Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 16/09/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 1 de septiembre de 2011, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA), por la que se acuerda la publicación de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede Sevilla, Sección Primera, de fecha 14 de abril de 2011, anulatoria de la Resolución de 4 de diciembre de 2006, de convocatoria de concurso de meritos.

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En los autos 39/2011, seguidos a instancias del Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía contra la desestimación por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla de la demanda formulada por el referido sindicato contra la resolución del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica de la Junta de Andalucía de fecha 4 de diciembre de 2006 de convocatoria de concurso de méritos, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó Sentencia, en fecha 14 de abril de 2011, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«FALLAMOS:

Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de apelación interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, representado y defendido por el Letrado don Juan Manuel Flores Diaz, contra Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. Cinco de Sevilla, en fecha 5 de octubre de 2010, que revocamos y estimando el recurso 479/2007, declaramos la nulidad de la Resolución de 4 de diciembre de 2006. Sin costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, haciéndose saber que no cabe recurso contra ella, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Intégrese la presente resolución en el libro correspondiente. Remítase testimonio de la misma, junto con las actuaciones del Juzgado, al órgano que las remitió para su cumplimiento.»

Esta resolución judicial es firme, según Providencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco 5 de Sevilla de fecha 18 de mayo de 2011.

En consecuencia,

HE RESUELTO

1. En cumplimiento de lo acordado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla con fecha 18 de mayo de 2011 proceder a la ejecución de la Sentencia firme dictada en apelación por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía mediante la publicación de la referida sentencia anulatoria de la Resolución de 4 de diciembre de 2006 de convocatoria de concurso de meritos.

Sevilla, 1 de septiembre de 2011.- El Presidente, Javier de las Nieves López.

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