Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 11/05/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Orden de 20 de abril de 2011, de corrección de errores de la de 24 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales en régimen de concurrencia no competitiva (BOJA núm. 51, de 14.3.2011).

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Advertidos errores en la publicación de la Orden de 24 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales en régimen de concurrencia no competitiva, procede su corrección adjuntando un nuevo Cuadro Resumen.

Sevilla, 20 de abril de 2011

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública

CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS A ORGANIZACIONES SINDICALES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA

0. Identificación de la línea de subvención:

Subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales.

1. Objeto (artículo 1).

Promover la realización, a través de organizaciones sindicales, de acciones formativas dirigidas a personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía, así como personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.

2. Conceptos subvencionables (artículos 1 y 17).

2.a) Conceptos subvencionables:

Acciones formativas en modalidad presencial, en modalidad de teleformación y en modalidad a distancia convencional incluidas en el plan de formación para el que se solicita la subvención. La concesión de las subvenciones implicará la homologación por el Instituto Andaluz de Administración Pública de las acciones formativas integrantes del plan de formación subvencionado, con las condiciones y en los términos establecidos en la Resolución de concesión y conforme a los criterios y con los efectos establecidos con carácter general por la normativa reguladora de dicho procedimiento.

→ Las acciones formativas subvencionables incluidas en el plan de formación deberán ser aprobadas por el órgano concedente, para lo cual habrán de cumplir las siguientes directrices y criterios:

a) La relación entre las necesidades de formación detectadas en estudios de detección de necesidades formativas, tanto realizados por la propia organización sindical como por la Administración, y las actividades formativas propuestas, en términos de adquisición y mejora de las competencias profesionales de las personas destinatarias.

b) La adecuación del perfil de las personas destinatarias a los objetivos y contenidos de las acciones formativas, valorándose especialmente la conformación de grupos formativos homogéneos y la aplicación de criterios de igualdad por razón de género.

c) La coordinación de las acciones formativas propuestas con las que desarrolla el Instituto Andaluz de Administración Pública en el marco del Plan Anual de Formación con objeto de aunar esfuerzos y rentabilizar los recursos disponibles destinados a la formación.

d) La utilización de metodologías pedagógicas innovadoras y de las TIC para la impartición de las actividades. En este sentido las actividades formativas propuestas para ser impartidas con metodología a distancia convencional deberán justificarse suficientemente en función del perfil de las personas destinatarias y ajustarse a los parámetros establecidos por el Instituto.

e) La adaptación de las actividades formativas propuestas en metodología presencial y de teleformación a lo dispuesto en los apartados Cuarto, letras b), c) y e) de la Resolución del Instituto Andaluz de Administración Pública de 25 de septiembre de 2008, por la que se regula el procedimiento para la homologación de acciones formativas organizadas por promotores externos a la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 199, de 6 de octubre).

f) La inclusión de previsiones acerca del seguimiento de las acciones formativas, tanto durante su desarrollo como al final del mismo, así como la aplicación de técnicas para la evaluación de los resultados y, en su caso, del impacto de la formación.

g) La capacidad acreditada de la organización sindical solicitante para desarrollar el plan de formación y los medios a disposición de la ejecución del mismo, valorándose a estos efectos el estar en posesión de certificaciones de calidad.

Con objeto de homogeneizar los costes de las acciones propuestas, se utilizarán los módulos económicos máximos (coste por participante y hora de formación) indicados a continuación, para la determinación de la financiación de cada acción formativa en función de la modalidad y nivel de la formación que se imparta.

→ Asimismo, con el objetivo de asegurar la calidad de la formación impartida, los citados módulos económicos se considerarán a los efectos de estimación de costes mínimos de las acciones formativas propuestas, que en ningún caso podrán ser inferiores al 50% de los mismos:

Modalidad de impartición Nivel de formación
Básico Medio/Avanzado
Presencial 7 euros 10 euros
Teleformación 3,5 euros 3,5 euros
A distancia convencional 3,5 euros 3,5 euros

→ En la solicitud deberá incluirse, en el apartado relativo a datos de la actividad, la siguiente información sobre la actividad formativa para la que se solicita la subvención:

- Memoria descriptiva de la actividad con indicación de los objetivos, actuaciones o acciones a desarrollar y método de trabajo, así como el calendario, programa y fecha de realización de las actividades para las que se solicita subvención.

