Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 11/01/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 21 de diciembre de 2010, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el Plan de Inspecciones Medioambientales para 2011.

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El artículo 45 de la Constitución Española de 1978 establece el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado; así como la obligación de los poderes públicos para velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente. En el mismo sentido, el artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece el derecho de todas las personas a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable y garantiza dicho derecho mediante una adecuada protección de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, el patrimonio natural, el paisaje, el agua, el aire y los recursos naturales.

Para garantizar estos derechos es necesario implementar herramientas centradas en la inspección medioambiental. En este contexto, la Orden de 10 de noviembre de 1999, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se establecen los Planes de Inspecciones en materia Medioambiental, contempla dos tipos de Planes; el Plan Anual de Inspecciones Medioambientales y los Planes Sectoriales de Inspecciones Medioambientales.

El Plan Anual de Inspecciones Medioambientales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden de 10 de noviembre de 1999, tiene por objeto la supervisión y control de las diferentes actividades que hayan sido o deban ser sometidas a algún tipo de autorización o informe por parte de la Administración Medioambiental, conforme a la normativa de aplicación.

El mayor peso de la labor inspectora de este Plan recae en los Agentes de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, debido, por una parte, al contenido y alcance del citado Plan y, por otra, a la formación y amplia distribución territorial del personal perteneciente a este Colectivo.

Por otra parte, el artículo 6 de la citada Orden atribuye a la persona titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente la competencia para aprobar el Plan Anual de Inspecciones Medioambientales.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias que me vienen atribuidas en el artículo 4.d) del Decreto 139/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar el Plan de Inspecciones Medioambientales para 2011, que se relaciona en el Anexo de esta Resolución.

Segundo. La ejecución material de las inspecciones y controles derivadas del presente Plan se realizará fundamentalmente por los Agentes de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Tercero. Cada Dirección General de la Consejería de Medio Ambiente definirá, en colaboración y coordinación con las Delegaciones Provinciales, las acciones de control e inspecciones que deban llevarse a cabo en cada una de las actuaciones de su competencia incluidas en el presente Plan.

Cuarto. Se establecerán Protocolos de actuación y modelos de actas de inspección y/o control para aquellas actuaciones que lo requieran. Las Direcciones Generales de la Consejería de Medio Ambiente serán responsables de la confección de los Protocolos y Actas de inspección de las actuaciones de su competencia incluidas en el Plan Anual de Inspecciones Medioambientales.

Quinto. Corresponde a las Delegaciones Provinciales, dentro de su ámbito territorial, la ejecución y desarrollo del Plan Anual de Inspecciones Medioambientales. Los responsables provinciales definirán para cada actuación de su competencia contemplada en el Plan, las localizaciones donde deban realizarse las inspecciones y/o acciones de control. Esta información se plasmará en una ficha de encargo de inspección de conformidad con la Orden de 10 de noviembre de 1999.

Sexto. Siempre y cuando la naturaleza de las actuaciones lo permitan, las fichas de encargo de inspección se confeccionarán con una periodicidad trimestral.

Los Coordinadores Provinciales de Agentes de Medio Ambiente recibirán las fichas de encargo de inspección y transmitirán a los Coordinadores de Unidades Biogeográficas las inspecciones a realizar en su ámbito territorial. Posteriormente, los responsables de cada Unidad Biogeográfica encargarán cada inspección y/o control a uno o varios Agentes de Medio Ambiente.

Séptimo. Trimestralmente, los Coordinadores Provinciales de Agentes de Medio Ambiente elaborarán un Informe de Seguimiento del Plan Anual de Inspecciones Medioambientales. En este Informe se contabilizarán las inspecciones y/o controles realizados para cada una de las actuaciones incluidas en el Plan y se reflejarán las incidencias que se hayan detectado durante la ejecución del mismo.

El informe de seguimiento se remitirá a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, a través de la Coordinación General de Agentes de Medio Ambiente, donde se elaborará un Informe de Seguimiento Regional que contabilizará las inspecciones y/o controles realizados y establecerá las directrices que se estimen oportunas para la consecución de los objetivos del Plan Anual.

