Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 25/11/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de julio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 1472/2010. (PP. 3647/2011).

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NIG: 2906742C20100028218.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1472/2010. Negociado: 2.

De: Don Francisco Javier Ruiz de la Rosa.

Procuradora: Sra. Trinidad Fernández Labajos.

Contra: Don Enrique José Orellana Chacón y doña Jimena Natalia Parodi Silva.

Procurador: Sr. Juan Carlos Randón Reyna.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1472/2010, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga a instancia de don Francisco Javier Ruiz de la Rosa contra don Enrique José Orellana Chacón y doña Jimena Natalia Parodi Silva, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 117/2011

En Málaga, a 12 de abril de 2011.

Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 1472/10, seguidos a instancias de don Francisco Javier Ruiz de la Rosa, representado por la Procuradora doña M.ª Trinidad Fernández Labajos y dirigida por la Letrada doña M.ª Dolores Campos Acosta, contra don Enrique J. Orellana Chacón, representado por el Procurador don Carlos Randón Reyna, y asistido del Letrado don Francisco Olmedo Jiménez, y frente a doña Jimena Natalia Parodi Silva, declarada en rebeldía, versando los autos sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda de juicio verbal planteada por la Procuradora doña M.ª Trinidad Fernández Labajos, en representación de don Francisco Javier Ruiz de la Rosa, contra don Enrique J. Orellana Chacón y doña Jimena Natalia Parodi Silva, condenando a estos últimos a abonar solidariamente a la primera la suma de dos mil ciento siete euros con veintiséis céntimos (2.107,26 euros) más los intereses legales y sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto a las costas del procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2958-0000-02-1472-2010, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Notifíquese la misma a la parte demandada rebelde en la forma prevenida en el art. 497.2 de la LEC.

Inclúyase la misma en el libro de legajos dejando testimonio bastante en los autos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Magistrada-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Málaga, a doce de abril de dos mil once.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Jimena Natalia Parodi Silva, extiendo y firmo la presente en Málaga, a cuatro de julio de dos mil once.- El/La Secretario.

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