Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Expte. núm.: 01/41/094 AI
Nombre y apellidos: Don Manuel Cubero Álvarez y doña Ángeles Martínez Escribano.
Intentadas las notificaciones a los solicitantes mencionados, en el domicilio señalado por el mismo a dicho efecto, de acuerdo con las previsiones del art. 59.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que las mismas se hayan podido practicar al ser devueltas las cartas por el Servicio de Correos, se les notifica, de conformidad con el art. 59.5 de la referida Ley que, encontrándose paralizado el procedimiento de actualización de la declaración de idoneidad para Adopción Internacional como consecuencia de su inactividad, deben manifestar su voluntad de continuar con la tramitación del mismo, o de lo contrario, transcurridos tres meses se producirá la caducidad del citado expediente, procediéndose al archivo de las actuaciones.
Sevilla, 24 de noviembre de 2011.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.
Descargar PDF