Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Acuerdo de 1 de marzo de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, relativo a la autorización de «Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A.» (Soprea), para la ejecución del acuerdo de participación en la propuesta de fusión de las sociedades de capital riesgo locales de Jaén, Málaga y Almería y posterior participación de Soprea en la sociedad resultante.

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De conformidad con lo previsto en el artículo 10.h) de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados por Decreto 26/2007, de 6 de febrero, y a propuesta del Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de marzo de 2011, adoptó el siguiente

ACUERDO

Ratificar el adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, con fecha 8 de febrero de 2011, que se contiene en el documento Anexo.

Sevilla, 1 de marzo de 2011

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Antonio Ávila Cano

Consejero de Economía, Innovación y Ciencia

ANEXO

«Autorizar a la compañía mercantil Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A. (Soprea), para que ejecute el acuerdo adoptado de participar en la operación de fusión propuesta mediante la integración de las sociedades “Iniciativas Económicas de Almería Sociedad de Capital Riesgo, S.A.”, “Inverjaén Sociedad de Capital Riesgo, S.A.”, e “Inversiones e Iniciativas Málaga Sociedad de Capital Riesgo, S.A.”, derivada de su inversión en la sociedades “Inverjaén Sociedad de Capital Riesgo, S.A.”, e “Iniciativas Económicas de Almería Sociedad de Capital Riesgo, S.A.”. Así mismo, se aprueba que la participación de Soprea en el capital social en la Sociedad resultante de la fusión sea en el porcentaje que se derive de la ecuación de canje, que será calculado en función de los Valores Teóricos Contables Auditados de las Sociedades participantes en la fusión, tal y como recoge el “Proyecto de Fusión”. Posteriormente a la fusión o con carácter simultáneo a esta, autorizar a que Soprea vote favorablemente en los órganos correspondientes (Consejo de Administración y Junta General de Accionistas) de la sociedad resultante de la fusión para que se lleve a cabo un aumento de capital por el que Invercaria pase a ser el accionista mayoritario de la misma, mediante la aportación no dineraria de su cartera de inversiones.»

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