Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 22/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 2 de febrero de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1522/2005. (PP. 727/2011).

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NIG: 2906742C20050031733.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1522/2005. Negociado: 2.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga.

Juicio: Procedimiento Ordinario 1522/2005.

Parte demandante: C.P. Conjunto Cerro Manila.

Parte demandada: Carlos Martínez Pinilla, Fernando Soler Romero, Armando González García, Luis Ramos Núñez, Luis y Francisco de Borja Ramos Núñez, Arquitectura Ingeniería y Servicios Gertan, S.L. y Promociones y Construcciones Ziur, S.L.

Sobre: Procedimiento Ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo tienen el tenor literal siguiente:

SENTENCIA nÚM. 152

En Málaga, a 17 de septiembre de 2010.

En nombre de S.M. El Rey, la Sra. Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres, de esta ciudad y su partido, doña Elizabeth López Ledesma ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado, con el no 11522/05, a instancia de C.P. Conjunto Cerro Manila, representada por el Procurador D. Gross Leiva, contra Arquitectura Ingeniería y Servicios Gertran, S.L., Promociones y Construcciones Ziur, S.L., Luis Ramos Núñez, Francisco de Borja Ramos Núñez, Fernando Soler Romero, Carlos Martínez Pinilla y Armando González García, constando suficientemente en las actuaciones sus demás circunstancias personales y recayendo la presente resolución en base a los siguientes.

Vistos los preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación

FALLO

Que estimando como estimo parcialmente la demanda presentada por el Procurador D. Gross Leiva, en nombre y representación de C.P. Conjunto Cerro Manila, debo declarar y declaro la responsabilidad de Arquitectura Ingeniería y Servicios Gertran, S.L., Promociones y Construcciones Ziur, S.L., Luis Ramos Núñez, Francisco de Borja Ramos Núñez, Fernando Soler Romero, Carlos Martínez Pinilla y Armando González García, de forma solidaria respecto de los daños materiales y vicios descritos en el apartado tercero de los fundamentos de derecho tal como se establece en el informe técnico de Martínez Ruiz, así como debo condenar y condeno a realizar la reparación de las patologías estimadas, que coinciden plenamente con las recogidas en el informe, y en su defecto se condenará a la indemnización de las partidas que no puedan repararse, con el devengo de interés desde la fecha de interposición de la demandada de la cantidad que resultara de las partidas, calculadas según el informe y que si fueran todas harían un total de 48.392,50 euros, desestimándose la petición de compensación del artículo 29 de la Ley de Consumidores. Cada parte abonará las costas generadas a su instancia así como las comunes por mitad.

Líbrese y únase certificación de esta sentencia a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del siguiente a su notificación (artículo 455 LEC).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del codemandado don Armando González García, por Providencia del día de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordada la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de Notificación de la Sentencia de fecha 17 de septiembre de 2010.

En Málaga, a dos de febrero de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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