Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 31/03/2011

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Notarías

Anuncio de 21 de marzo de 2011, de la Notaría de don Pedro Antonio Romero Candau, de procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria de la finca que se cita. (PP. 824/2011).

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Don Pedro Antonio Romero Candau, Notario del Ilustre Co­legio de Andalucía, con despacho abierto en calle Santas Patronas, números 2-4 (esquina calle Reyes Católicos).

Hago saber: Que ante mí se tramita el procedimiento extrajudicial de ejecu­ción hipotecaria a instancia de Caja Rural del Sur, Soc. Coop. de Crédito, en el que figura como acreedor don José Rojas Monge.

Y que procediendo la subasta ante Notario de la finca que des­pués se relaciona, se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

Primera. Lugar.

En mi Notaría, sita en Sevilla, calle Santas Patronas, números 2-4 (esquina Reyes Católicos), C.P. 41001.

Segunda. Día y hora.

Se señala la primera subasta para el día tres de junio de dos mil once a las doce horas; la segunda subasta, en su caso, para el día cuatro de julio de dos mil once, a las doce horas; y la tercera subasta, en el suyo, para el día veintinueve de julio de dos mil once, a las once horas.

Tercera. Finca subastada y titular.

Urbana. Siete. Piso D, derecha subiendo, en planta primera del edificio B, en Sevilla, Núcleo residencial Las Camelias, situado en la parcela B de la unidad de ejecución ocho-ocho del sector Ocho del Plan Parcial número tres del Polígono Aeropuerto de Sevilla; inscrita en el Registro de la Propiedad número catorce de los de Sevilla, tomo 3.366, libro 90, folio 28, finca 3.677.

Titular: Don José Rojas Monge.

Cuarta. Tipo.

Para la primera, está fijado en doscientos sesenta y tres mil trescientos noventa y ocho euros y sesenta y cinco céntimos (€ 263.398,65); para la segunda, en el 75% de esa cantidad; y en la tercera, sin sujeción a tipo.

Quinta. Consignaciones.

Salvo el acreedor, todos los demás postores, sin excepción, para tomar parte en la primera o en la se­gunda subasta, deberán consignar en la Notaría una cantidad equi­valente al 30% del tipo que corresponda; en la tercera subasta, el depósito consistirá en un 20% del tipo de la segunda subasta.

Sexta. Documentación y advertencias.

La documentación y la certificación del Registro a que se refiere el artículo 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes.

Séptima. Adjudicación a calidad de ceder a tercero.

Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remanente a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a terce­ro.

Sevilla, 21 de marzo de 2011.- El Notario, Pedro Antonio Romero Candau.

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