- Presupuesto detallado y desglosado en el que conste la relación de gastos e ingresos previstos para la realización de la actividad o proyecto objeto de la subvención, así como las cantidades otorgadas por otras entidades para su financiación y las de aportación propias.

2.b) Posibilidad de reformular la solicitud:

□ No.

⊠ Sí.

2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones:

⊠ No.

□ Sí. Número: ...

□ Sólo se puede optar a una de ellas.

□ Es posible optar a las siguientes subvenciones: ..........

3. Régimen jurídico específico aplicable (artículo 2).

⊠ No se establece ningún régimen jurídico específico.

□ Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se relacionan:

4. Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y excepciones (artículo 3).

4.a).1.º Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:

Organizaciones sindicales.

4.a).2.º Requisitos que deben reunir quienes soliciten la obtención de la subvención:

- Legalmente constituidas.

- Con representatividad acreditada con base en las últimas elecciones para Delegados, Juntas de Personal y Comités de Empresa en los ámbitos de personal funcionario y laboral al servicio de la Administración General de Junta de Andalucía y del personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.

4.b) Periodo durante el que deben mantenerse:

Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del plazo en el que debe haberse realizado la actividad subvencionada.

4.c) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria:

⊠ No se establecen.

□ Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3 de las Bases Reguladoras:

5. Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (artículo 4).

5.a) Cuantía:

□ Porcentaje máximo de la subvención: .........................

□ Cuantía máxima de la subvención: ..............................

□ Cuantía mínima de la subvención: ...............................

□ Importe cierto: ...............................................................

⊠ Otra forma de concretar la cuantía: La cuantía de la subvención concedida a cada organización sindical se determinará en función del número de representantes con que cuente, a 31 de diciembre del año anterior, con arreglo a los resultados obtenidos en las últimas elecciones sindicales celebradas en el ámbito de los empleados públicos al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía y del personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía. La concreta asignación de los fondos se efectuará mediante la distribución, de manera directamente proporcional al referido número de representantes, del total de los créditos disponibles en las aplicaciones presupuestarias correspondientes, pudiendo obtener el beneficiario hasta una subvención del 100% del presupuesto propuesto.

5.b).1.º Gastos subvencionables:

Gastos generados por la ejecución del plan de formación de perfeccionamiento dirigida al personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía y personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, que respondan a las siguientes categorías:

1. Retribución del profesorado.

2. Adquisición de material didáctico y de apoyo a la formación, que en ningún caso tendrá carácter de inversión.

3. Contratación de la prestación de servicios por agentes externos, directamente imputables a la organización de las acciones formativas subvencionadas.

4. Comunicación y difusión de las actividades.

5. Arrendamientos de aulas y locales en que se desarrollen las concretas actividades subvencionadas, y únicamente por la cantidad imputable a éstas.

6. Gastos derivados de la manutención y el traslado de profesorado y, en su caso, alumnado de las acciones formativas subvencionadas.

5.b).2.º Posibilidad de compensar conceptos:

⊠ No.

□ Sí. Se podrán compensar los siguientes conceptos:

5.c) Fracción del coste total que se considera coste indirecto imputable a la actividad subvencionada:

⊠ No se establece.

□ Sí: La fracción del coste total que se considera coste indirecto es: ...............

5.d) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:

Año natural de la convocatoria.

5.e) Consideración de gasto realizado en subvenciones que no se encuentren financiadas con fondos de la Unión Europea:

⊠ Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.

□ Se considera gasto el que ha sido efectivamente pagado .................................

5.f) Periodo durante el que se deben destinar los bienes al fin concreto: No procede.

5.g) Reglas especiales en materia de amortización:

⊠ No.

□ Sí. ..............................................................................

6. Régimen de control (artículo 5).

□ Fiscalización previa.

⊠ Control financiero.

7. Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (artículo 6).

7.a) Aportación de fondos propios.

⊠ No se exige la aportación de fondos propios.

□ La aportación de fondos propios por la persona beneficiaria para financiar la actividad subvencionada será, al menos, de ...................

7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales:

⊠ Sí.

□ No.

7.c). Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados:

⊠ Sí.

□ No.

7.d). Participación en la financiación de las subvenciones:

□ La Unión Europea participa, a través del fondo……., en la financiación de estas subvenciones.

Porcentaje: .......................

