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Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla, se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al Procedimiento Ordinario núm. 620/2010, interpuesto por don Ildefonso Peral García y doña Eva María Barrera Moyano, contra la resolución de esta Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 12 de julio de 2010, por la que se desestima la reclamación interpuesta por la interesada, contra el acuerdo del titular del C.C. «Inmaculado Corazón de Maria Portaceli» de Sevilla, por el que se publica la relación de alumnos admitidos y no admitidos en el Tercer Curso del Segundo Ciclo de Educación Infantil de dicho centro, para el curso escolar 2010/11.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo que dio lugar a la formación del Procedimiento Ordinario núm. 620/2010 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran. Emplácese a cuantos aparecen como personas interesadas en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78, en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, las personas interesadas puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o solo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Sevilla, 17 de enero de 2011.- El Delegado, José Jaime Mougán Rivero.
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