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Doña María Carmen Rey Ceballos oferta, con fecha 24 de junio de 2010, la donación de un conjunto de bienes muebles del Patrimonio Histórico que se relacionan en el Anexo. El bien que se dona a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su destino en el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla resulta de gran interés para las colecciones de este Museo por ser un conjunto heterogéneo de textiles, armas de fuego y otros enseres domésticos. El Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla informa sobre el interés del conjunto ofertado, siendo informada favorablemente la idoneidad de los mencionados bienes para el Museo por la Comisión Andaluza de Bienes Muebles en su sesión de 5 de octubre de 2010.
La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 87.1 a la Consejería de Cultura, para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno previsto en el ar-tículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Los efectos del artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por lo expuesto, y vistos los informes mencionados, y a propuesta de la Dirección General de Museos y Promoción del Arte,
RESUELVO
Primero. Aceptar la donación del conjunto de bienes muebles del Patrimonio Histórico que se relacionan en el Anexo, dispuesta por doña María Carmen Rey Ceballos, y del que se toma posesión en este acto por la Consejería de Cultura.
Segundo. Adscribir y depositar el citado conjunto en el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, cuya Directora levantará acta de recepción definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente, los bienes ingresarán en el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla en concepto de depósito de la Junta de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Orden recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 2 de noviembre de 2010
Paulino Plata Cánovas
Consejero de Cultura
Anexo
TÍTULO | CRONOLOGÍA |
Mantón negro con flecos | Segunda mitad siglo XIX |
Mantón de Manila con flores bordadas y flecos | Segunda mitad del siglo XIX |
Abanico pericón | Finales s. XIX- Principios del s. XX |
Abanico pericón | Finales s. XIX- Principios del s. XX |
Abanico | Primer cuarto del s. XX |
Caja de tocador | Primera mitad del s. XX |
Cinco estampas de primera comunión | 1961 |
Tocadiscos | 1960-1969 |
Libro devocionario | Mediados siglo XX |
Mantilla de toalla | 1900-1950 |
Velo de iglesia negro | 1930-1960 |
Pareja de abrazaderas de cortinas | 1950 |
Faldón de cristianar con capa | Finales s. XIX-Principios s. XX |
Revólver de bolsillo tipo Hamerless con cachas de nácar y funda de cuero. | Finales del siglo XIX |
Pistola Star, calibre 765 mm. Modelo 1919 o «Sindicalista». | 1920-1929 |
Revolver imitación Smith & Wesson (tipo hamerless) modelo ONA de 5 cartuchos y funda de cuero. Cachas de pasta. | 1910-1920 |