⊠ La Administración General del Estado participa en la financiación de estas subvenciones.

Porcentaje: No se encuentra determinado con carácter general.

□ Otra/s participación/es: ...................................

8. Entidad/es colaboradora/s (artículo 7).

8.a) Participación de entidad/es colaboradora/s:

⊠ No.

□ Sí. Identificación: ......................... (salvo que se especifique en cada convocatoria).

8.b) Requisitos que debe/n reunir la/s entidad/es colaboradora/s:

8.c) Período durante el que deben mantenerse:

Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse desde ............ hasta ............

8.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colaboradora/s:

□ No se establecen.

□ Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3 de las Bases Reguladoras:

8.e) Condiciones de solvencia y eficacia:

□ No se establecen.

□ Se establecen las siguientes: ........................................

8.f) Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o contrato:

8.g) Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:

9. Posibilidad de subcontratación (artículo 8).

⊠ Sí. Porcentaje máximo: 100%

□ No.

10. Solicitud (artículos 10, 11 y 14).

10.a) Obtención del formulario:

⊠ En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.

⊠ En la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica

⊠ En las sedes de los siguientes órganos: Registro Administrativo del IAAP

10.b) Órgano al que se dirigirán las solicitudes:

Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

10.c) Lugares y registros donde se podrán presentar las solicitudes:

□ Exclusivamente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: ..........

⊠ En cualquiera de los registros siguientes:

- En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:

http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica.

- En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

10.d) Dirección electrónica donde se podrá consultar la relación de prestadores de servicios de certificación cuyos certificados electrónicos reconoce la Administración de la Junta de Andalucía:

www.ceh.junta-andalucia.es.

11. Plazo para la presentación de solicitudes (artículo 12).

11.a) Plazo.

⊠ El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.

□ El plazo de presentación de solicitudes es:

11.b) En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria:

□ Se publicará en el BOJA una resolución para su general conocimiento.

12. Órganos competentes (artículo 15).

� Órgano/s instructor/es: Servicio de Coordinación de Administraciones Públicas del IAAP.

Funciones, además de la instrucción del procedimiento:

⊠ Análisis de las solicitudes.

⊠ Propuesta provisional de resolución.

⊠ Análisis de las alegaciones y documentos presentados.

⊠ Propuesta definitiva de resolución.

□ Otras funciones: .................................................

� Órgano/s competente/es para resolver: ....... Dirección del IAAP, que actuará/n:

⊠ En uso de las competencias atribuidas por el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la junta de Andalucía.

□ Por delegación de ............................................................................

� Órgano/s colegiado/s:

⊠ No.

□ Sí. Denominación: .................................

Funciones:

□ Análisis de las solicitudes.

□ Propuesta provisional de resolución.

□ Análisis de las alegaciones y documentos presentados.

□ Propuesta definitiva de resolución.

Composición:

- Presidencia: .............

- Vocalías: ....................

- Secretaría: ......................

13. Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (artículo 16).

La persona que tenga la consideración de interesada en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrá conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:

http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica.

14. Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario-anexo II, salvo que se hubiera presentado con la solicitud-anexo I (artículos 10 y 17).

- Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona física en nombre de la organización sindical.

- Documentación referida a la titularidad de la cuenta en la que deba efectuarse el ingreso.

15. Plazo máximo para adoptar y notificar la resolución del procedimiento (artículo 19).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses a partir del día siguiente en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

16. Necesidad de aceptación expresa de la resolución de concesión (artículo 19).

⊠ No

□ Sí.

17. Posibilidad de terminación convencional (artículo 20).

17.a) Posibilidad de terminación convencional:

⊠ No

□ Sí.

17.b) Particularidades que, en su caso, se establecen para formalizar el acuerdo:

18. Obligatoriedad de notificación electrónica (artículo 21).

□ Sí.

⊠ No.

19. Página web donde se dará publicidad a las subvenciones concedidas exceptuadas de su publicación trimestral en el BOJA (artículo 22).

http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica.

20. Modificación de la resolución de concesión (artículo 23).

20.a) Alteraciones de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención que pueden dar lugar a la modificación de la resolución:

- Modificación en el presupuesto estimado de alguna/s actividades integrantes del Plan de Formación subvencionado.

- Modificación en el número de alumnos destinatarios de alguna/s actividad/es integrante/s del Plan de Formación subvencionado.

