Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 31/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 8 de marzo de 2011, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Benalmádena (Málaga). (PP. 714/2011).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Málaga, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas IVA excluido
CUOTA FIJA O DE SERVICIO
Diámetro del contador en mm
Hasta 15 3,23 euros/mes
20 6,44 euros/mes
25 12,40 euros/mes
30 18,68 euros/mes
40 37,35 euros/mes
50 80,02 euros/mes
65 106,43 euros/mes
80 134,13 euros/mes
100 186,30 euros/mes
125 293,57 euros/mes
150 y superiores 551,55 euros/mes
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO
Uso doméstico
De 0 hasta 7 m³/mes 0,2446 euros/m³
Más de 7 hasta 15 m³/mes 0,3997 euros/m³
Más de 15 hasta 30 m³/mes 0,6363 euros/m³
Más de 30 m³/mes 1,3128 euros/m³
Uso industrial, comercial y obras
De 0 hasta 25 m³/mes 0,6363 euros/m³
Más de 25 hasta 35 m³/mes 0,9297 euros/m³
Más de 35 m³/mes 1,4363 euros/m³
Uso dependencias municipales
Bloque único/mes 0,3262 euros/m³
Uso organismos oficiales
Bloque único/mes 0,3524 euros/m³
Otros usos
Bloque único/mes 0,9297 euros/m³
RECARGOS DE DESALACIÓN
Bloque único/mes 0,0620 euros/m³
DERECHOS DE ACOMETIDA
Parámetro A: 30,71 euros/mm
Parámetro B: 330,92 euros/l/seg.
CUOTA DE CONTRATACIÓN Y RECONEXIÓN
Calibre del contador en mm
Hasta 15 46,73 euros
20 74,10 euros
25 92,37 euros
30-32 110,64 euros
40 147,18 euros
50 183,72 euros
65 238,00 euros
80 292,00 euros
100 364,00 euros
125 454,00 euros
150 y superiores 544,00 euros

Los derechos de contratación en el caso que se trate de un cambio de nombre y que se encuentre al día en el pago de recibos, el importe se reducirá en un 50% de la cuota que le corresponda abonar según calibre del contador.

FIANZAS
Calibre del contador en mm
Hasta 15 36,13 euros
20 109,45 euros
25 219,97 euros
30-32 366,62 euros
40 550,57 euros
50 y superiores 1.101,13 euros

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de marzo de 2011.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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