Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 28/03/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

Resolución de 8 de marzo de 2011, del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, por la que se convoca el premio Rafael Cansinos Assens de Traducción 2011.

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El Plan Estratégico para la Cultura en Andalucía (PECA), aprobado mediante Acuerdo del Consejo del Gobierno de 13 de noviembre de 2007, recoge entre sus objetivos específicos el impulso a la producción y creación literaria garantizando su riqueza y diversidad cultural, y contempla como línea de acción los incentivos a la labor de traducción y el apoyo a sus autores.

Con el fin de favorecer el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales, en cumplimiento de los objetivos 2.4 y 2.6 del Pacto Andaluz por el Libro, el Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, en colaboración con la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas de la Junta de Andalucía, ha considerado necesario establecer medidas que incentiven y fomenten la labor de traducción y el apoyo a sus autores.

El Instituto Andaluz de las Artes y las Letras tiene encomendadas, de conformidad con el Decreto 46/1993, de 20 de abril, por el que se constituye efectivamente y se aprueba su Reglamento General, entre otras funciones, las de promoción de iniciativas públicas y privadas en relación a las materias sectoriales de la Consejería de Cultura.

De conformidad con la disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los premios culturales se rigen por un régimen especial, que deberá ajustarse al contenido de dicha Ley, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con al artículo 87.3.d) del Tratado constitutivo de la Unión Europea donde se recoge la compatibilidad con el mercado común de este tipo de medidas, el Título VIl del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, a propuesta de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas de la Junta de Andalucía, y en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto 46/1993, de 20 de abril,

RESUELVO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar el Premio Rafael Cansinos Assens de Traducción Literaria para el año 2011, estableciendo el marco regulador para su concesión en régimen de concurrencia competitiva.

El premio tiene por objeto distinguir la labor de traducción al castellano de originales procedentes de otras lenguas.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios del premio los autores de traducciones cuya primera edición se haya realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010 en editoriales con domicilio social en Andalucía, y realizadas preferentemente por traductores/as residentes en la comunidad andaluza.

Las obras que concurran deberán haber sido previamente publicadas en su lengua de origen.

No podrán concurrir obras presentadas en convocatorias anteriores.

Cada traductor podrá concurrir sólo con una obra.

El premio tendrá carácter indivisible, podrá declararse desierto y no podrá ser concedido a título póstumo ni a una obra premiada con anterioridad.

La concesión del Premio Rafael Cansinos Assens de Traducción 2011 será incompatible con la obtención concurrente de otros premios a la misma traducción, concedidos por cualesquiera entidades públicas o privadas.

Tercero. Cuantía.

El premio estará dotado con la cantidad de seis mil euros (6.000 €), que percibirá el/la traductor/a de la obra, con cargo a la aplicación presupuestaria del programa Pacto Andaluz por el Libro del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras.

El premio estará sujeto a las retenciones legales vigentes.

Cuarto. Lugar y plazo de presentación.

1. Las solicitudes deberán presentarse conforme al modelo del Anexo I de la presente Resolución, que estarán disponibles en las sedes del Pacto Andaluz por el Libro y las páginas web de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y del Pacto (www.pactoandaluzporellibro.com).

Las solicitudes se presentarán preferentemente en la sede del Pacto Andaluz por el Libro, C/ Álamos, 24, 2.ª planta (29012) Málaga, especificando en el sobre «Premio R. Cansinos Assens de Traducción».

Quienes utilicen para la presentación de las solicitudes algunas de las vías establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán comunicarlo simultáneamente al Pacto Andaluz por el Libro mediante fax (951 308 184) o telegrama dentro de los plazos establecidos.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente hábil al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera de los plazos establecidos, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a las personas interesadas en los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 120.2 del Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la presentación de la solicitud por parte de la persona interesada conlleva la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

5. La presentación de solicitudes para la participación en la presente convocatoria supone la total aceptación de las condiciones establecidas en la misma.

Quinto. Trámite de subsanación.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No obstante y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, el órgano instructor podrá, en cualquier momento del procedimiento, instar al solicitante a que cumplimente cualquier requisito o trámite que resulte necesario.

Sexta. Documentación a presentar.

La solicitud se acompañará de la siguiente documentación original o copia autenticada.

- Solicitud de conformidad con el modelo que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.

- 8 ejemplares de la traducción.

- 2 ejemplares de la obra original o copias de esta.

- Acreditación mediante Certificado de Depósito Legal Definitivo de que la 1.ª edición se ha realizado en el año 2010.

- Currículum vitae del autor/a de la traducción.

- Fotocopia del DNI, o cualquier otro documento que acredite la identidad del solicitante.

- Fotocopia tarjeta CIF de la editorial que acredite, en su caso, su domicilio social en Andalucía.

- Declaración responsable del traductor/a de residir en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Declaración del autor/a del texto original o de sus herederos para la publicación de la traducción, en el caso de que la obra no esté en el dominio público. En caso contrario, deberá aportar datos que acrediten la disponibilidad pública de la obra.

