Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 16/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 2 de marzo de 2011, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, Presidencia de la Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso núm. 122/2011, interpuesto ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 15 de febrero de 2011, en los Autos del Procedimiento Expropiación Forzosa núm. 122/2011 (Neg. M2), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Raúl Alejandro Zafra Doblas, contra el Acuerdo adoptado con fecha 20 de julio de 2010 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en ciento treinta y nueve mil seiscientos sesenta y ocho euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (139.668,48 euros), en el expediente 2008/028, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don Raúl Alejandro Zafra Doblas (finca núm. 21.378, sita en C/ Altillo, núm. 6, en el término municipal de Córdoba), y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en esta C.P.V. de Córdoba (Registro General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba) con fecha 25 de febrero de 2011.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm 52, de 16 de marzo de 2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por la representación de don Raúl Alejandro Zafra Doblas, contra el Acuerdo adoptado con fecha 20 de julio de 2010 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en ciento treinta y nueve mil seiscientos sesenta y ocho euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (139.668,48 euros), en el expediente 2008/028, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don Raúl Alejandro Zafra Doblas (finca núm. 21.378, sita en C/ Altillo, núm. 6, en el término municipal de Córdoba), y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Segundo. Remitir al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, como interesado en el procedimiento, fotocopia del requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza a la citada Entidad Local, y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 2 de marzo de 2011.- El Presidente, Manuel Roldán Guzmán.

Descargar PDF