Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 18/04/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 5 de abril de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Córdoba, en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm. 333/2009.

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En el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm. 333/2009, interpuesto por don Antonio Javier Casado Morente, contra la Resolución del Viceconsejero de Empleo de fecha 11 de mayo de 2009, por la que se acuerda la adscripción provisional del recurrente como «Director Oficina de Empleo» de Montoro (Córdoba), puesto con código 12167210, así como la consiguiente resolución de cese por supresión del puesto de trabajo de código 8642910, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Córdoba, con fecha 8 de febrero de 2010, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«FALLO: Debiendo estimar el recurso formulado con intervención de las siguientes partes: Parte recurrente: Don Antonio Javier Casado Morente, parte recurrida: Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía representada y asistida por el letrado de sus servicios jurídicos, teniendo por objeto:

Actividad administrativa que se recurre: Resolución del Viceconsejero de empleo de la Junta de Andalucía de 11 de mayo de dos mil nueve por la que se acuerda mi adscripción provisional como “Director Oficina Empleo” de Montoro (Córdoba), puesto con código 12167210, así como la consiguiente resolución de cese por supresión del puesto de trabajo de código 8642910, dictada en virtud del Decreto 473/2008, de 14 de octubre, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, se estima anulando la actividad administrativa recurrida y reconociendo situación jurídica al actor consistente en la adscripción al puesto de nueva creación indicado con carácter definitivo, con el código 12167210, con fecha de efectos administrativos y económicos desde el 1 de abril de 2.009, todo lo cual sin efectuar especial declaración sobre costas».

Interpuesto recurso de apelación contra dicha sentencia, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, ha dictado sentencia, en el rollo de apelación núm. 291/2010, con fecha 13 de enero de 2011, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«FALLAMOS: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la Administración de la Junta de Andalucía (Consejería de Empleo), contra la sentencia de 8 de febrero de 2010, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de los de Córdoba, en el procedimiento allí seguido con el número de registro 333/2009; y ello, condenando a la parte apelante al pago de las costas causadas en esta instancia.»

Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 5 de abril de 2011.- La Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.

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