Octavo. El Plan de Inspecciones Medioambientales 2011 integra actuaciones de inspección y/o control programables propuestas por las Direcciones Generales de la Consejería de Medio Ambiente.

En todo caso, la ejecución del citado Plan no supondrá impedimento alguno a la realización de otras labores de inspección y control que por sus características deban realizar los Agentes de Medio Ambiente; especialmente aquellas vinculadas a actividades que deban ser sometidas a autorización por parte de la Administración Ambiental.

ANEXO

PLAN DE INSPECCIONES MEDIOAMBIENTALES 2011

El Plan de Inspecciones Medioambientales para 2011 estará integrado por los siguientes Programas y Actuaciones concretas.

PROGRAMA 1: PREVENCIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL.

Objetivos:

- Alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente en su conjunto mediante un conjunto de inspecciones centradas en el control de la contaminación (compuestos orgánicos volátiles, emisiones hídricas y atmosféricas; residuos peligrosos, etc.) y de las subvenciones destinadas a la mejora medioambiental de empresas.

- Velar por el cumplimiento del pronunciamiento de la Administración en actuaciones sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental.

- Control de la legalidad de las actividades e instalaciones ubicadas en Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre.

Actuaciones:

1.1. Inspecciones a empresas afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

1.2. Inspecciones relacionadas con el cumplimiento de la normativa de emisiones atmosféricas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

1.3. Inspecciones relacionadas con el cumplimiento de la normativa de emisiones hídricas a aguas costeras.

Ámbito territorial: Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla.

1.4. Inspecciones relacionadas con el cumplimiento de la normativa de Zona de Servidumbre de Protección.

Ámbito territorial: Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla.

1.5. Comprobación del cumplimiento de los condicionados recogidos en Declaraciones de Impacto Ambiental e Informes Ambientales.

Ámbito territorial: Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla.

1.6. Inspecciones a beneficiarios que hayan recibido subvenciones durante el ejercicio 2006 destinadas a la mejora medioambiental de empresas.

Ámbito territorial: Almería, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

1.7. Inspecciones a Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

PROGRAMA 2. GESTIÓN DEL MEDIO NATURAL.

Objetivos:

- Conservación y seguimiento de las especies de caza y pesca continental y fomento de su aprovechamiento sostenible.

- Protección, conservación y seguimiento de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats.

- Protección y conservación del monte mediterráneo y fomento de su aprovechamiento multifuncional y sostenible.

Actuaciones:

2.1. Seguimiento de Planes Técnicos de Caza.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.2. Inspección de Entidades Homologadas que imparten cursos de aptitud y conocimiento para el ejercicio de la caza y la pesca continental.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.3. Control de la actividad cinegética ejercida, durante la media veda, sobre especies de caza menor, principalmente paloma y tórtola.

Ámbito territorial: Fundamentalmente sectores de Sierra Morena de las provincias de Huelva, Sevilla y Córdoba.

2.4. Censos de las poblaciones de cabra montés.

Ámbito territorial: Almería, Granada, Jaén y Málaga.

2.5. Estudio de la fenología reproductiva de la perdiz roja.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.6. Control de la actividad cinegética ejercida sobre aves acuáticas en el entorno de Doñana.

Ámbito territorial: Principalmente en los tt.mm. de Trebujena y Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), Almonte e Hinojos (Huelva) y Aznalcázar, La Puebla del Río, Villamanrique de la Condesa, Lebrija e Isla Mayor (Sevilla).

2.7. Control del cumplimiento de la normativa relativa a precintado de piezas de caza mayor.

Ámbito territorial: Terrenos cinegéticos que incluyan en sus respectivos Planes Técnicos de Caza el aprovechamiento de corzo (Cádiz) y Cabra Montés (Almería, Granada, Jaén y Málaga).

2.8. Control del cumplimiento de la normativa cinegética en la práctica de las diferentes modalidades de caza mayor (fundamentalmente monterías y ganchos).