- Modificaciones de las horas lectivas de duración de alguna/s actividad/es integrantes del Plan de Formación subvencionado.

20.b) La persona beneficiaria de la subvención puede instar del órgano concedente la iniciación de oficio del procedimiento para modificar la resolución de concesión:

□ No.

⊠ Sí.

21. Exigencia de estados contables y registros específicos. (artículo 24)

⊠ No.

□ Sí.

22. Medidas específicas de información y publicidad, y otras condiciones y obligaciones específicas que deben cumplir y/o adoptar las personas o entidades beneficiarias (artículo 24).

22.a) Medidas específicas de información y publicidad que debe adoptar la persona beneficiaria:

□ No se establecen.

⊠ Se establecen las siguientes:

Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando que la ha concedido el Instituto Andaluz de Administración Pública, ajustando su diseño y presentación al manual de identidad corporativa de la Junta de Andalucía.

22.b) Condiciones y obligaciones específicas que debe cumplir o adoptar la persona beneficiaria:

□ No se establecen.

⊠ Se establecen las siguientes:

La organización sindical beneficiaria deberá garantizar, en todo caso, la gratuidad de las acciones formativas para los participantes en el Plan de Formación subvencionado así como el principio de no discriminación en el acceso a las acciones formativas integrantes del mismo.

23. Forma y secuencia de pago (artículo 25).

23.a) Forma de pago:

□ Una sola forma de pago.

⊠ Dos formas de pago: Pagos anticipados de justificación posterior y pagos de justificación previa.

Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, en caso de más de una forma de pago:

Formas de pago Supuestos objetivos
Pago anticipado, de justificación posterior, por el importe total de la subvención Cuando el importe de la subvención no supere los 6.050 euros
Pago anticipado, de justificación posterior, por un importe no superior al 75% de la subvención, abonándose el 25% restante una vez justificado el primer pago y finalizada la actividad Cuando el importe de la subvención supere los 6.050 euros
Pago del importe total de la subvención, de justificación previa Cuando toda la actividad se hubiera realizado antes de la resolución de concesión pero con posterioridad a la finalización plazo solicitud

� 23.a).1.º Pago previa justificación:

⊠ Pago del 100% del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.

□ Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.

� 23.a).2.º Pago anticipado:

Razones justificadas para establecer esta forma de pago: Facilitar la ejecución de las actividades formativas subvencionadas.

Garantías:

⊠ No se establecen.

□ Sí.

- Forma: ............................................................................

- Cuantía de las garantías: ..............................................

- Órgano en cuyo favor se constituyen: .........................

- Procedimiento de cancelación: ....................................

⊠ Con anticipo de un importe superior al 75% y hasta el límite del 100% del importe de la subvención:

⊠ Subvención de importe igual o inferior a 6.050 euros.

□ Subvención acogida al supuesto excepcional establecido en el artículo .......... de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año .............

⊠ Con anticipo máximo del 75% del importe de la subvención.

23.b) Secuencia del pago:

IMPORTE 0 PORCENTAJE DE PAGO MOMENTO 0
FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
IMPORTE 0
PORCENTAJE JUSTIFICADO
1.° Importe no superior al 75% del total concedido A la emisión de la Resolución de concesión Antes del 15 de diciembre del ejercicio correspondiente Al menos el importe correspondiente al primer pago
2.° Importe restante hasta el total de la subvención Una vez justificado de conformidad el importe señalado en el punto 1° Tres meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada El importe correspondiente al gasto total de la actividad subvencionada aunque la cuantía de la subvención sea inferior
3.°
•••

23.c) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:

⊠ No se establecen.

□ Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiara deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.

□ Otros requisitos previos a la propuesta de pago: ................................................................

23.d) Compromiso de pago en una fecha determinada:

⊠ No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.

□ Se establece el compromiso de pago en una fecha determinada: .........................................

24. Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (artículo 26).

⊠ No se establecen.

□ Sí.

- Forma: ..............................................................................

- Cuantía de las garantías: ................................................

- Órgano en cuyo favor se constituyen: ...........................

- Procedimiento de cancelación: ......................................

25. Justificación de la subvención (artículo 27).

25.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:

⊠ La persona o entidad beneficiaria.

□ La entidad colaboradora.

