Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 16/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hacen públicos los listados definitivos de beneficiarios de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad Médica, Protésica y Odontológica, para el personal funcionario, docente, sanitario y laboral correspondientes a solicitudes presentadas desde el día 1 al 30 de septiembre de 2010.

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Vista la propuesta formulada por el Servicio de Administración Pública e iniciado expediente para la concesión de las ayudas, modalidad Médica, Protésica y Odontológica, del personal funcionario, docente, sanitario y laboral, correspondientes a solicitudes presentadas desde el día 1 al 30 de septiembre de 2010, y examinadas las mismas, tienen lugar los siguientes

HECHOS

Se han comprobado todas las solicitudes, elaborándose el correspondiente listado de las que cumplen los requisitos fijados reglamentariamente.

A tales hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. De conformidad con la disposición adicional cuarta de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 15 de septiembre de 2010 (BOJA de 13 de octubre), por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería, esta Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Cádiz es competente para conocer y resolver el presente expediente por delegación de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales, respecto del personal que esté destinado en los servicios periféricos de cada provincia en materias de actuación del procedimiento de gestión y resolución de las ayudas Médica, Protésica y Odontológica.

II. Artículos 13, 14 y 15 de la Orden de 18 de abril de 2001, por la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, en cuanto regulan el procedimiento y requisitos específicos para la concesión de esta ayuda de Acción Social, así como los de carácter general contenidos en la mencionada Orden.

III. Artículo 3.2 de la Orden de 18 de abril de 2001, por el que se establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio de esta modalidad de ayuda.

IV. Resolución de 9 de diciembre de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, mediante la que se modifica la documentación necesaria para gestionar las Ayudas de Acción Social de actividad continuada.

V. Resolución de 27 de enero de 2010, de la Dirección General de Inspección y Evaluación de Servicios, por la que se fijan las cuantías de las Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Junta de Andalucía, ejercicio de 2010, entre las distintas modalidades de ayudas (BOJA núm. 26, de 9 de febrero de 2010).

VI. Artículos 108 y 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y artículos 11 y 13 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Vistos los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Publicar los listados definitivos de beneficiarios del personal funcionario, docente, sanitario y laboral para la concesión de Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2010, en la modalidad Médica, Protésica y Odontológica, que a tales efectos quedarán a disposición de los interesados/as en esta Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública, con el detalle de la cantidad individualizada correspondiente a cada beneficiario.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía Administrativa, el personal funcionario podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz o aquél que estime procedente, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes (art. 116 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la citada Ley 30/1992 y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Cádiz, 23 de febrero de 2011.- El Delegado, Daniel Vázquez Salas.

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