Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 07/09/2011

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Ayuntamientos

Anuncio de 16 de agosto de 2011, del Ayuntamiento de Dólar, de bases para la selección de plaza de Dinamizador/a del Centro Guadalinfo.

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E D I C T O

Mediante Acuerdo de Pleno de fecha 12 de agosto de 2011, se aprobaron las bases y la convocatoria para la selección, en régimen de interinidad, de la plaza de Dinamizador/a del Centro Guadalinfo de Dólar, mediante sistema de oposición libre, que responden al siguiente tenor literal:

«Convocatoria: Se efectúa para la selección por oposición libre de funcionario interino art. 10.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE FUNCIONARIO INTERINO, PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE CARÁCTER TEMPORAL

Art. 10.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público

DINAMIZADOR CENTRO GUADALINFO

Primera. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria, con carácter excepcional, tiene como objeto la contratación de funcionario interino, para la ejecución de programas de carácter temporal, vinculado a la Orden de 15 de diciembre de 2010, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones de las Corporaciones Locales de Andalucía a la financiación del mantenimiento de la red de centros de Acceso Público a Internet “Guadalinfo”, durante el período 1.1.2011 al 31.12.2013.

El régimen de nombramiento es de funcionario/a interino/a en razón de las siguientes circunstancias: Ejecución del Programa de Carácter Temporal “Guadalinfo”.

Los proyectos tendrán por finalidad desarrollar una óptima gestión, dinamización y soporte de la “Red de Centros Guadalinfo”, con criterios, herramientas, recursos, instrumentos y metodologías directamente alineados y en sintonía con las Líneas Estratégicas, Objetivos, Medidas e Indicadores de cumplimiento establecidos en el Plan Estratégico de Guadalinfo 2009–2012 y otras directrices que lo desarrollen.

El proceso se desarrolla bajo los principios de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, mérito, capacidad y transparencia, todo ello con la publicidad establecida en la legislación vigente.

Segunda. Naturaleza y características del puesto.

Denominación: Dinamizador/a del Centro de Acceso Público a Internet (Centro Guadalinfo del municipio de Dólar).

Número: 1.

Vinculación: Oposición libre como funcionario interino, para la ejecución de programas de carácter temporal, art. 10.1.c Ley 7/2007, de 12 de abril.

Duración: La condición de personal funcionario interino se mantendrá desde el nombramiento de éste hasta la finalización del programa Guadalinfo, 31 diciembre 2013, para cuya ejecución se efectúa la convocatoria de selección. Retribuciones y gastos de Seguridad Social: Los contemplados en los módulos económicos básicos para municipios del Grupo A, al amparo de la Orden de incentivos Guadalinfo 2011-2013, de 15 de diciembre 2010, BOJA núm. 252, de 28 diciembre.

Jornada: 20 horas semanales (horario flexible atendiendo a las necesidades del municipio.

Tercera. Descripción del puesto.

Dinamizador/a del Centro Guadalinfo:

Para la selección se tendrá en cuenta el siguiente perfil, publicado en la referenciada orden:

1. Persona que tenga un espíritu de servicio hacia el usuario/a: disponibilidad de atención, capacidad y uso de técnicas de escucha activa, y habilidades de comunicación con el público.

2. Inserto/a en la dinámica social del municipio, perfil de líder local con buenas relaciones con los agentes locales claves de la comarca.

3. Tener experiencia positiva anterior en Centros similares o en cualquier otro proyecto de implantación de TICS con impacto en la ciudadanía.

4. Innovador/a, creativo/a y con carácter emprendedor/a en sus actuaciones.

5. Capacidad para programar minucioso/a y metodológico/a en su forma de trabajar.

6. Con iniciativa personal, responsable y resolutivo/a, orientado/a a logros y a conseguir resultados.

Se responsabilizará de las siguientes tareas:

- Planificación, implementación, control, evaluación y mejora continua de las actividades de la dinamización social hacia la Sociedad del Conocimiento en el Centro Guadalinfo del municipio, en su ámbito geográfico de actuación, así como la ejecución en el municipio de los programas relacionados con la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

- Será el responsable técnico de la movilización, promoción y captación de la ciudadanía, a través de los recursos del municipio, para su integración en los programas activos, así como para el desarrollo de iniciativas innovadoras.

