Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 11/01/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 14 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se resuelve la convocatoria de las becas «Mercedes Hidalgo Millán» para el año 2010.

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Habiéndose convocado la concesión de las becas «Mercedes Hidalgo Millán» destinadas a premiar al alumnado matriculado en el Conservatorio Superior de Música «Manuel Castillo», de Sevilla, durante el curso 2009/2010, por Orden de esta Consejería de Educación, de 2 de febrero de 2010 (BOJA de 16 de marzo), una vez concluidos los trabajos de la Comisión Evaluadora constituida al amparo del artículo 11 de la Orden de 16 de octubre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas «Mercedes Hidalgo Millán», y en virtud de lo establecido en el artículo 13 de la misma, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa,

HA DISPUESTO

Primero. Conceder las becas «Mercedes Hidalgo Millán» correspondientes a la convocatoria del año 2010, a los alumnos y alumnas que se relacionan en el Anexo de esta Resolución y por las cuantías que en el mismo se indican.

La concesión se hace a los alumnos y alumnas propuestos por la Comisión Evaluadora, entre los que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden de convocatoria de 2 de febrero de 2010.

Segundo. La cuantía total de dichas becas asciende a 14.164 euros y es imputada a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.8079.480.01.42H del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los porcentajes que representan los presupuestos subvencionados sobre los presupuestos aceptados son los indicados en el Anexo de la presente Resolución.

Tercero. El abono de las becas se realizará en un solo pago, mediante libramiento en firme con justificación diferida, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 14 de la Orden de 16 de octubre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas «Mercedes Hidalgo Millán».

Cuarto. Las actividades se podrán realizar en el curso 2009-2010 y hasta el término del año natural de finalización del mismo.

Quinto. La justificación del gasto se realizará en el plazo de tres meses a contar desde el pago de las becas, mediante presentación de justificante del cumplimiento de la finalidad para la que se concede y del gasto total realizado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Orden de 16 de octubre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas «Mercedes Hidalgo Millán».

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 15 de la citada Orden de 16 de octubre de 2007:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

f) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 17 de la Orden de 16 de octubre de 2007.

g) Comunicar al órgano concedente de la subvención todos los cambios de domicilio a efecto de notificaciones.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante esta Dirección General, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 14 de diciembre de 2010.- La Directora General, María Pilar Jiménez Trueba.

ANEXO
RELACIÓN DE ALUMNOS Y ALUMNAS A LOS QUE SE CONCEDEN LAS BECAS «MERCEDES HIDALGO MILLÁN» CORRESPONDIENTES A LA CONVOCATORIA DE 2010
Alumno/a Importe beca Presupuesto aceptado Porcentaje
Barbosa Bustos, Daniel 1.500 euros 3.297,50 45,5%
Martínez Jiménez, Mercedes 1.490 euros 1.490 100%
Molina García, Tatiana 1.500 euros 1.600 93,8%
Palacios Pecellín, Adonis 1.500 euros 2.000 75%
Viñuela Lozano, Esther 1.500 euros 2.050 73%
Granados de Osma, Paula 1.000 euros 2.000 50%
Guerrero Misas, Victoria 1.000 euros 2.150 46,5%
López Gómez, José Manuel 1.000 euros 1.705 58,7%
Macías Lema, Miguel Ángel 1.000 euros 1.900 52,7%
10º Padilla Mena, Ángela María 1.000 euros 1.920 52%
11º Sánchez López, María Luisa 1.000 euros 1.750 57%
12º Labraca Hidalgo, María Isabel 674 euros 1.890 35,7%
TOTAL 14.164 euros
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