25.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:

El plazo máximo para la presentación de la de justificación será de:

Tres meses a contar desde la finalización del plazo en el que debe haberse realizado la actividad subvencionada.

En el caso de que la subvención se abone en un pago único, el plazo de justificación es de tres meses a partir de la fecha de finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada.

En caso de pagos parciales se justificará del mismo modo el último de ellos y el primer pago se justificará en todo caso antes del día 15 de diciembre del ejercicio correspondiente.

25.c) Documentos justificativos del gasto:

⊠ Documentos originales.

Procede su posterior estampillado:

⊠ Sí.

□ No.

⊠ Copias auténticas o autenticadas.

25.d) Utilización de medios electrónicos en el procedimiento de justificación:

⊠ No.

□ Sí.

En caso afirmativo, indicar los trámites que podrán cumplimentarse con dichos medios: .................................................

Señalar los medios electrónicos y sistemas de comunicación utilizables: .............................................................................

25.f) Modalidad de justificación:

� 25.f).1.º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:

Contenido de la cuenta justificativa:

El contenido de la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto será el indicado en el artículo 27.2.a).1.ª de estas Bases Reguladoras.

⊠ El contenido de la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto será el siguiente:

Además de lo indicado en el artículo 27.2.a).1.ª de las Bases Reguladoras, se aportará certificado acreditativo de que los importes recibidos de la subvención concedida han quedado registrados en la contabilidad de la entidad, debiendo consignar en los mismos el asiento contable practicado.

Razones motivadas para determinar este contenido de la cuenta justificativa: constatación de la adecuada contabilización de los fondos públicos percibidos, con especificación del correspondiente carácter.

En caso de existir costes generales y/o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin necesidad de justificación:

□ No.

□ Sí ..............................................................

� 25.f).2.º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor:

Alcance de la revisión de cuentas por el auditor: ......................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Contenido de la memoria económica abreviada: ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

□ Persona beneficiaria obligada a auditar sus cuentas anuales con nombramiento de otro auditor.

□ Persona beneficiaria no obligada a auditar sus cuentas anuales, con designación de auditor por el órgano concedente.

El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor es subvencionable:

□ No.

□ Sí. Hasta el límite de ............................. euros.

� 25.f).3.º Cuenta justificativa simplificada:

Técnica de muestreo que se establece: .....................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

� 25.f).4.º Justificación a través de módulos:

En su caso, concreción de los módulos: .....................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Forma de actualización, en su caso, de los módulos: ................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

La concreción de los módulos y de la elaboración del informe técnico se establecerá de forma diferenciada para cada convocatoria: □ Sí. □ No.

Las personas o entidades beneficiarias están obligadas a la presentación de libros, registros y documentos de trascendencia contable o mercantil:

□ Sí.

□ No.

� 25.f).5.º Justificación a través de estados contables:

Informe complementario por auditor de cuentas: □ Sí. □ No.

En su caso, alcance adicional de la revisión por el auditor: .......................................................................................................

La retribución adicional al auditor de cuentas es gasto subvencionable:

□ No

□ Sí. Hasta el límite de ............................. euros.

� 25.f).6.º Justificación mediante certificación de la intervención de la entidad local.

26. Reintegro (artículo 28).

26.a) Causas específicas de reintegro: No.

26.b) Criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos.

⊠ Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, se valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención será proporcional a dicho nivel. Este nivel de consecución con respecto a los objetivos previstos, deberá alcanzar, al menos, el siguiente porcentaje: …… 60% del importe total concedido. Se considera que el cumplimiento se aproxima de modo significativo al cumplimiento total, cuando se haya ejecutado, asimismo, al menos el 60% de las acciones formativas integrantes del plan subvencionado.

□ Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe de la subvención será proporcional al volumen de las fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.

□ Otros criterios proporcionales de graduación: ..................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

26.c) Órganos competentes para:

- Iniciar el procedimiento de reintegro: Dirección IAAP.

- Instruir el procedimiento de reintegro: Servicio de Coordinación AAPP del IAAP.

- Resolver el procedimiento de reintegro: Dirección IAPP.

27. Régimen sancionador (artículo 29).

Órganos competentes para:

- Iniciar el procedimiento sancionador: Consejería de Hacienda y Administración Pública.

- Instruir el procedimiento sancionador: Dirección del IAAP.

- Resolver el procedimiento sancionador: Consejería de Hacienda y Administración Pública.

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