoliadora que afecte directamente a este Patrimonio y velar para que actividades subacuáticas legalmente autorizadas no incidan negativamente en la conservación del mismo.

Con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Plan Nacional de Protección del Patrimonio Arqueológico Subacuático, se suscribió el convenio firmado entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía el 4 de octubre del 2010 con una duración de doce meses (2010-2011), por lo que las actuaciones a desarrollar durante la vigencia del mismo se centran en continuar con las labores que por el Centro de Arqueología Subacuática del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico se vienen realizando para la ejecución de la Carta Arqueológica Subacuática de Andalucía, encaminada a la localización, identificación y evaluación de los yacimientos localizados en el área comprendida entre Sanlúcar de Barrameda y Tarifa (Cádiz), hasta la cota de -200 metros, valorando asimismo el riesgo al que están sometidos.

Conforme al artículo 8 del Decreto 138/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, le corresponde a la Dirección General de Bienes Culturales, con carácter general, la tutela, el acrecentamiento y la valorización del patrimonio histórico de Andalucía, ejerciendo las funciones de investigación, protección, conservación, restauración y difusión, y, en particular, la protección y conservación del patrimonio arqueológico, del que forma parte el Patrimonio Cultural Subacuático.

Por lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Bienes Culturales, en uso de las atribuciones que me vienen conferidas por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

DISPONGO

Primero. Actividad y objetivos a cumplir y calendario de las actuaciones.

a) Se encomienda al Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico la ejecución y desarrollo dentro de ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía del Plan Nacional para la Protección del Patrimonio Arqueológico Subacuatico. Incluye esta encomienda la realización de todas las actuaciones técnicas, científicas y operativas descritas en el Plan Nacional para la Protección del Patrimonio Arqueológico Subacuatico, y aquellas otras necesarias para la correcta ejecución de los trabajos encomendados.

b) Las actuaciones a realizar por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico consistirán en actividades arqueológicas de prospección subacuática con medios geofísicos, encaminadas a la localización, identificación y evaluación de yacimientos arqueológicos, valorando el riesgo al que se encuentran sometidos, y se desarrollarán en el área comprendida entre Sanlúcar de Barrameda y Tarifa (Cádiz), hasta la cota de -200 metros. Asimismo, se podrán llevar a cabo estudios específicos de pecios a través de sondeos arqueológicos, cuando existan razones de protección, conservación e investigación que así lo aconsejen.

c) La propuesta metodológica a desarrollar por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico a través de su Centro de Arqueología Subacuatica (en los sucesivo IAPH-CAS) es el siguiente:

c).1. Documentación.

Su objetivo es recopilar y sistematizar la información documental existente sobre el área de actuación, además de localizar la información documental obtenida en las prospecciones visuales de buceadores realizadas en la zona.

Si para las fases históricas más antiguas la documentación existente es casi exclusivamente arqueológica, para periodos posteriores se cuenta con gran cantidad de documentación textual y gráfica debido a la necesidad de fiscalizar y controlar las actividades comerciales y de transporte. Así, uno de los casos más habitualmente recogidos en estas fuentes es el de los naufragios. Con base en estas circunstancias, los objetivos planteados para esta fase de análisis de fuentes documentales son:

- Determinar zonas históricas de concentración de naufragios.

- Obtener información sobre naufragios históricos que se consideren de interés para facilitar su identificación o la caracterización de yacimientos o elementos arqueológicos concretos.

- Sistematizar la información obtenida en una herramienta (SIG) normalizada y de fácil acceso a la documentación.

Los trabajos se realizarán de 1 de julio a 31 de diciembre de 2011 con medios propios del IAPH-CAS.

c).2. Análisis y evaluación de las anomalías detectadas en las prospecciones geofísicas de 2010.

La revisión y el tratamiento de los resultados de la prospección geofísica configurarán un catálogo de anomalías en el que se recojan datos sobre características y naturaleza de cada anomalía, cota de los hallazgos, extensión del área, medidas de los objetos (en los casos de piezas aisladas), e imágenes y tipos de fondo, entre otros.

Los trabajos se realizarán de 1 julio a 31 de octubre de 2011 con medios propios IAPH-CAS.

c).3. Prospección arqueológica visual con arqueólogos-buceadores y sondeos arqueológicos.

Se trata de verificar la naturaleza arqueológica de las anomalías detectadas con los sistemas geofísicos. Una vez localizados los puntos de interés, los trabajos se encaminarán a posicionar, identificar, interpretar y documentar gráficamente el yacimiento.

Sondeos arqueológicos. Se realizarán en aquellas anomalías en las que la prospección arqueológica no haya posibilitado su caracterización cronológica y tipológica. Lograr esa caracterización es el objetivo prioritario de los sondeos. Asimismo, el análisis espacial de los elementos que se detecten en el transcurso de los trabajos de excavación, junto a la información proporcionada por los posibles restos localizados en superficie, permitirán posicionar y delimitar de manera exacta los yacimientos para establecer su adecuada protección legal y física.

Los trabajos se realizarán de 1 de julio a 30 de noviembre de 2011 con medios propios IAPH-CAS y medios externos por importe total de 51.253,78 euros.

c).4. Tratamiento de bienes muebles e inmuebles.

