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El artículo 98 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, dispone que, en el seno del Consejo Andaluz del Patrimonio Histórico y dependiendo directamente de su Presidencia, se constituyen como órganos consultivos las Comisiones Andaluzas de Bienes Culturales, entre las que se encuentra la Comisión Andaluza de Museos.
El Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 12, determina que la Comisión Andaluza de Museos estará compuesta por nueve vocales, designados por la persona titular de la Consejería competente en materia de Cultura, de entre personas de reconocido prestigio en el campo de conocimiento propio de la Comisión, por un período de dos años, pudiendo volver a ser nombrados por períodos bianuales.
Asimismo, de conformidad con el artículo 13 del citado Reglamento, la persona que ostente la Presidencia de la Comisión será designada, entre los vocales que componen dicho órgano consultivo, por la persona titular de la Consejería competente en materia de Cultura.
En virtud de lo expuesto, y a propuesta de la Dirección General de Museos y Promoción del Arte, en ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, y el Decreto 138/2010, de 13 de abril (BOJA núm. 71, de 14 de abril de 2010), por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Cultura
DISPONGO
Primero. Nombrar los siguientes vocales de la Comisión Andaluza de Museos.
Don Víctor Pérez Escolano.
Doña Consuelo Luca de Tena.
Don Juan Manuel Palma Franquelo.
Doña Concepción Barrero Rodríguez.
Don José Ramón López Rodríguez.
Don Emilio Juan Escoriza Escoriza.
Don José Ángel Palomares Samper.
Doña María Dolores López de la Orden.
Doña Aurora Villalobos Gómez.
Segundo. Nombrar Presidente de la Comisión Andaluza de Museos a D. Víctor Pérez Escolano.
Tercero. En lo referente a indemnizaciones por la asistencia a las reuniones de este órgano colegiado se estará a lo establecido en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, y el Decreto 220/1998, de 20 de octubre, por el que se modifica el anterior.
Sevilla, 27 de diciembre de 2010
PAULINO PLATA CÁNOVAS
Consejero de Cultura
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