- Deberá ser el enlace entre el Centro y la ciudadanía (individuo/as y asociaciones ciudadanas) del municipio y el primer eslabón responsable de conseguir la “Ciudadanía, Inclusión y Participación Digital”, según el potencial y perfil de cada usuario/a.

- Deberá, entre las distintas funciones y tareas a realizar, establecer un canal de comunicación permanente con los usuario/as, escuchando activamente sus dudas e inquietudes; así como formar a lo/as ciudadano/as y colectivos en el uso de las TICS, atendiendo a las necesidades y ritmos de cada usuario/a, impartiendo cursos de forma periódica, a todos los niveles, siempre en función de las necesidades reales.

- Deberá igualmente promocionar el conocimiento tecnológico como parte natural de las habilidades de la ciudadanía, integrándolas en su actividad cotidiana personal y/o profesional.

- Será el responsable de la captación de nuevas necesidades de la ciudadanía para la mejora de los programas existentes y/o diseño de futuros programas en el municipio y en el ámbito del programa Guadalinfo y todos aquellos relacionados con la Sociedad de la Información y el Conocimiento en colaboración con otras Instituciones.

- Conseguir que el centro sea un punto de referencia en la vida sociocultural del municipio.

- Seguir las directrices del Ayuntamiento para la aplicación de los planes y de los acuerdos que establezca con otras Instituciones, así como cumplir las funciones y respetar las normas de funcionamiento que se establezcan en base a la normativa autonómica para los Centros Públicos de Acceso a Internet.

- Fomentar la participación ciudadana de los habitantes del municipio en todos los aspectos de la vida pública, mediante el uso de las TICS (Web 2.0, tele consultas…).

- Extender el conocimiento y uso por la ciudadanía de los servicios públicos digitales de las administraciones públicas andaluzas.

- Organizar y gestionar, en el marco del Plan Andalucía Sociedad de la Información, las actividades, servicios y cursos de formación a desarrollar e impartir en el Centro, informar y promocionar los cursos, seminarios, conferencias, charlas, coloquios y demás actividades que se realicen y servicios que se presten en el Centro Guadalinfo.

- Todas aquellas funciones y servicios que contempla la Orden de 15.12.2010.

Dependerá directamente del/a Alcalde/sa o persona en quien este delegue.

Cuarta. Requisitos de los aspirantes.

1. Los/as candidato/as que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 LEBEP.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de 65.

c) Estar en posesión del título de Bachiller o de F.P. II o equivalente. Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad académica competente.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en Inhabilitación absoluta o especial para empleos o Cargos Públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de minusválido/a, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria (artículo 59 de la LEBEP), mediante dictamen expedido, con posterioridad a la publicación de la misma en el Tablón de Anuncios y con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, por un equipo multiprofesional competente. En otro caso, no serán admitidos a las pruebas selectivas.

2. El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluyó el plazo de presentación de instancias.

Quinta. Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Alcaldía del Ayuntamiento de Dólar y durante el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria y bases que regirán el proceso de selección, en el BOP y BOJA.

2. Las instancias podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Dólar o en cualquiera de las formas que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el que figura como Anexo II a las presentes bases.

4. Las personas con discapacidad deberán indicar las necesidades específicas que tengan para acceder al proceso selectivo, a efectos de adaptación en tiempo y forma correspondientes.

5. A las instancias deberán de acompañar la siguiente documentación:

- Fotocopia DNI o documento equivalente.

- Copia autentificada o fotocopia, que deberá acompañarse del original para su compulsa, del título exigido.

- Declaración jurada de no hallarse incurso/a en causa de incapacidad.

- Declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, en los términos exigidos en la base segunda.

- Declaración del interesado/a de no venir desempeñando ningún puesto o actividad en que resulte incompatible según lo dispuesto en la Ley 53/1984.

Sexta. Admisión de aspirantes.

1. Para ser admitidos y tomar parte en las pruebas selectivas, los solicitantes habrán de manifestar en las instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.

2. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Sra. Presidenta dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En el anuncio se indicará el plazo de 2 días hábiles que se ofrece a los aspirantes para poder subsanar, en su caso, los defectos que hayan motivado su exclusión o formular las reclamaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo se aprobará de forma inmediata la lista definitiva de aspirantes, a la vista de las subsanaciones y reclamaciones que hayan podido estimarse. Los aspirantes que no hubiesen subsanado los defectos en plazo serán definitivamente excluidos. En defecto de solicitudes de subsanación o reclamaciones estimadas, la lista expuesta de aspirantes admitidos se entenderá aprobada definitivamente, no admitiéndose ningún tipo de reclamación posterior, sin perjuicio de los supuestos de rectificación previstos en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La lista definitiva será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En el anuncio se indicará la fecha, lugar y hora de realización de las pruebas y entrevista, con una antelación mínima de dos días hábiles.

