Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 02/08/2011

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejo Audiovisual de Andalucía

Resolución de 21 de julio de 2011, por la que se amplía el plazo para la resolución del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes.

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Con fecha 15 de marzo de 2011, en el BOJA núm. 52, se publica la Resolución de 2 de marzo de 2011, del Consejo Audiovisual de Andalucía por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de este Consejo. La base duodécima de la Resolución citada establece que la resolución del concurso convocado deberá efectuarse en el plazo máximo de cuatro meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del mencionado plazo, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, y con objeto de garantizar a todos los interesados la realización de los trámites de vista de expediente y presentación de alegaciones a las listas provisionales, resulta necesario declarar inhábil el mes de agosto. En su virtud, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y de conformidad con el Decreto 2/2002, de 9 de enero, modificado por el Decreto 528/2004, de 16 de noviembre, y el Decreto 245/2005, de 8 de noviembre, y en uso de la competencia atribuida a este Consejo, por el art. 43 del citado Decreto y según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

RESUELVO

Primero. Ampliar en dos meses el plazo para la resolución a que se refiere la base duodécima de la Resolución de 2 de marzo de 2011, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de este Consejo.

Segundo. Declarar el mes de agosto inhábil a efectos del cómputo de los plazos establecidos para la resolución del concurso de méritos convocados por la citada Resolución.

Sevilla, 21 de julio 2011.- El Secretario General, Fernando Contreras Ibáñez.

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