Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 17/10/2011

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 27 de septiembre de 2011, de la Gerencia Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por el que se notifica resolución en expediente de desahucio administrativo DAD-MA-2010-0023 sobre la vivienda de protección oficial de promoción pública que se cita.

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Resultando infructuosas las averiguaciones pertinentes, se desconoce el actual domicilio de Sebastián Rodríguez Amador.

Mediante el presente Anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de desahucio administrativo contra Sebastián Rodríguez Amador, DAD-MA-2010-0023, sobre la vivienda perteneciente al grupo MA-7065, finca 11077/B, cuenta 51, sita en calle Decano Olmo y Ayala, 65, barriada La Noria, 29140, Churriana-Málaga, se ha dictado Resolución de 18 de julio de 2011, del Gerente Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se consideran probadas las causas de desahucio imputadas: Apartado 2, letras c), d) y a), del artículo 15 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, y en su virtud: «No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa», «La cesión total o parcial de la vivienda, local o edificación bajo cualquier título» y «La falta de pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento o de las cantidades a que esté obligada la persona adjudicataria en el acceso diferido a la propiedad, así como de las cantidades que sean exigibles por servicios, gastos comunes o cualesquiera otras establecidas en la legislación vigente», se acuerda la resolución contractual y el desahucio sobre la vivienda antes descrita.

En la resolución se le otorga el plazo improrrogable de un mes para el cumplimento voluntario de la misma, con objeto de que se entregue la llave y deje libre y expedita la vivienda. En caso contrario, se acuerda la ejecución subsidiaria y se le apercibe de ejecución forzosa, por lo que por EPSA, transcurrido ese plazo, desde la publicación de este anuncio y siendo firme y consentido el acto administrativo, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en la vivienda.

Una vez transcurrido dicho plazo, se seguirá el trámite legal.

La resolución se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de EPSA, sita en calle Cerrojo, 38, 29007, de Málaga, así como la totalidad del expediente administrativo.

Esta resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, conforme a los artículos 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Málaga, 27 de septiembre de 2011.- El Gerente, Juan Alcáraz Gutiérrez.

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