Séptima. Tribunal/Comisión Evaluadora de selección.

1. La Comisión Evaluadora de Selección estará compuesta por:

- Presidente/a: Técnico de la Delegación de Economía, Innovación y Ciencia.

- Secretario/a: la de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

- Vocales:

- Un/a técnico/a de la Delegación de Economía, Innovación y Ciencia.

- Un/a técnico/a de la Delegación de Gobernación.

- Un/a técnico/a de la Diputación Provincial.

- Un/a técnico/a de la Diputación Provincial.

- Un representante del Consorcio “Fernando de los Rios” como asistente técnico, que actuará con voz, pero sin voto.

2. La designación de los miembros de la Comisión Evaluadora de Selección incluirá la de los respectivos suplentes. La composición será predominantemente técnica y deberán poseer todos sus miembros el nivel de titulación igual o superior a los exigidos para el acceso a la plaza convocada, tendiendo a la paridad entre hombre y mujer.

3. El Ayuntamiento solicitará de los órganos correspondientes la designación de los respectivos representantes, que deberá efectuarse en el plazo de 5 días siguientes al de la recepción de la solicitud.

4. La Comisión Evaluadora de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para alguna o algunas pruebas, de asesores técnicos que se limitarán al ejercicio de su especialidad técnica, en base a la cual colaborarán con la Comisión, con voz pero sin voto.

5. Cuando concurra en los miembros de la Comisión alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estos se abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la Alcaldía-Presidencia; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 de la citada Ley.

6. La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, indistintamente. En cada sesión del Tribunal podrán participar los miembros titulares presentes en el momento de su constitución, y si están ausentes, los suplentes, sin que puedan sustituirse entre sí en la misma sesión. Si constituida la Comisión e iniciada la sesión se ausenta el Presidente/a, éste/a designará, de entre los vocales concurrentes, el que le sustituirá durante su ausencia.

7. Asimismo los miembros de la Comisión están facultados para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, para adoptar los acuerdos necesarios que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en estas bases, y para la adecuada interpretación de las mismas.

8. Todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto, salvo el/la Secretario/a y los asesores técnicos, del “Consorcio Fernando de los Ríos” mencionados en el punto 4 anterior, que sólo tendrán voz, pero no voto.

Octava. Procedimiento de selección. Oposición libre.

Fase primera:

8.1. Primer ejercicio, consistirá en la realización de una prueba escrita, en la que el participante en este proceso selectivo acreditará sus conocimientos teóricos de los Centros Guadalinfo, recogidos y regulados en la Orden de 15 de diciembre 2010 y del Plan Estratégico de Guadalinfo 2009-2012.

8.2. Segundo ejercicio, consistirá en la realización de una prueba práctica, en ordenador en la que el participante en este proceso selectivo acreditará sus conocimientos prácticos de los Centros Guadalinfo, recogidos y regulados en la Orden de 15 de diciembre 2010.

La duración de estos ejercicios será: máximo 30 minutos cada ejercicio.

La puntuación final de la primera fase se obtendrá con la puntuación media obtenida por parte de todos los miembros de la Comisión Evaluadora de Selección.

La puntuación máxima en el primera fase será de 12 puntos para cada candidato/a.

Los participantes que no obtenga en esta fase un mínimo de 6 puntos no pasarán a la siguiente fase.

Fase segunda:

8.3. Fase de Entrevista con la Comisión Evaluadora de Selección:

La Comisión Evaluadora de Selección convocará a los aspirantes que hayan superado la fase anterior para realizar una entrevista donde se comprueben los conocimientos, competencias, aptitudes y capacidad analítica de los aspirantes (según se describe en el perfil del puesto descrito en el apartado tercero de las presentes bases).

La entrevista versará sobre los aspectos prácticos de los contenidos y funciones del puesto de dinamizador/a, y sobre aquellas cuestiones que determinen los miembros de la Comisión Evaluadora de Selección, en relación con las competencias, aptitudes y actitudes para el puesto de los/as candidatos/as. Valorándose todo lo establecido en la Orden de 28 de diciembre de 2010, en el apartado relativo a la determinación sobre los Recursos Humanos del Centro Guadalinfo que en su apartado B.10.1 establece el perfil de la persona dinamizadora de los Centros de Acceso Público a Internet en Andalucía. El/La solicitante acudirá provista de toda la documentación que considere a valorar por la Comisión de Selección.