- Declaración responsable del editor/a y traductor/a de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de que no es deudor de la misma por cualquier otro ingreso de Derecho Público, así como estar al corriente de las obligaciones fiscales frente al Estado y de las de Seguridad Social (Anexo II).

- Autorización del editor/a y traductor/a al Instituto Andaluz de las Artes y las Letras para solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Anexo III).

No serán admitidas a trámite las solicitudes que no se acompañen de los ocho originales de la traducción y de los dos originales o copias de la obra origina] traducida, resolviéndose en su caso la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Séptimo. Procedimiento.

La propuesta de las obras que concurran al Premio podrá ser realizada por los propios traductores, por sus editores y/o por los miembros del jurado que podrán presentar candidatos hasta un máximo de tres, en cuyo caso se requerirá a la persona propuesta la documentación referida en el apartado sexto de la presente Resolución.

El fallo del Premio corresponderá a un Jurado, compuesto por:

- Presidente: Director Gral. del Libro, Archivos y Bibliotecas o persona en quien delegue.

- Vocales: Un representante en Andalucía de la Asociación Colegial de Traductores ACEtt, un editor, tres especialistas de probada competencia en el juicio y valoración de la obra literaria y de la labor de traducción, el traductor/a premiado en la convocatoria anterior y un lector experimentado que será seleccionado entre la Red de Bibliotecas Públicas andaluzas:

Actuará como secretario una persona licenciada en Derecho, adscrita al Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, que actuará con voz pero sin voto.

El Jurado podrá solicitar el asesoramiento que estime oportuno a expertos en los idiomas de las obras que concurran.

El Jurado actuará con pleno respeto de los criterios de igualdad, transparencia y no discriminación, ponderando la adecuación de la actividad al logro perseguido. Sus miembros declararán no tener relación alguna con los solicitantes ni, en su caso, con los partícipes de las personas jurídicas solicitantes.

El Jurado ajustará su actuación al Régimen Jurídico de los órganos colegiados establecido en la Sección Primera del Capítulo Segundo del Título IV de la mencionada Ley 9/2007, de 22 de octubre, y el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Jurado tendrá facultades para resolver cuantas dudas surjan en la interpretación de esta Resolución, y podrán requerir a los solicitantes, en cualquier momento de la fase de valoración, cuantos datos y acreditaciones juzguen precisos para valorar y completar aquellos que se deduzcan de la documentación aportada.

El fallo será inapelable y se hará público en noviembre de 2011.

La composición nominal del Jurado así como el fallo del mismo se darán a conocer conjuntamente mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Octavo. Criterios de valoración.

Para la valoración de las obras presentadas, el Jurado tomará en consideración los siguientes criterios de valoración:

- Calidad de la traducción.

- Interés cultural de la obra objeto de traducción y su novedad.

- La aportación a la difusión del autor de la obra original.

Noveno. Resolución de la concesión.

La Resolución que ponga fin al procedimiento, suscrita por el Director Gerente del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, expresará el Premio Rafael Cansinos Assens de Traducción 2011.

La resolución será notificada a los interesados en la dirección consignada en su solicitud.

La resolución que se dicte será definitiva en la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su fecha de notificación. Así mismo, dicha resolución podrá ser recurrida de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La concesión del premio queda supeditada a la aceptación expresa del beneficiario, que deberá remitir, por escrito, al Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, en el plazo máximo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

Junto al escrito de aceptación, se deberá presentar la acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Si transcurrido dicho plazo no se hubieran formulado dicha aceptación o no se aportase la documentación requerida, se entenderá que renuncia al premio concedido, procediéndose al archivo del expediente, previa resolución.

Con carácter previo a la entrega del premio, el Instituto Andaluz de las Artes y las Letras suscribirá con el beneficiario el correspondiente acuerdo.

Décimo. Publicación.

La concesión del premio se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en las páginas web del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras y del Pacto Andaluz por el Libro.

Undécimo. Incentivo a la edición de la obra premiada.

El Instituto Andaluz de las Artes y las Letras adquirirá a la editorial ejemplares de la obra premiada hasta un importe total de 3.000 euros, que serán destinados a la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.

Duodécimo. Publicidad del premio.

El editor de la obra premiada podrá hacer uso publicitario del premio otorgado, indicándole forma expresa el año al que corresponde.

Decimotercero. Documentación presentada.

Los originales de la documentación presentada por los solicitantes a los que no se haya aprobado concesión alguna podrán ser retirados por los interesados en el plazo de un mes a partir de la resolución de concesión del premio.

Decimocuarto. Entrega del premio.

La entrega del Premio tendrá lugar en acto público al que será invitado el traductor/a premiado.

Lo que se hace público para su conocimiento general.

Sevilla, 8 de marzo de 2011.- El Director Gerente, Luis Miguel Jiménez Gómez.

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