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.9. Vigilancia del Refugio y del Coto truchero intensivo ubicado en la ribera del Huéznar.

Ámbito territorial: Ribera del Huéznar (Sevilla).

2.10. Identificación de línea eléctricas que impliquen riesgos para la avifauna.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.11. Control de capturas de fringílidas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.12. Control de la nidificación de halcón peregrino.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.13. Inspecciones preventivas vinculadas a la Estrategia para la erradicación del uso ilegal de cebos envenenados en Andalucía.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.14. Censos de avutarda y otras aves esteparias.

Ámbito territorial: Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla.

2.15. Censos de buitre leonado.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.16. Censos de aves invernantes (Malvasía, Cerceta Pardilla y Porrón Pardo).

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.17. Censos de cigüeña negra.

Ámbito territorial: Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla.

2.18. Censos de elanio azul.

Ámbito territorial: Cádiz, Huelva y Sevilla.

2.19. Censos de cernícalo primilla.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.20. Control y vigilancia de refugios de murciélagos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.21. Control y vigilancia de áreas de reproducción de anfibios.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.22. Control de zonas de recolección de piña de pino piñonero.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.23. Control del aprovechamiento maderero en montes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía o de gestión consorciada.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.24. Control de asentamientos apícolas ubicados en montes públicos.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.25. Control de la campaña corchera 2011.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

2.26. Control de aprovechamientos de plantas aromáticas.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

PROGRAMA 3. ESPACIOS NATURALES Y VÍAS PECUARIAS.

Objetivos:

- Seguimiento de actuaciones en materia de infraestructuras, urbanismo y construcción en suelo no urbanizable de Espacios Naturales Protegidos de conformidad con la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

- Inspección de ocupaciones y deslindes de vías pecuarias.

Actuaciones:

3.1. Actuaciones en materia de infraestructuras, urbanismo y construcción en suelo no urbanizable de Espacios Naturales Protegidos, sometidas o no a licencia urbanística.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

3.2. Vías pecuarias deslindadas:

Ámbito territorial: Todas las provincias.

3.3. Modificaciones de deslinde de vías pecuarias a instancia de parte.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

3.4. Ocupaciones en Vías Pecuarias.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

PROGRAMA 4. AYUDAS Y SUBVENCIONES.

Objetivos:

Este Programa pretende evaluar que los beneficiarios cumplen los requisitos y ejecutan correctamente aquellas acciones para las que hayan solicitado y/o recibido subvención. Las inspecciones que se practiquen consistirán fundamentalmente en la realización de informes de viabilidad, actas de no inicio, controles administrativos de solicitudes de pago, controles sobre el terreno y controles a posteriori.

Actuaciones:

4.1. Prevención y Control de Incendios Forestales.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

4.2. Gestión Forestal Sostenible de los montes.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

4.3. Conservación y mejora de las especies silvestres, sus hábitats y sus recursos naturales, protección del paisaje y del patrimonio natural.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

4.4. Fomento socioeconómico de los Parques Naturales.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

PROGRAMA 5: AGUAS.

Objetivos:

- Protección y conservación de los ecosistemas hídricos, del dominio público hidráulico y de las zonas de servidumbre y policía de los cauces.

- Fomento del uso responsable del agua mediante actuaciones de control de concesiones y autorizaciones.

Actuaciones: De acuerdo con las competencias que ostenta la Consejería de Medio Ambiente, los Agentes de Medio Ambiente realizarán, en coordinación y colaboración con los inspectores, agentes y guardas fluviales, las siguientes actuaciones:

5.1. Vigilancia del dominio público hidráulico y de las zonas de servidumbre y policía de los cauces.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

5.2. Control de concesiones y autorizaciones para los usos del agua.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

5.3. Control de la calidad del medio hídrico.

Ámbito territorial: Todas las provincias.

Sevilla, 21 de diciembre de 2010.- El Viceconsejero, Juan Jesús Jiménez Martín.

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