La puntuación final de la entrevista se obtendrá con la puntuación media obtenida por parte de todos los miembros de la Comisión Evaluadora de Selección.

La puntuación máxima en el apartado de entrevista será de 8 puntos para cada candidato/a.

8.4. Puntuación final.

La puntuación final de las pruebas de selección se obtendrá con la suma de las fases primera de las prueba escrita y practica en ordenador y fase segunda entrevista, por lo que la puntuación total no podrá exceder de 20 puntos, que será la puntuación máxima por cada uno/a de los/as candidatos/as.

Novena. Propuesta de contratación.

A la vista del resultado de dichas pruebas, y tras haber pasado el proceso selectivo por las fases descritas, la Comisión Evaluadora de Selección elevará la oportuna propuesta de nombramiento como funcionario interino, por programas de carácter temporal a la Alcaldesa de Dólar. Se formará una Bolsa de empleo de dinamizadores/as, con los candidatos/as analizados/as que hayan obtenido al menos 10 puntos en el proceso selectivo realizado, Bolsa que el Ayuntamiento de Dólar podrá utilizar en caso de que el/la candidata/ha seleccionado/a finalmente decida no incorporarse, o bien para proveer futuras necesidades de personal, bajas laborales por diversos motivos, sustituciones, etc.

La Comisión Evaluadora puede optar por dejar desierta la propuesta de contratación en el caso de que ningún candidato/a propuesto/a reúna la cualificación necesaria para el puesto (10 puntos como mínimo).

Décima. Contratación.

El puesto se cubrirá mediante contratación como funcionario interino, ejecución de programas de carácter temporal art. 10.1.c de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Decimoprimera. Calendario de las pruebas.

En el tablón de anuncios del Ayuntamiento Dólar, se expondrá el lugar, la fecha y la hora de la celebración de las pruebas, del proceso de selección, para aquellos candidato/as que cumplan las normas expuestas en las bases de selección.

Decimosegunda. Presentación de documentos.

1. Los/as aspirantes propuesto/as presentarán en el Ayuntamiento de Dólar, dentro del plazo de diez (10) días naturales, contados a partir de la publicación del candidato/a seleccionado/a, los documentos originales que acrediten reunir las condiciones para tomar parte en el proceso selectivo.

2. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, debidamente acreditada, no presentaren la documentación y/o se dedujera que carecen de todos o de algunos de los requisitos señalados, quedarán anuladas todas sus actuaciones de cara a su contratación, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad.

3. Los aspirantes de otros países deberán acreditar además los requisitos a que se refiere el art. 57, LEBEP.

Decimotercera. Interpretación de las bases.

Para cualquier circunstancia no prevista en estas bases la Comisión Evaluadora de Selección interpretará las mismas para llevar a cabo la contratación en base a la legislación vigente.

Decimocuarta. Publicidad de las bases.

Publicar la presente convocatoria y bases para las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Decimocuarta. Base final.

Contra las presentes bases, cualquier interesado/a podrá interponer, ante la Sra. Alcaldesa, recurso potestativo de reposición, en plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de las mismas en el BOJA y en el BOP, o bien interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de dichas bases en los Boletines Oficiales citados.

Anexo II

Modelo de instancia

Don/Doña ............................................................................., DNI núm. ………………, con domicilio en calle ............................................, núm. ..........., de la localidad de ................................., provincia de ..........................., teléfono o móvil .............................., nacido/a el día ............................, con el debido respeto y consideración tiene el honor de exponer:

Que reuniendo todos y cada uno de los requisitos establecidos en las bases que rigen para la convocatoria de la plaza de Dinamizador/a del Centro Guadalinfo del Ayuntamiento de Dólar, publicadas en el BOP/BOJA, es por lo que

SOLICITA: Ser admitido/a para la realización de las pruebas selectivas correspondientes a la plaza de ............................ ,....................................., aceptando plenamente y en su integridad el contenido de las bases de la convocatoria.

En …………….., a ........., de .................... de 2011.»

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Dólar, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Dólar, 16 de agosto de 2011.- La Alcaldesa, Inmaculada Góngora López.

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