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I. Yo, Antonio Manuel Torres Domínguez, Notario de El Puerto de Santa María, hago constar que en procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca se va a proceder a subastar la siguiente finca:
Urbana: Número veinte del edificio número nueve del Grupo Alcalde Juan Melgarejo Osborne, sito en El Puerto de Santa María, al final del Paseo de la Victoria, hoy calle Carabela Santa María, número dos: Vivienda letra B en planta cuarta a la derecha. Es del tipo D, con una superficie útil de cincuenta y ocho metros cuadrados, y construida de setenta metros, treinta y cinco decímetros cuadrados. Está distribuida en vestíbulo, cocina, estar-comedor, tres dormitorios, cuarto de baño, lavadero y terraza.
Cuota: 4,97%.
Registro de la Propiedad núm. 4 de El Puerto de Santa María al Tomo 1.971, Libro 80, Folio 121, Finca 3.058, Inscripción 4.ª
La primera subasta queda fijada para el día 27 de octubre de 2011, a las 12,30 horas, siendo el tipo base la cantidad de ciento sesenta y cuatro mil un euros con treinta y seis céntimos (164.001,36 €). Si no hubiese postura admisible en la primera subasta o resultare fallida, se celebrará una segunda el día 28 de noviembre de 2011, cuyo tipo será el 75% del de la primera y, si ocurriera alguno de esos dos casos, una tercera el día 29 de diciembre de 2011, sin sujeción a tipo. De producirse pluralidad de mejoras en esta última, la licitación entre mejorantes y el mejor postor tendrá lugar el día 31 de enero de 2012.
Todas las subastas tendrán lugar a las doce horas y treinta minutos, en mi Notaría, sita en El Puerto de Santa María (Cádiz), Plaza Juan de la Cosa, núm. 2, planta 1.ª
La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los arts. 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario podrán consultarse en la Notaría de lunes a viernes entre las 9 y las 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar en la Notaría previamente a la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario, una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda según sea primera o segunda y, para la tercera, un 20% del tipo correspondiente a la segunda. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrán hacerse a calidad de ceder a un tercero.
El Puerto de Santa María, a nueve de septiembre de dos mil once.- El Notario, Antonio Manuel Torres Domínguez.
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