Aplicación de los tratamientos oportunos para garantizar la conservación de los materiales arqueológicos localizados durante las prospecciones y sondeos realizados.

Los trabajos se realizarán de 1 de julio a 31 de diciembre de 2011 con medios propios IAPH-CAS y medios externos por un importe total de 3.000,00 euros.

c).5. Análisis y valoración de los resultados.

La información obtenida en las prospecciones –geofísicas y visuales– y en los sondeos permitirá localizar y delimitar yacimientos arqueológicos de distintos horizontes culturales. Por su parte, los trabajos realizados en cada uno de ellos permitirán generar una amplia documentación gráfica (levantamientos planimétricos, croquis, imágenes fotográficas y de vídeo, etc.).

Los trabajos se realizarán de 1 de julio a 31 de diciembre de 2011 con medios tanto propios como externos por un importe total de 2.350,00 euros.

c).6. Sistematización de la información.

La información obtenida como resultado del desarrollo del presente proyecto arqueológico se incluirá en el Sistema de Información para la Gestión Integral del Patrimonio Cultural de Andalucía (MOSAICO). Con ello se actualizará la información recopilada en trabajos anteriores y se incluirán los nuevos yacimientos que se localicen en el área de estudio.

De la misma forma, los resultados obtenidos en el presente proyecto se incorporarán a Signauta, una aplicación del Centro de Arqueología Subacuática que permite gestionar datos alfanuméricos, vectoriales o digitales para hacer representaciones cartográficas normalizadas a través de un SIG.

Los trabajos se realizarán de 1 julio a 31 de diciembre de 2011 con medios propios del IAPH-CAS.

Segundo. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.

La presente Orden de encomienda de gestión tiene la naturaleza de acto o resolución administrativa.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico es una agencia pública empresarial que sujeta parte de su actividad al ordenamiento jurídico privado, por lo que la encomienda no implica en ningún caso delegación o renuncia a la competencia del órgano encomendante, y viene limitada a las correspondientes actividades materiales, técnicas o de servicios, sin que implique en ningún caso el ejercicio de potestades, funciones o facultades que hubieran de llevarse a efecto con sujeción al derecho administrativo, debiéndose en todo caso ejecutar bajo la dirección o supervisión y conforme a las instrucciones de la Consejería de Cultura.

El régimen jurídico de la presente encomienda es el establecido en el artículo 30 de la Ley 12/2010, de 31 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011 y en los artículos 105 y 106 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Necesidad de realización de la actividad.

Con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Plan Nacional de Protección del Patrimonio Arqueológico Subacuático, se suscribió el Convenio de colaboración de 4 de octubre de 2010 entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, para la ejecución y desarrollo de dicho Plan.

La importancia y complejidad de las tareas a realizar y la carencia de los medios técnicos y humanos de la Consejería de Cultura, necesarios para llevar a cabo una actividad de tal complejidad y envergadura, hacen no sólo aconsejable sino necesario el encargo de la misma a una entidad con capacidad y solvencia técnica para ello. Estando dotado el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico con un Centro de Arqueología Subacuática (CAS), resulta en el momento presente, a los efectos pretendidos, la mejor de las opciones posibles, contando con los medios materiales y personal cualificado para su realización.

Cuarto. Efectos.

La encomienda surtirá efectos hasta la terminación de los trabajos que en todo caso se iniciarán y concluirán dentro del año 2011 y de acuerdo con el calendario que se concreta en el apartado primero de esta Orden.

Quinto. Presupuesto, financiación de las actuaciones encomendadas a la agencia pública empresarial Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

La aportación de la Consejería de Cultura para la ejecución de los trabajos citados es de 60.000,00 euros (sesenta mil euros).

La aportación se desglosa de la siguiente forma:

A) Actuaciones a encomendar al IAPH: 56.603,77 euros.

B) Gastos generales y corporativos (6% s/ 56.603,77 euros): 3.396,23 euros.

Aportación Total (A+B): 60.000,00 euros.

La aportación de la Consejería se financia con cargo al presupuesto de la Dirección General de Bienes Culturales en la anualidad: 2011 por un importe total de 60.000,00 euros. Dicha cantidad se ha fiscalizado con cargo a la partida presupuestaria 18.61905.45B Gastos en inversiones de carácter inmaterial, proyecto de inversión 2010001258 Patrimonios Especiales Carta Subacuática.

Sexto. Abono de los trabajos.

El abono al Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de los cometidos y trabajos encomendados mediante la presente Orden, se realizará conforme a la presentación de facturas a la Dirección General de Bienes Culturales.

Séptimo. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada. Habilitación a la Dirección General de Bienes Culturales.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico presentará informes de periodicidad trimestral a la Consejería de Cultura a través de la Dirección General de Bienes Culturales, comprensivos del nivel de ejecución y del estado de los trabajos encomendados, así como del calendario previsto para la finalización de los mismos.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Bienes Culturales para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de los trabajos objeto de la presente encomienda de gestión, concretándose la dirección de los trabajos a través de la Jefatura de Servicio de Investigación y Difusión del Patrimonio Histórico.

Sevilla, 28 de junio de 2011

PAULINO PLATA CÁNOVAS

Consejero de Cultura

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