Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 03/02/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 12 de enero de 2011, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se conceden ayudas dirigidas a entidades sin fines de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar para el curso 2010/11.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social de lucha contra el absentismo escolar, así como consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas. Asimismo, en su artículo 4.2 establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de seguimiento escolar de lucha contra el absentismo para garantizar la continuidad del proceso educativo; y en su artículo 25 establece, para el desarrollo de las acciones contempladas, la colaboración con entidades sin fines de lucro.

En el desarrollo de esta Ley, el Decreto 167/2003, de 17 de junio, por el que se ordena la atención educativa a alumnos y alumnas que se encuentran en condiciones sociales desfavorecidas, dispone la puesta en marcha de medidas específicas encaminadas a la colaboración de las entidades sin fines de lucro, como planes y programas contra el absentismo escolar.

Posteriormente, por Acuerdo de 25 de noviembre de 2003, del Consejo de Gobierno, se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo, que entre los objetivos generales del Área de Intervención en el ámbito Social y Familiar se contempla, la colaboración con entidades sin fines de lucro.

Y por último, la Orden de 19 de abril de 2005 (BOJA núm. 95, de 18 de mayo), modificada por la Orden de 1 de febrero de 2006 de la Consejería de Educación, aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a entidades de carácter privado, sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar.

Vistas las solicitudes presentadas al ámbito provincial para el curso 2010/2011, teniendo en cuenta el Acta de la Comisión Provincial de Valoración de los Proyectos de Prevención del Absentismo celebrada el día 5 de mayo de 2010 en la Delegación Provincial de Sevilla, se propone la concesión y denegación de subvenciones, según la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio económico y de conformidad con el artículo 13.2 de la citada Orden, esta Delegación

HA RESUELTO

Primero. Conceder a las entidades sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución las ayudas económicas cuyo importe, asimismo, se indica.

Segundo. No conceder la ayuda solicitada a las entidades relacionadas en el Anexo II al no cumplir lo requisitos que son enumerados en el mismo.

Tercero. 1. Las ayudas concedidas se imputarán a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.02.41.48100.42F.8 del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación.

2. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderá el curso académico 2010/11 y, por tanto, se computará según el calendario escolar correspondiente, a partir del día 1 de septiembre de 2010.

Cuarto. Las obligaciones de las entidades beneficiarias son las contempladas en los artículos 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, 116 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y artículo 14 de la Orden de convocatoria.

Quinto. 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Orden de 19 de abril de 2005, se procederá a efectuar el pago en un único libramiento en firme con justificación diferida y mediante transferencias bancarias a las cuentas corrientes que hayan señalado las entidades beneficiarias. La titularidad de dicha cuenta debe obrar a nombre de la entidad solicitante.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.4 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, las bases reguladoras dispondrán que el importe definitivo de la subvención se liquidará aplicando al coste de la actividad efectivamente realizada por la persona beneficiaria, conforme a la justificación presentada y aceptada, el porcentaje de financiación establecido en la resolución de concesión, sin que en ningún caso pueda sobrepasar su cuantía el importe autorizado en la citada resolución.

Sexto. 1. En relación a la justificación de las subvenciones, las obligaciones de las entidades beneficiarias, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y artículo 21 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, son las recogidas en el artículo 17 de la convocatoria.

2. Aquellos documentos que sirvan de base a la justificación presentada por las entidades subvencionadas deberán estar debidamente estampillados por la Administración Educativa, haciendo constar que el documento ha sido presentado para la justificación de la subvención otorgada por la Consejería de Educación.

Séptimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante esta Delegación Provincial, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 12 de enero de 2011.- El Delegado, José Jaime Mougán Rivero.

ANEXO I
ENTIDAD/CIF COSTE TOTAL DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIÓN
CONCEDIDA
PORCENTAJE SUBVENCIONADO
DEL COSTE TOTAL
CIMA
G-41883083
163.607,40 EUROS 50.000,00 EUROS 30,56 %
FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN
G-79362497
15.850,00 EUROS 15.850,00 EUROS 100 %
ADIMA
G-41445354
12.000,00 EUROS 12.000,00 EUROS 100 %
ASOCIACIÓN ENTREAMIGOS
G-41155797
50.004,00 EUROS 50.000,00 EUROS 99.99 %
ASOCIACIÓN JUVENIL CANDELARIA
G-41080458
23.500,00 EUROS 10.000,00 EUROS 42,55 %
FAKALI
G-91274035
12.000,00 EUROS 12.000,00 EUROS 100 %
UNIÓN ROMANÍ
G-78339587
12.000,00 EUROS 12.000,00 EUROS 100 %
SECRETARIADO GITANO
G-83117374
5.000,00 EUROS 5.000,00 EUROS 100 %
PROYECTO DON BOSCO
G-14522171
4.000,00 EUROS 4.000,00 EUROS 100%
AUTISMO SEVILLA
G- 41568510
20.430,52 EUROS 20.000,00 EUROS 97,89 %
TOTAL 318.388,92 EUROS 190.850,00 EUROS 59,94 %
ANEXO II
ENTIDADES CIF MOTIVOS EXCLUSIÓN
ANDALUCIA POR LA ENSEÑANZA PÚBLICA G-91715003 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
FEDERACIÓN DE MUJERES PROGRESISTAS DE ANDALUCÍA G14294722 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
SEVILLA ACOGE G-91545863 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
ASOCIACIÓN COMISIÓN CATÓLICA ESPAÑOLA DE MIGRACIÓN (ACCEM) G-79963237 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
FUNDACIÓN GOTA DE LECHE G-41945320 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES CULTURALES CRISTIANAS (FACCA) G-23426455 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES SANTA TERESA G-41885187 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
FEDERACIÓN EMPRESARIAL ANDALUZA DE SOCIEDADES LABORALES G-41379496 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
ASOCIACIÓN PADRES/MADRES EL EJIDO G-41491929 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
FUNDACIÓN MORNESE G-41904608 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
AMPA POETA MIGUEL BENITEZ DE CASTRO G-41580200 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
AMPA LAS AGUZADERAS G-41984725 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
ASOCIACIÓN CULTURAL LA CARACOLA G-41977448 PUNTUACIÓN INSUFICIENTE
Descargar PDF