Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2011

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Ayuntamientos

Anuncio de 17 de enero de 2011, del Ayuntamiento de San Fernando, de corrección de bases para la selección de una plaza de la categoría de Intendente Mayor, una plaza de Inspector y tres plazas de Oficial del Cuerpo de la Policía Local de San Fernando.

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Por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 30.12.2010 (Exptes. números 472/10, 473/10 y 474/10), se procede a la corrección de las bases que regirán el procedimiento selectivo para la cobertura de una plaza de la categoría de Intendente Mayor, una plaza de Inspector y tres plazas de Oficial del Cuerpo de la Policía Local de San Fernando, por el turno de promoción interna, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2010 (Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 14.10.2010, Exptes. números 368 y 369/2010), publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 214, de 10.11.2010 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 230, de 24.11.2010, en el siguiente sentido:

En la base 6.1, Donde dice:

Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía, uno de ellos a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia.

Debe decir:

Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía.

Quedando inalterado el resto de lo consignado en la Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 14.10.2010.

Este Anuncio será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, significando que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz o aquel en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

La interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

San Fernando, 17 de enero de 2011.- La Secretaria General, M.ª Dolores Larrán Oya.

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