Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 26/10/2011

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Consejería de Medio Ambiente

Anuncio de 10 de octubre de 2011, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico, por el que se publica la suspensión del plazo establecido para resolver el procedimiento administrativo de deslinde de dominio público hidráulico del Arroyo Hondo, sito en el término municipal de Álora (Málaga).

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La Dirección General de Dominio Público Hidráulico, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14.a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua, aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, ha procedido con fecha 14.7.2010, a la incoación de oficio del procedimiento administrativo de apeo y deslinde del dominio público hidráulico, Expte. MA-54547, en ambas márgenes del Arroyo Hondo en el tramo desde la salida del encauzamiento aguas abajo del puente de acceso a Álora hasta su desembocadura en el Río Guadalhorce.

Se va a proceder al envío del expediente anteriormente referenciado al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, al objeto de que emita el preceptivo informe y previo a la resolución finalizadora del mismo, según regulación contenida en el artículo 242.bis.5 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, existiendo en dicho Servicio un cúmulo de expedientes de deslindes de dominio público hidráulico, previéndose que no se emita en el plazo previsto.

El expediente corre el riesgo de caducarse, por estar previsto el plazo de finalización con fecha 14.7.2011. Asimismo, con carácter excepcional se ha producido una ampliación del plazo establecido, con fecha 25.4.2011, mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes y solo una vez agotada todos los medios a disposición posibles, en virtud de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por Ley 4/99.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto,

ACUERDO

Primero. Suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la resolución, por ser dicho informe determinante para la resolución del procedimiento, sin el cual no se pueden proseguir las actuaciones administrativas, al amparo de lo previsto en el artículo 83.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Suspender el plazo desde que tiene entrada el expediente de referencia en Servicios Jurídicos Provinciales y la reanudación del plazo en la fecha en que a esta Unidad Administrativa le conste el informe de referencia, a efectos de evitar la caducidad del mismo.

Así lo firmó y acordó en Sevilla, el 3 de octubre de 2011, el Director General de Dominio Público Hidráulico: Javier Serrano Aguilar.

Lo que se comunica para el general conocimiento y efectos oportunos.

Sevilla, 10 de octubre de 2011.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.

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